Recuperar alquiler para un familiar - Alquiler de vivienda
Buenas a todos, tengo la siguiente duda a ver si me la pueden resolver.
Mis padres tienen un piso alquilado a una familia, cuyo año de contrato siempre empieza en febrero, desde 2014. Tomé la decisión de mudarme al piso de mis padres este verano que viene, y estuve leyendo que si el piso lleva más de un año alquilado, según el artículo 9.3 de la LAU que se modificó en 2013 (la ley original es Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) y se reformó en 2013) puedo, avisando con antelación, entrar al piso al ser un familiar de primer grado. La duda viene porque lo hemos consultado a una abogada especialista en esto y dice que no, pero con la ley en la mano, y sabiendo que el contrato se va prorrateando de año en año si ninguna de las partes pone objeciones, puedo optar a ello avisando con una antelación de dos meses.
Mi duda es, ¿hay algo que se me escapa que impida que pueda entrar, y por tanto deba esperar a febrero que es cuando se cumple año para poder entrar?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo