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Reparto gastos en comunidad de vecinos

7 respuestas
Reparto gastos en comunidad de vecinos
Reparto gastos en comunidad de vecinos
#1

Reparto gastos en comunidad de vecinos

Hola,

Recientemente hemos comprado un apartamento en Vinaroz. Es un complejo de 372 viviendas de las que aproximadamente la mitad están en concurso de acreedores, hay unas 130 vendidas y el resto pertenecen al banco y están por vender.

Se formo la comunidad antes de empezar a vender los apartamentos y cuando compramos nos encontramos con la siguiente clausula en las escrituras:

"Atendiendo a que el uso y disfrute de los elementos comunes del inmueble sera sensiblemente igual para todos los departamentos con independencia de sus dimensiones o particulares características, la participación en los gastos tanto generales como de escalera, sera por iguales partes entre todos los obligados a contribuir en los mismos."

Según esa clausula parece claro que todos debemos contribuir con la misma cantidad mensual lo cual bajo mi punto de vista no es justo y me gustaría poder cambiar.

La administradora me comento que para poder cambiar esta clausula se necesita hacerlo por unanimidad, lo cual nunca va a pasar ya que evidentemente los vecinos de los apartamentos mas grandes se van a oponer.

Mi pregunta es, habría alguna manera de impugnar esa clausula de otra forma que no fuera por unanimidad? Afecta de algun modo que ningún vecino haya podido votar estos estatutos? No hace falta tener un porcentaje de apartamentos antes de poder formar la comunidad?

Muchas gracias.

#2

Re: Reparto gastos en comunidad de vecinos

Hola.

La cláusula se tiene que impugnar por unanímidad pero, en el caso de que la cuota haya sido establecida de forma arbitraria, perjudicando a algun propietario, ese propietario perjudicado podrá impugnar judicialmente las cuotas establecidas. Así que supongo que tendrás que demostrar que esa cuantía es perjudicial para ti. 

Por si te interesa, esto es lo que dice el Articulo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal :

En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o por resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

En el BOE puedes encontrar más información. Aquí te dejo el enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906 

Un saludo

#3

Re: Reparto gastos en comunidad de vecinos

Muchas gracias por la respuesta Paula. La cuota como he comentado se divide en partes iguales para todos los propietarios independientemente del coeficiente de los apartamentos. Se podría entender que todos los que tenemos el apartamento con menor coeficiente nos vemos perjudicados al tener que pagar lo mismo que los que tienen mayor coeficiente?

Por lo que he entendido en el enlace al BOE es que el promotor/constructor puede crear la comunidad como le parezca mejor, por tanto no podríamos impugnar esa clausula mas que por unanimidad.

Es habitual que el promotor divida los gastos comunitarios entre todos los apartamentos a partes iguales en lugar de por coeficiente? a que se puede deber el hacerlo de esta manera? para mi es claramente injusto ya que por norma general un apartamento con 3 habitaciones hará o al menos podría hacer un uso mayor de las instalaciones que un apartamento de 2 o 1 habitación.

#4

Re: Reparto gastos en comunidad de vecinos

No tengo claro que una cláusula que va en contra de la ley pueda tener efectos. Creo que deberías consulta a un abogado, pero completamente injusto que alguien pague lo mismo por un estudio de 45 mestros que por un duplex de 180, consulta a un abogado.

Le mando una alerta a Petersen que igual sabe algo del tema...

Método, disciplina y tiempo

#5

Que

En esto puedo ayudar mas bien poco, por lo que sé, es perfectamente legal pactar cuotas disitntas a las que puedan corresponder por la aplicación del coeficiente de la vivienda en la propiedad horizontal, yo he visto pactos en fincas que mas o menos tienen medidas parecidas, por ejemplo ahora recuerdo a unos amigos míos que tienen una casa adosada, son 5 viviendas y las cuotas serían unas del 19 y algo y otras del 20 y algo, con lo cual puedes tener cierto sentido aplicar el 20% a todas, cuando concurren unos elementos comunes que los disfrutan todos por igual, con independencia de la medida de la vivienda, y como anota el ponente algo de esto podría existir en este complejo, supongo que piscina comunitaria, jardines, etc. 

Ahora bien si tal distribución de cuotas es manifiestamente perjudicial para algunos vecinos en favor de otros, supongo que se puede pedir "la opinión" de un juez, pero supongo que habría que demostrar esta "manifiesta desproporción", para ya te digo que no en esto no tengo los conocimientos suficientes como para indicar bajo que argumentos se puede. 

#6

Re: Que

La cláusula generalmente es legal,de hecho es común en urbanizaciones con piscinas,instalaciones deportivas,etc.Hace años viví un tema parecido siendo inquilino en una urbanización de este estilo y la comunidad por unanimidad mantuvo las cuotas iguales,por lo que se hubo recurso judicial por los vecinos que no estaban de acuerdo,pero el recurso no próspero.

Hay que tener en cuenta que aunque el piso de uno sea mayor que el de otro,a lo mejor es el del piso de menor tamaño es quien hace uso más intensivo de las instalaciones.S2

#7

Re: Reparto gastos en comunidad de vecinos

Efectivamente se trata de una comunidad en la que hay piscina e instalaciones deportivas pero aun así no consigo ver la diferencia de criterio en cuanto a reparto de cuotas cuando hay este tipo de instalaciones y cuando no las hay.

Que diferencia hay entre pagar el mantenimiento del ascensor, la limpieza de la escalera, etc. según coeficientes y en cambio pagar las instalaciones deportivas sin aplicarlos?

El tema de que un piso con menor coeficiente pueda hacer un uso mayor de las instalaciones también debería poder aplicarse a todo, por ejemplo un vecino que use mas el ascensor que otro.

Veo que es un tema muy subjetivo y por mi parte creo que lo voy a dejar tal y como esta, pero aun así me gustaría poder llegar a entenderlo.

Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Saludos.

#8

Re: Reparto gastos en comunidad de vecinos

Pues una put*ada pero es perfectamente legal.
La Comunidad se constituyó en su momento pro los propietarios, véase la constructora y/o la promotora
Y el resto de propietarios cuando comprasteis dichas viviendas os fuisteis acogiendo a los Estatutos de la Comunidad, ya vigentes.

Sin saber nada del asunto se me ocurren posibles vías de "presunta impugnación":
- que la Comunidad de Propietarios se constituyera antes de tener inscrita la División Horizontal
- que los Estatutos de la Comunidad no estén convenientemente inscritos en el registro de la Propiedad
- que cuando hicisteis la compraventa el Notario no advirtiera al menos de que la Comunidad de Propietarios ya estaba constituida

La Unanimidad es imprescindible para cambiar el reparto de cuotas y no lo vais a conseguir NUNCA porque en cuanto haya alguno que vea que va a pagar más va a decir siempre NOOOOOOO!