#16
Re: Contrato de arras no finalizado
Perdona, me he despistado yo.
Sí, tienes razón. Es así de forma histórica y consuetudinaria, por eso "captan" a tantos vendedores/as: el servicio/trabajo lo hacen al vendedor y el coste va sobre el comprador/a.
El % de comisión/ganancia se incrementa sobre el precio de la operación (doy estos datos tan básicos para aclaración a los/as que no entraron todavía en la compra/venta de una vivienda.)
Supongamos que por la vivienda el vendedor/a pidiera 100k -la comisión más normal seria 3%-, pues el precio final sería de 103k -y eso se pagaría en el momento de la firma-
Los tecnocasos, como los llama Petersen, en el período de la primera burbuja ya tenían fama de "pasarse", iban al 6%. En el ejemplo anterior de 100k la operación se efectuaba por 106k -vamos 6k por contactar a uno/a que quiere vender con uno/a que quiere comprar- increíble.
Lo que dices de las viviendas en ZG por 400k pues se va al 4% a 416k, 16k de comisión (16.000€ de comisión por 1 operación, el salario medio en España, vaya escándalo.)
Pues los tecnocasos que podrían haberse llamado "tecnocacos" , no sólo tenían una comi estándar del 6%, sino que, según veían el panorama del vendedor/a, incluso podían subirla (llegué a conocer algún caso de comis del 7% y hasta del 9%), claro todo esto sobre la espalda del comprador/a pues se incrementaba el precio del inmueble.
Por eso su éxito en captar a los vendedores/as (ellos anuncian el inmueble, lo enseñan, hacen el proceso de las arras, aconsejan a un notario/a con quien trabajen, etc.) Le facilitan el trabajo al vendedor/a, paga el comprador/a.
Esto tendría que ser regulado de una forma contundente, así como las arras que no deja de ser una señal o anticipo que debería estar más bien para el comprador/a.
Si el vendedor/a se arrepiente, paga el doble, eso está estipulado así, pero debería regularse la parte del comprador/a: si no consigue la hipoteca, o ve en el período de 1 mes algo que le interesase más, debería poder desistir de ese acuerdo previo, con devolución del importe. El vendedor/a tiene un bien que, antes o después, va a poder enajenar. Para el comprador/a es un bien de primera necesidad y una operación muy importante en su vida.
Otra cosa que debería regular el Ministerio de Consumo -según parece el señor Bustinduy trabaja unas 12/14 horas al día, al final vamos a conseguir que colapse- (del Ministerio de Vivienda con la simpatiquita Isabel, nada que esperar.)
Lo que me ha despistado e indignado es que el ponente haya tenido que pagar el 50% anticipadamente -antes de la firma-, eso es ya una pasada, pues hasta ahora esa comi se pagaba a la firma.
Saludos y pido disculpas por el despiste que he tenido.
Sí, tienes razón. Es así de forma histórica y consuetudinaria, por eso "captan" a tantos vendedores/as: el servicio/trabajo lo hacen al vendedor y el coste va sobre el comprador/a.
El % de comisión/ganancia se incrementa sobre el precio de la operación (doy estos datos tan básicos para aclaración a los/as que no entraron todavía en la compra/venta de una vivienda.)
Supongamos que por la vivienda el vendedor/a pidiera 100k -la comisión más normal seria 3%-, pues el precio final sería de 103k -y eso se pagaría en el momento de la firma-
Los tecnocasos, como los llama Petersen, en el período de la primera burbuja ya tenían fama de "pasarse", iban al 6%. En el ejemplo anterior de 100k la operación se efectuaba por 106k -vamos 6k por contactar a uno/a que quiere vender con uno/a que quiere comprar- increíble.
Lo que dices de las viviendas en ZG por 400k pues se va al 4% a 416k, 16k de comisión (16.000€ de comisión por 1 operación, el salario medio en España, vaya escándalo.)
Pues los tecnocasos que podrían haberse llamado "tecnocacos" , no sólo tenían una comi estándar del 6%, sino que, según veían el panorama del vendedor/a, incluso podían subirla (llegué a conocer algún caso de comis del 7% y hasta del 9%), claro todo esto sobre la espalda del comprador/a pues se incrementaba el precio del inmueble.
Por eso su éxito en captar a los vendedores/as (ellos anuncian el inmueble, lo enseñan, hacen el proceso de las arras, aconsejan a un notario/a con quien trabajen, etc.) Le facilitan el trabajo al vendedor/a, paga el comprador/a.
Esto tendría que ser regulado de una forma contundente, así como las arras que no deja de ser una señal o anticipo que debería estar más bien para el comprador/a.
Si el vendedor/a se arrepiente, paga el doble, eso está estipulado así, pero debería regularse la parte del comprador/a: si no consigue la hipoteca, o ve en el período de 1 mes algo que le interesase más, debería poder desistir de ese acuerdo previo, con devolución del importe. El vendedor/a tiene un bien que, antes o después, va a poder enajenar. Para el comprador/a es un bien de primera necesidad y una operación muy importante en su vida.
Otra cosa que debería regular el Ministerio de Consumo -según parece el señor Bustinduy trabaja unas 12/14 horas al día, al final vamos a conseguir que colapse- (del Ministerio de Vivienda con la simpatiquita Isabel, nada que esperar.)
Lo que me ha despistado e indignado es que el ponente haya tenido que pagar el 50% anticipadamente -antes de la firma-, eso es ya una pasada, pues hasta ahora esa comi se pagaba a la firma.
Saludos y pido disculpas por el despiste que he tenido.