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Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación

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Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación
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Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación
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#2625

Re: Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación.

Fiddler,

Si no voy equivocado la cantidad que cubre el Fogain son 20k por entidad/inversor, correcto? Por lo que si no voy equivocado recomendarias ir haciendo ingresos en una entidad hasta llegar a los 20k, entonces darias el salto a otra nueva entidad, correcto?

Saludos

#2626

Re: Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación.

Actualmente estoy en un 60% RV (Amundi World + Amundi Emerging Markets) + 40% RF ( Raiffeisen + Robeco) con aportaciones periódicas.
Mi idea es mantener esta estructura hasta que sea posible contratar en este país a los fondos de Vanguard, entonces posiblemente añadiría algún fondo/ETF de small caps de esa gestora y listos!
Otra opción que barajo a medio plazo es encontrar un sustituto para el Amundi índex Emerging markets (el Pictet-emerging no me convence por su elevado TER) y ese caso me plantearía contratar el Amundi índex Government Bonds (cuando fuera traspasable claro...) Por tanto he fijado el 60% como límite máximo para una gestora (en este caso Amundi).
Tratándose de fondos indexados me siento suficientemente cómodo.
Saludos indexados y pasivos.

#2627

Re: Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación.

Aclaro,
en el caso de encontrar un fondo indexado de RV que me permitiera sustituir o complementar los Amundi (World + emergente) me plantearía diversificar mi RF con el Amundi index Government Bonds, con el límite que he comentado antes del 60% en una única gestora.

#2628

Re: Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación.

La garantía se aplica por separado a dos tipos de instrumentos: los de ahorro (cuentas y depósitos) y los de inversión (acciones y fondos). Las coberturas pueden ser diferentes, y no son excluyentes entre sí. Se aplica la garantía del país donde está registrado el operador. Hay que leer y conservar el contrato para comprobar qué garantía aplica.

España tiene dos fondos de garantía:

El Fondo de Garantía de Depósitos o FGD. Tiene por objeto garantizar los depósitos en dinero y en valores u otros instrumentos financieros constituidos en las entidades de crédito, con el límite de 100.000 euros para los depósitos en dinero o, en el caso de depósitos nominados en otra divisa, su equivalente aplicando los tipos de cambio correspondientes, y de 100.000 euros para los inversores que hayan confiado a una entidad de crédito valores u otros instrumentos financieros. Estas dos garantías que ofrece el Fondo son distintas y compatibles entre sí.

El Fondo de Garantía de Inversiones o FOGAIN. Su finalidad es ofrecer a los clientes de las sociedades de valores, agencias de valores y sociedades gestoras de carteras la cobertura de una indemnización en caso que alguna de estas entidades entre en una situación de concurso de acreedores o declaración de insolvencia por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. La cobertura máxima es de 100.000 euros para aquellas situaciones de concurso de acreedores o declaración de insolvencia administrativa.

En cambio, las entidades que operan en España pero que están registradas en otro país no están obligadas a adherirse a estos fondos de garantía, siempre que estén adscritas a los fondos de garantía equivalentes de su país de origen.

Respecto a los importes, en depósitos toda la Unión Europea ofrece una cobertura mínima por titular de hasta 100.000 euros. En cambio, para depósitos de valores cada país garantiza lo que considera conveniente.

Ojo que las garantías se aplican por titular. Es decir si sóis tres titulares por cuenta, la garantía se aplica a cada titular por separado. Y si tienes tres cuentas tú sólo en la misma entidad sigues teniendo la misma garantía que si tuvieras una sóla cuenta.

#2630

Re: Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación.

Excelente respuesta, gracias por la aclaración. Voy a estudiar a fondo las garantias de cada una de mis entidades.

Saludos pasivos

#2631

Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación

Un par de preguntas, que he estado fuera con los críos esta semana:

1. ¿Cómo s ehace el X-ray d etu cartera? En R$ no sé cómo hacerlo y no sé si e sposible hacerlo en Morningstar..

2. Veo que el Raiffesen, par acontratarlo en R4 hay que hacerlo telefónicamente, pero ¿pasa igual con Selfbank? ¿Y con el Amundi Govies, sigue sin ser traspasable?

#2632

Re: Re: Gestión pasiva: Bogleheads y otros temas relacionados con la indexación.

Buenas,

Según entiendo el esquema de coberturas (corregidme si me equivoco), os planteo una serie de supuestos, basándonos en contar con el 100% de nuestro dinero en el fondo “Amundi World Index”, comercializado por R4:

1) Quiebra de la gestora Amundi Luxemburg SA: Quedaría a la espera de ver quien recoge los activos de sus fondos, que se encuentran a salvo en el depositario. Al ser una entidad domiciliada en Luxemburgo, entiendo que esta decisión correspondería al “Commission de Surveillance du Secteur Financier (CSSF)”, homologo luxemburgués del CNMV. Nos enfrentaríamos a una especie de corralito temporal.

2) Quiebra de la depositaria del fondo, en este caso según el KID “CACEIS BANK LUXEMBOURG”: En este caso y si la CSSF hace su trabajo, nuestros activos, estarían a salvo al estar separados del balance del banco y se asignaría otro depositario por parte de la gestora. No obstante, en el peor de los casos, si el banco hubiera ilegalmente metido mano en nuestros activos, tendríamos que recurrir al fondo de garantía de inversiones del país en cuestión. He buscado para cuanto sería el de Luxemburgo, pero no he encontrado nada… En este caso, si estaríamos en problemas serios, aunque es muy poco probable.

3) Quiebra la comercializadora Renta4: Otra comercializara compraría el servicio y pasaríamos a depender de ella para operar. En principio el registro de nuestros valores no es “oficial”, puesto que operan a través de Omnibus, pero deberían mantener un registro interno. En última instancia, el FOGAIN cubriría hasta 100k€. Un caso menos serio que el anterior, puesto que nuestros activos están a salvo. No obstante, viviríamos un corralito temporal y una posible necesidad de reclamar al FOGAIN.

En conclusión, es interesante diversificar por comercializadora, manteniéndose por debajo de los 100k€ que garantiza el FOGAIN y manteniendo copia del extracto de posiciones por si hubiese que reclamar.

A pesar de lo difícil de la estafa, sería interesante diversificar también por depositaria, manteniéndose siempre por debajo del límite de cobertura por entidad del país de domicilio de la misma. Me quedaría saber de cuanto es dicha cobertura para Luxemburgo.

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