Acceder

Mejor fiscalidad herencia

17 respuestas
Mejor fiscalidad herencia
Mejor fiscalidad herencia
Página
1 / 2
#1

Mejor fiscalidad herencia

Buenas a todos, es mi primer mensaje. Por desgracia mi madre falleció en julio, ya era viuda. Ahora mi hermana y yo vamos a heredar una cantidad en efectivo, así como dos viviendas, las cuales vamos a vender en cuanto podamos. Mi consulta es de qué manera actuar para que los impuestos a pagar sean lo menos posible, obvio, sé que en Valencia el impuesto de sucesiones está bastante bonificado, pero el miedo es el IRPF. He leído un poco y parece que si el valor que se dé a las viviendas en la escritura de herencia ante el notario es igual o inferior al valor de las viviendas cuando las vendamos, el IRPF posterior a pagar es cero. Pero mi duda es si se puede poner un valor distinto al de referencia catastral para minimizar al máximo el IRPF posterior y cómo hacerlo. Siempre legalmente, para evitar “palos” posteriores claro. Un saludo, perdón por el tocho que he soltado y gracias por adelantado
#2

Re: Mejor fiscalidad herencia

En el ISD debes usar el valor mayor entre el de referencia catastral y el de mercado. Usa el precio por el que crees que vas a vender siempre que sea mayor que el de referencia. Si lo haces así no tendrás problema alguno. 

#3

Re: Mejor fiscalidad herencia

Muchas gracias por la respuesta. Entiendo que quieres decir que no hay problema luego con hacienda si por ejemplo lo queremos vender por 280000 y el valor de referencia catastral es de 202.000 como es el caso, podríamos poner en la escritura que lo valoramos por 280000? 
#4

Re: Mejor fiscalidad herencia

No hay problema siempre que no se abuse. 
Por ejemplo, mejor que el precio por el que quieras vender sería el precio por el que razonablemente se pueda vender.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Mejor fiscalidad herencia

Gracias por la respuesta. El precio que he puesto de 280000, está por debajo de los precios de la zona (playa) incluso mejor ubicado etc, es demasiado poner ese precio, sabiendo que el valor de referencia catastral es de poco más de 202000? Gracias de antemano y perdón la pesadez, es que queremos pisar sobre seguro y evitar sorpresas.
#6

Re: Mejor fiscalidad herencia

Pero cuidado, no confundir el valor de referencia con el valor catastral tradicional (el que figura en el recibo del IBI)
Desde el 01/01/2022 el valor de referencia es el nuevo baremo que utiliza la administración para calcular los impuestos de las viviendas heredadas.
#7

Re: Mejor fiscalidad herencia

Claro claro, el valor de referencia que figura en la sede del catastro es el que he dicho 202000 y algo, por eso preguntaba si no iba a tener problemas por poner en la recepción de herencia 280000.
#8

Re: Mejor fiscalidad herencia

La mejor demostración  que puedes hacer de que el precio de mercado aplicado al ISD es correcto es que lo vendas en un entorno a ese precio. Olvídate del valor referencia, con la inflación inmobiliaria que sufrimos está obsoleto. 
El valor de referencia no es vinculante en ganancias patrimoniales, solo aplica a ITP, AJD, ISD Y Patrimonio, y tan solo lo hace como referencia mínima, nunca máxima. 

Tu futuro comprador pagará ITP sobre el valor en escritura (mayor) no sobre el valor de referencia. Sin embargo si fuese a la inversa y compra por debajo del valor de referencia, liquidará por el valor de referencia. 
#9

Re: Mejor fiscalidad herencia

Pues muchas gracias por la respuesta 
#10

Re: Mejor fiscalidad herencia

En principio, te aconsejo consultar con tu Notario, pues ellos tienen estipulados unos valores máximos que suelen ser un % sobre el valor de referencia del Catastro. Llegado el caso, podrías pedir una tasación oficial para justificar el precio de mercado actual y lo único que tendrías que pagar la tasación, pero esta acción te puede ahorrar mucho dinero.
También te puedes ayudar de los valores que da IDEALISTA, por ejemplo, pero mucho más riguroso es una tasación inmobiliaria.
Saludos,
#11

Re: Mejor fiscalidad herencia

Muchas gracias me está siendo de gran ayuda 
#12

Re: Mejor fiscalidad herencia

No existe ningún valor “estipulado” sobre el valor de referencia que establezca un valor mínimo o máximo de adquisición para el cálculo de la ganancia patrimonial en IRPF, cuando su origen es una herencia liquidada por ISD. IRPF y valores de referencia no tienen nada que ver.
A nivel de IRPF la única regla que aplica es el artículo 36 de la LIRPF, para inmuebles heredados se limita su valor máximo al valor de mercado en el momento de fallecimiento. El valor mínimo en ISD está controlado por las haciendas autonómicas y lo limita el valor de referencia. 
Un notario no es un fiscalista y de IRPF no tiene por que tener idea alguna. 
La mejor demostración del valor de mercado no es una tasación, es que tras la herencia y en un corto plazo, se cierre una operación por ese mismo precio o similar. 
#13

Re: Mejor fiscalidad herencia

Si, pero aunque no oficialmente no les dejan poner cualquier valor, como pasaba antes y lo único que he dicho, es que si le ponen problemas para poner el valor que se aproxime más al mercado, pueden hacer una tasación oficial o hacer un encargo a una empresa de las que venden pisos para que les de un importe más oficial. No obstante esto es para dar opiniones y ninguno que sepa yo, tiene la verdad absoluta
#14

Re: Mejor fiscalidad herencia

En este caso no estoy dando ninguna opinión, estoy recordando el artículo 36 de la LIRPF y el artículo 9 de la ley del Impuestos de Sucesiones y Donaciones que son de aplicación. 
¿Le pone problemas?¿quién?
#15

Re: Mejor fiscalidad herencia

Un par de detalles que no se han comentado y que también juegan a tu favor: al calcular la ganancia en el IRPF, al valor declarado en la herencia puedes sumar la parte del impuesto de sucesiones que corresponda a esa vivienda y los gastos de notaría y registro de la aceptación. Y en la Comunidad Valenciana, entre padres e hijos, Sucesiones tiene una bonificación del 99 %, así que declarar el valor real de mercado apenas os cuesta nada en Sucesiones y os ahorra IRPF al vender. La plusvalía municipal va aparte y se paga igualmente por la herencia.