Buenas noches,
Quería comentaros unas dudas, a ver si alguien me puede ayudar. Hoy he imprimido en pdf los movimientos de todo el año en Degiro, y me he puesto a mirar los dividendos y el tema de la doble imposición etc…
Lo primero que me ha llamado la atención es que compre acciónes de Camceco (CCJ) en el Nyse (Es decir en dólares) y el dividendo me lo han pagado en dólares canadienses reteniéndome un 25%. Supongo que esto es así porque que la empresa tiene su sede en Canada.
Sin embargo en el dividendo de TGP no me han retenido nada, supongo que esto será por el convenio que tiene España con USA y por haber rellenado en Degiro el modelo W-8BEN, por lo que no me retienen nada, asique únicamente tendré que pagar el 19% a hacienda cuando haga la declaración de la renta.
Me he puesto a mirar en Internet el tema de los convenios con diferentes países para la doble imposición y me he quedado bastante sorprendido con las clavadas que te pegan en otros países. He leído este ejemplo, y la verdad es que me parece que no sale a cuenta invertir pensando en cobrar dividendos en países como Alemania etc…
Ej:
imaginemos que BMW nos paga un dividendo de 10 euros brutos:
- En origen (Alemania) nos retendrán un 26,375%, es decir, 2,6375 euros. Nos quedarían 7,36 euros.
- En destino (España) nos aplicarán una retención del 19% de esos 7,3625 euros, no de 10 euros. De manera que al retenernos aquí un 19% (1,39 euros), veremos un ingreso final en nuestra cuenta de 5,96 euros.
- A posteriori podremos reclamar al fisco alemán la diferencia entre el 26,375% y el 15% firmado en el convenio, que es 11,375%. Es decir, que podríamos recuperar 1,13 euros.
Esto significa que si somos accionistas de una empresa alemana, la suma de las retenciones superará el 40% del importe bruto pero se podría ver reducida al 31,1% si reclamamos.
La duda es, sino reclamo acabo pagando un 40% y si reclamo para acabar pagando un 31,1%, a quien tengo que reclamar a la hacienda Alemana? Como se hace este tramite, alguien lo ha hecho alguna vez? Supongo que para acciones Francesas también habrá que hacer el mismo tramite y probablemente en Frances (que ya se como son los Franceses…)? Igual me estoy equivocando en algo, no creo que pueda ser tan engorroso el tema.
Dejo aquí un pantallazo con las retenciones por países: La verdad es que como el tema sea así, solo compensa invertir en empresas que paguen dividendo en España y USA.
Porcierto, hoy he estado bastante tiempo mirando Fondos Indexados y por si a alguien le interesa, ya se pueden contratar Fondos Indexados de Vanguard sin tener que meter un minimo de 100.00 Euros. Se puede en BNP sin cantidad mínima y ahorrandote los gastos de custodia tal y como podeis leer abajo: