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Seguro de daños con cesión de derechos a favor de la entidad
¿Es normal que me pongan que la vivienda debe de tener un seguro de daños con cesión de derechos a favor de la entidad? ¿Podría aceptar esa cláusula, si fuera porque tengo que hacerme un seguro de incendios del hogar, y luego hacerme el seguro con otra compañía que no sea la del banco?. No entiendo a qué se refiere , a qué me compromete y si debo aceptarla o por el contrario, decir que nanai del paraguay. Si fuera necesario aceptarla para que me concedan la hipoteca, ¿podría luego no cumplir esa cláusula por si fuera ilegal?Gracias por todo