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Capital social obligatorio en cajamar

13 respuestas
Capital social obligatorio en cajamar
Capital social obligatorio en cajamar
#1

Capital social obligatorio en cajamar

Hola, el gestor bancario ya me ha engañado en otras ocasiones con pequeños cargos que me hacen como de seguro de hogar ( en dos ocasiones) queyotengo contratado por mi cuenta y antes de solicitarme acreditación de tal me carga uno a terceros en cuenta y después me ha puesto excusas no llegando adevilverlos y estar pagando yo por fuera otro seguro.
Así que aquí me encuentro agradeciendo aclaración ai pregunta de cualquieraas honrado que él.
Contrate mi hipoteca con ellos en 2018, me obligaban a tener un capital social ( que no he sabido hasta esta noche leyendo ni la mitad de lo que me explicaron) de 1.000€ y no tendría que pagar comisiones de mantenimiento de la cuenta, en 2020 pasé un apuro grande económico y dado que solo tengo una modesta pensión, intenté rescatar ese dinero, a regañadientes me dieron 400€ y en consecuencia trimestralmente desde entonces pago los 15€ ( no sé exacto) de mantenimiento, alguien sabe de irme si al tenerla hipoteca a 30 años con ellos estoy obligada a perder ese dinero ahí porque yo no entiendo de inversiones ect pero no he visto ni diez euros en mi cuenta de ningún beneficio, de que me sirve? Es voluntaria y obligatoria? La aportación social , y si eso ligaroria solo por tener la cuenta abierta, en el caso de que me lleve la pensión a BBVA y mensualmente les pague la cuota del presto, podría así rescatar esos 600€? O de qué manera?
Gracias de antemano 

#2

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Las cooperativas del crédito solo pueden dar servicio a sus socios, con lo cual para ser cliente hay que ser socio,  y ello se hace comprando participaciones en el capital de la caja rural. Lo que ocurre es que dependiendo de los estatutos de cada cooperativa, es necesario ser socio incluso para una simple cuenta corriente o en otras cooperativas solo si se tienen créditos o préstamos.

Seguro no estoy, pero por lo que veo por la red, para ser cliente de Cajamar no es obligatrio ser socio para una cuenta corriente, ahorro o depósito, pero si en el caso de préstamos. 

Si cancelas la cuenta y traspasas la hipoteca, podrás recuperar tu participación como socio. 
#3

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Hola, quiere decir que si me llevo la pensión a BBVA puedo cancelar la cuenta seguir pagando les la hipoteca y recuperar ese dinero de aportación?
Saludos
#4

Re: Capital social obligatorio en cajamar

En las cuentas anuales de la entidad en su punto 1.2 se dice 

1.2. Objeto Social: 
La Entidad tiene por objeto servir las necesidades financieras de sus socios y de terceros, mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito, pudiendo, a tal fin, realizar toda clase de operaciones activas, pasivas y de servicios bancarios o parabancarios, con atención preferente a las demandas financieras de sus socios, pudiendo realizar operaciones activas con no socios hasta el 50% de los recursos totales de la Entidad.

Por tanto, solo puede hacer operaciones a no socios de una forma muy limitada, con lo cual, dudo mucho que quieran liberar una operación hipotecaria que se realizó como socio, en consecuencia si pasas todo a BBVA, pero no la hipoteca, seguiras precisando ser socio, la única ,manera (en mi opinión) de dejar de serlo, es subrogar la hipoteca a BBVA y cancelar las relaciones con la caja. Si mantienes la hipoteca con ellos, entiendo que no van a recomprate las participaciones.  Pero esto es solo mi opinión, puedo estar en un error y accedan, no obstante, la pregunta sería ¿porqué van a liberarte de que tu operación hipotecaria que está en la parte del 50% de socios, vaya al otro 50% de no socios, cuando te vas prácticamente como cliente, dejando solo lo que no puedes cancelarles? No veo como les puede interesar el cambio de parte.  
#5

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Buenas tardes, consulte con BBVA para una posible subrogación de hipoteca pero me salía más cara la cuota 
Ahora el mismo gestor que ya me lleva con este tres años colafndo el seguro de hogar de ellos que yo pago el mío, le pedí por e- mail no me carguen el último ( reciente) , le pase por segunda vez copia de la factura pagada del mío en 2021 que me vence a final de año e insiste en que le debo de pasar el de este año ( todavía no ha vencido el anterior) y que le he de mandar copia donde el beneficiario sea Cajamar,no lo entiendo , por favor ,  la casacon hipoteca es mía entiendo la beneficiaria debo de ser yo??

Gracias
#6

Re: Capital social obligatorio en cajamar

No acabo de entenderte ... la tasación que tiene que ver con el seguro ???

Si quieres cancelar su seguro tienes que avisar claramente con 30 días antes mínimo.. indicando eso, cancelación del seguro de hogar... si puedes poner el número de póliza mejor, tiene que salir en el recibo.  No hay más obligación que esa, desde luego no hay que llevarles copia de recibo alguno para cancelar.

Luego como tú escritura te obliga a tener seguro de la casa les llevas copia de la póliza, pero para cancelar no hay que hacer nada más que comunicarlo.
#7

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Gracias
#8

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Hola , el seguro que me cobraban aparte de contratar yo el mismo a la vez es una cosa , lo de las tasaciones es otra, resulta mi vivienda era un activo bancario de cajamar, visitó y d y di la señal, se estudio , raso y demás, después ellos se dieron cuenta de que era VPO y aunque yo reunía requisitos toda la operación se dilató más de un año, por lo tanto a la hora de firmar en notario la tasación inicial que caduca a los 6 meses de tubo que realizar otra vez , quiere decirse yo pagué dos tasaciones y ahora para reclamar gastos mina pagada dice que el juez solo acepta se me devuelva importe de la primera pero yo no lo veo claro ya que no fue decisión mía y si doble gasto mío. Gracias
#9

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Llevar razón la llevas, pero las sentencias son las que son y la motivación de als mismas no consiera especialidades como la que cuentas, y lamentablemente estoy convencido al 99% de que solo te van a aceptar la tasación cuyo certificado figura en la escritura de hipoteca.

Por otro lado si bien Caixa Bank está devolviendo el dinero con reclamación al SAC, por que he visto por los foros, Santander, Sabadell y creo que Bankinter tampoco, no pagan esto, y la gente se ve obligada a demandar judicialmente. Desconozco como actúa Cajamar, no erciero haber visto ninguna respuesta en los hilos. 

Es lo de siempre,  comon ya conocen cual será "la salida", la política es cortar por "la entrada", es decir, obligar a los clientes a presentar demanda, porque muchos no lo harán ... luego cuando el juzgado la comunicfa la banco, éste paga y fin de la historia, incluso al apgar ya mismo, se ahorra sentencia y gastos legales, pero los que se quedan por el camino ya no hay que pagarlos, y los que van a juzgado se lo pensarán porque el/la abaogado/a tiene "la mala costumbre de comer cada día"  y pide dinero para presentar tal demanda 


 :-)
#10

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Hola resulta que vi anuncio de mis vivienda en portal inmobiliario era activo bancario de cajamar, tras consignar para mover lo de hipoteca a los pocos meses ya todo en marcha y hecha primera tasación se dieron cuenta de que la vivienda era de VPO y entonces aunque yo reunía los requisitos tuvieron que activar otros trámites burocráticos , la operación se dilató ajena a mi causa un año y medio así que antes de firmar en notario esa tasación según ellos había caducado y pagué otra segunda tasación entonces yo entiendo que ni lo pedí ni fue a causa mía, si ellos no sabían que estaban vendiendo una VPO yo lo sabía menos, la primera tasación fueron 245€ y la segunda 185€ tengo que correr con ambos gastos yo? Gracias Sr. Peterson Hola resulta que vi el anuncio de mi vivienda en un portal inmobiliario y era activo bancario de cajamar, tras visitarlo y
#11

Re: Capital social obligatorio en cajamar

También yo lo voy a solicitar mediante abogado, cobrarme me va a cobrar lo pactado igualmente se vaya a juicio o no
#12

Re: Capital social obligatorio en cajamar

Entonces esta es una mala gestión de Cajamar, pero es ajena a la reclamación de gastos de constitución que planteas, es decir, en modo alguno te pueden abonar 2 tasaciones, porque las sentencias son las que son y solo una tasación se utilizó para la hipoteca.

Ahora bien, si puedes reclamar la segunda tasación, si estuvieras dentro de los 5 años de plazo desde su pago, pero no por estas sentencias, sino por un error del banco, un mal asesoramiento, del mismo modo que si un lampista nos coloca un grifo en casa que tiene un defecto y nos lo hubiera cobrado como bueno. 

Si no han pasado 5 años desde su pago, si puede pedirlo en la demanda, pero como concepto adicional y fuera de la reclamación de los gastos hipotecarios, es decir como un error o mala gestión del banco de la que pides que también te abonen. 

Si han pasado los 5 años, yo no lo haría en modo alguno y te explico el porqué ....  A ver ... si esto lo demandas judicialmente, y creo que ya te dirá tu abogado/a, si pides algo por encima de lo que el Tribunal Supremo ya estableció, aunque la sentencia salga a tu favor, como es de esperar, solo vas a ganar por el 50% de notario el 100% de registro y gestoria y la tasación, la que sirvió para la hipoteca, la otra si está la acción de reclamación caducada, en teoría no pueden condenar al banco a reemborsalla (por presccripción) y entonces vas a tener un problema con las costas, porque al no ganar al 100%, las posibiliddes de que el juez no concene a tales costas y cada parte que se pague las suyas, porque tu habrías ganado una parte del pleito y el banco la de la primera tasación, es una posibilidad real, entonces te juegas un importe bastante inferior a los gastos legales. 

No soy abogado, pero por lo que sé no existe el concepto  de "gano casi toto, casi al 80%" ... si no es la totalidad, las posilidades de no pronunciamiento y no condena en costas, es muy alta, incluso si tu ganas 800 y el banco no tiene que pagar 200 .... 
#13

Re: Capital social obligatorio en cajamar

La primera tasación la de los 250€ se realizó primavera 2017 pero la segunda principios de verano de 2018 la de los 180€,  por lo que supongo me dirá me paso unos meses de los cinco años para reclamar también la segunda tasación, mi abogada piensa que reclamar en los gastos la segunda pero yo creo que la primera que es la más cara y la que en principio tendría que haber sido la única, cual cree usted que procede reclamar? 
#14

Re: Capital social obligatorio en cajamar

La justicia no son matemáticas!!!! Pero por simple sentido común, la que corresponde al certificado de tasación incluido en la hipoteca, es la segunda. 

Entonces al demandar, pueden ocurrir dos cosas, una es que el juzgado comunique al banco su demanda, ellos se opongan y todo siga su curso. Entonces las posibilidades de que se opongan a la primera tasación por no corresponder, son altas ....si se reclaman las dos, pues peor, no va a contar usted ni con la posibilidad de que no se den cuenta del lio.

Lo de meter la más cara, me parece un despropósito, en la hipoteca hay el certificado de la segunda, pues eso.

La tercera opción es que Cajamar no tenga ningún interés en que esto llegue a juicio, porque ya sabe como muy probablente acabe, y es con la doctrina del T.S., entonces para que se archive y no pagar costas, las iniciales de su abogado/a tampoco, antes de 20 días hábiles contados desde la recepción de la comunicación judicial ingresa en la cuenta del juzgado en Banco Santander el importe que reclamas. Si ello ocurre tiene alguna posibilidad de que "cuelen" las dos.

Yo creo que haciendo las cosas mal, no es fácil que salgan bien, pero es una simple opinión.

Dicho todo ello, entiendo "las razones morales" y de culpabilidad que usted esgrime en la motivación de las dos tasaciones, pero lamento indicar que no vaya a usted a un juzgado a buscar justicia, me refiero a concepto de "justo", porque en un juzgado lo que encontraremos es la administracion de leyes , normas, precedentes y doctrina.