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Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

8 respuestas
Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano
Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano
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#1

Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

Buenas,

Dándole vueltas al tema de comprar un pisos sobre plano, me planteaba la siguiente pregunta, que espero alguno de los expertos que frecuentan el foro me sepa contestar:

Si las cantidades que se entregan a la constructora están avaladas por una entidad bancaria y se produce la quiebra tanto del banco como de la constructora, ¿Que sucedería con las cantidades entregadas? ¿Cubriría algo el banco de España como sucede en los depósitos?

Gracias por anticipado.

takeit

#2

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

Si quiebran el banco y la constructora es mejor que nos atemos los machos por que se avecina el apocalipsis.

Sin coñas: el aval debe estar garantizado por algo (garantías reales) ya sean depósitos, propiedades...

Supongo, que nunca he dado vueltas a semejante tema, que los avalados seríais unos acreedores mas pero ni idea de en qué puesto os liquidarían.

Saludos

#3

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

Muchas gracias Jexs71 por tu respuesta. Vamos que lo mejor no ponerse en la situación... Esperaba (iluso de mi) que la garantía real se tuviera que depositar en el banco de españa (o algo por el estilo).

Aprovechando el tema de los avales bancarios y aprovechandome un poco más de vosotros os lanzo otra pregunta:

Según tengo entendido el mejor aval (para el beneficiario) es el que se denomina de ejecución al primer requerimiento, que si he entendido bien, quiere decir que el beneficiario del aval no tiene que demostrar nada para ejecutarlo. Pero claro, yo me imagino que en algún momento tendrá que demostrar algo no? poque de no ser así, sería muy sencillo romper los contratos de compraventa: ejecutas el aval y punto.

Bueno... muchas gracias una vez más por vuestro tiempo.

Saludos,

takeit

#4

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

Pues muy común que los avales sean así, a primer requerimiento, por lo menos en contratos de alquiler de pisos, locales...
EL avalado, si quiere ejecutar, solo tiene que presentar el original del aval en la entidad y esta tiene que abonarle el dinero en cuestión.
Otra cosa es que ejecute por que le salga de las narices y el inquilino luego pueda demandarle por incumplir alguna clausula del contrato.

Saludos

#5

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

El aval a primer requerimiento se hace por varios motivos, uno de ellos es que el banco o caja no le interesan las “historias” entre el avalado y el proveedor, no le interesa meterse en disputas contractuales, si tu requieres al banco lo normal es que paguen y se dejen de historias, ahora bien como a alguien se le ocurra ejecutar un aval sin que la reclamación responda a una deuda real o a una obligación no cumplida, porque los avales normalmente dicen en su texto …… El banco/caja pagará a primer requerimiento y hasta la cantidad máxima indicada en el párrafo tal o en el punto cual, dentro del plazo de su vigencia, y al margen de las controversias que puedan surgir entre el avalado y el beneficiario (en este caso serias tu) que se dirimirán por los cauces previstos en las relaciones mercantiles entre ellos, o en su caso por las establecidas en las leyes aplicables ….. bueno suelen tener parrafadas como esta ….. pues si uno ejecuta un aval sin base, el que finalmente paga, y normalmente no es el banco (nota 1) se querellará contra el ejecutante en falsedad, y se la van a liar parda.

Nota 1: digo que finalmente el “pagano” no suele ser el banco, porque el banco o caja para dar un aval, toma garantías de la empresa que está avalando, con lo cual si el banco paga, luego va contra la empresa, si bien es cierto que habrá ocasiones en que no cobra de dicha empresa o porque ha entrado en concurso o las garantías que le dieron no son suficientes en el momento de la reclamación.

#6

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

Ondia Jaime ...... no se me había ocurrido en la vida plantearme el orden de prelación de las deudas de firma si una entidad va a concurso, pero como ni en la crisis bancaria de los 70-80 el fondo de garantía o el Banco de España se ocuparon de no dejar a nadie "en bolas" o incluso creo que todos los de Eurobank han cobrado, no sé si existe algún precendente de esto en España ?????

#7

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano


El aval que te dan sirve para garantizar que, en el supuesto de incumplimiento de contrato por parte del promotor, y en el caso de que, requerido por este incumplimiento, el promotor no te devuelva las cantidades que le entregaste, entonces es el banco quien se subroga en la obligación del promotor y te devuelve dichas cantidades.

Como este aval cubre una contingencia, que es el incumplimiento de contrato del promotor y la no-devolución de lo entregado, para exigir la ejecución de dicho aval hay que demostrar previamente que se ha producido la contingencia, por más cláusulas de “primer requerimiento” que figuren en el texto del aval.

Esta es mi visión del tema. No me suena ningún caso de ejecución de aval de estas características sin que se haya probado antes el incumplimiento y se haya requerido previamente al promotor para que devuelva las cantidades entregadas.

Saludos.

#8

Re: Aval bancario cantidades entregadas al comprar sobre plano

Ciertamente, es normal, supongo, que por más a primer requerimiento que se contrate, no van a pagar sin una justificación, pero no se van a meter en caso de disputas comerciales, para ello es "a primer requerimiento", y en ente tipo de documentos que son garantías de relaciones comerciales entre avalado y beneficiario pueden ocurrir ....