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Herencia de una cuenta compartida

30 respuestas
Herencia de una cuenta compartida
Herencia de una cuenta compartida

CÓDIGO AMIGO

La Cuenta de Trade Republic ofrece un 3,04% TAE sin límite de saldo y sin vinculaciones para nuevos clientes

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#16

Re: Herencia de una cuenta compartida

Comi te dicen, hscienda no va a cuestionar nada.
El dia que se produzca el hecho causante, como en la cuenta  dois 3 titulares, el banco retendrá automáticamente 1/3 del saldo. Y salvo prueba en contrario, ese tercio será el que integrará la masa hereditaria. Como dije, podéis saber cuál era el saldo de las cuentas de vuestro padre a fecha de fallecimiento.
Como el hecho causante es incierto, se puede producir en años, décadas... diseñar el reparto con los valores a día de hoy, no tiene sentido pues el saldo de la cuenta seguirá creciendo con al menos la pensión de vuestra madre y los valores de referencia de las cssas y terrenos pueden diferir notablemente cuando se produzca el hecho causante; por eso, la sugerencia de la donación porque podeis conocer los valores a día de hoy y el saldo de la cuenta correspondiente a vuestra madre. Como dije, la vida da muchas vueltas y se puede pasar a tener necesidades diferentes. Además, hoy estáis de acuerdo, ¿siempre será así?
#17

Re: Herencia de una cuenta compartida

Gracias a los dos, parece mas fácil de lo que pensaba. 
Tienes mucha razón en que la vida puede dar muchas vueltas, pero  ya tenía en cuenta parte de las cosas que apuntas y te agradezco. El saldo de la cuenta va a crecer porque hace un año abrimos una segunda cuenta a nombre de mi madre donde esta recibiendo ahora la pensión y los recibos y de donde salen parte de los gastos.  Y salvo que pase algo muy gordo, no cambiaremos de opinión porque a un hermano le viene muy bien el dinero, y al otro le viene muy bien el pisito del pueblo y las   tierras que tenemos .  Sobre el valor de los inmuebles, no va a afectar demasiado, ya que las tierras son ocho, pero de poco valor, con lo que es muy fácil repartir al 50%.
#18

Re: Herencia de una cuenta compartida

Vale, solo una pregunta: ¿qué inconveniente hay en no  considerar el tema de donación de vuestra madre a vosotros, a uno del dinero y al otro el piso del pueblo, e incluso de la vivienda habitual de vuestra madre a losc2 con reserva del usufructo vitalicio de la misma si teneisctodos los datos/valoraciones de todos esos bienes y el acuerdo de cómo repartirlos. Las bonificaciones y ventajas actuales en donaciones de psdres a hijos no hay garantía de que se mantengan para siempre. 
#19

Re: Herencia de una cuenta compartida

idem para las óptimas condiciones actuales en tema de herencias de padres a hijos
#20

Re: Herencia de una cuenta compartida

Porque en Sucesiones pagaremos cero euros. Bonificación de la Comunidad de Madrid y discapacidad del 33%.
Y cuanso descubrí ese resultado ni me moleste en calcular donaciones. Y así además dejamos a la madre tranquila que es muy mayor .  No soporta los papeleos. 
Y dudamos que eso cambie en el futuro en las cantidades en las que nos movemos . 
#21

Re: Herencia de una cuenta compartida

Desde el 1 de Enero de 2022, por Ley se tiene que poner el valor de referencia catastral en los bienes inmuebles.

Esto incluye a las tierras, aunque ponga que valen 100 € (es un decir), se tienen en cuenta el valor de referencia. Así que el hermano que se lleva las “tierras”, no se las lleva por ejemplo por 3.000 €, sino por su valor de referencia que puede ser mucho mayor, por ejemplo 25.000 €.

Míralo para asegurarte del valor “real”. También se tiene en cuenta este valor de referencia para las casas. La casa del pueblo puede costar por ejemplo 50.000 €, pero su valor de referencia puede ser mayor.

#22

Re: Herencia de una cuenta compartida

El valor de referencia no es el valor real es el mínimo por el que se debe tributar el ISD, IAJD y Patrimonio para que la administración autonómica no practique una comprobación de valores. Si el valor de mercado es mayor debería tributarse por el valor de mercado. Si el valor de mercado es inferior se tributa por el valor de referencia y puede solicitarse una revisión de valores. Lo normal es que el valor de referencia esté por debajo del valor de mercado, aunque no siempre. 
El valor de referencia no es vinculante para otros impuestos como el IRPF. 
#23

Re: Herencia de una cuenta compartida

 
Lo comento por las “tierras”. Sé que el valor de referencia es el mínimo y también se, que las “tierras” suelen ser baratas y que luego en las compras o donaciones, a la gente les hacen pagar mínimo por el valor de referencia. 

Además, también se que para las tierras, para que te hagan una revisión de valores. Tienes que contratar a un Ingeniero Agrónomo, que por una tierra ya te gastas cerca de 400 €. Al ser 8 (si están en el mismo sitio) te puede salir por 1.000 o 1.500 €. 

Se lo comentaba ya que mencionaban la donación (en este caso, si las dona su madre, ella tendrá que pagar como si fuera una venta y tendrían que poner el valor de referencia como valor mínimo). Conozco un caso, que donaron unas tierras por el valor de las tierras 6.000 € y según el valor de referencia eran 55.000 €. 

También conozco un caso de una casa de pueblo, su valor era de 18.000 € cuando la heredaron, al donarla han tenido que poner el valor de referencia de 35.000 €. Que es el que les va a pedir hacienda. 

#24

Re: Herencia de una cuenta compartida

En la donación hay dos impuestos, el ISD administrado por la comunidad autónoma aplicable a los donatarios  y la ganancia patrimonial administrada por la hacienda estatal  o las forales si fuese el caso, aplicable al donante. El valor de referencia solo aplica al ISD, para la ganancia patrimonial aplicaría el valor de mercado.
#25

Re: Herencia de una cuenta compartida

Las tierras son una faena. 1000€ de catastral , 17,000 de referencia y no te dan ni 10000 por todas. 

El piso del pueblo si puede subir bastante, van a ponerle ascensor, miedo me da que se multiplique por 2 el valor de referencia. 
#26

Re: Herencia de una cuenta compartida

Reconozco que no conozco el valor de mercado de todas las “tierras” y dependerá de la comunidad autónoma. 

Por lo que yo sé, las tierras tienen “poco valor”, las que se usan para labrar. Y su valor de mercado es mucho mas “bajo” que el valor de referencia.

Te pongo un ejemplo que conozco.

Compra de una “tierra” (en Castilla la Mancha, que “son más baratas” que en la Comunidad de Madrid, aunque tengan mas metros).

Año 2020 (no se usaba el valor de referencia), precio 450 €. 

Año 2026, por la misma tierra. Si alguien te da 550 € por ella, ya es mucho. Valor de referencia 2.000 €.

Son los casos que conozco. Al no ser que alguien quiera pagarte más… que lo dudo. Ya que quien suele comprar las tierras, es el agricultor que las labra y es colindante a tu terreno (conoce el precio que valen sus tierras).

Otro caso que conozco. 

Comprar un olivar (creo) y se lo venden “más barato” que el valor de referencia. Consecuencia, le dicen que tiene que pagar 500 €, que no ha pagado al usar el valor de venta (mas bajo).

#27

Re: Herencia de una cuenta compartida

No entiendo el problema. Si va a pagar 0 en cualquier caso que liquide por el valor de referencia. Si vende dentro de años, cuando mayor valor tenga en sucesiones más juego le dará para pagar por una menor ganancia patrimonial. 
#28

Re: Herencia de una cuenta compartida

entiendo que es para que les cuadre el valor económico del lote que recibirá cada uno: Uno, el dinero 
El otro, las tierras y el pisito del pueblo.
Si los valores de referencia de las tierras y del pisito se disparan, con respecto al incremento del saldo en la cuenta bancaria,  probablemente haya un exceso de adjudicación al segundo. 
Nota: todo esto partiendo de la base de que no tiene sentido "hacer" hoy el reparto, pues los valores de hoy que utilizan para cuadrar el valor de cada lote tal y como han diseñado difícilmente serán los mismos cuando se produzca el hecho causante.... 

#29

Re: Herencia de una cuenta compartida

pero bueno, el dis de mañana siempre piden jugar sobre todo con el valor de los terrenos que si no son urbanizables no se les asignará valor de referencia y sólo "conocerán el valor catastral, así que podrán poner el valor que quieran s csds terreno para que les "cuadre"
#30

Re: Herencia de una cuenta compartida

El valor de referencia no es el valor por el que hay que valorar los inmuebles de la herencia, es el mínimo valor por el que hay que liquidar el impuesto de sucesiones. Puede ser una herencia de 500 y liquidar por 600. Son independientes.