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Re: Deducción por adquisición de vivienda por nacimiento de hijo
La deducción por adquisición de vivienda habitual vinculada al nacimiento o adopción de hijos, que existe en algunas comunidades, como la Comunidad de Madrid, no es una deducción por vivienda como tal, sino por contribuyente. Cada uno aplica su deducción en su declaración de IRPF. El importe (hasta esos 1.500€) es individual. El límite es por persona, no por vivienda.
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