Acceder

Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

6 respuestas
Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.
Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.
#1

Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

Buenos días, muchísimas gracias a quien me pueda ayudar.

Expongo el caso:

Como declaro yo y mis 3 hijos la venta de un piso ahora en 2025, comprado en 2004 por 50.000 euros, en bienes gananciales con mi marido, cuando mi marido fallece en 2006 y heredé de su 50% de propiedad del piso, la mitad en usufructo, y mis 3 hijos la otra mitad en nuda propiedad. Es decir, al tener yo entonces 51 años, heredé un 38% en usufructo y mis hijos el restante que fue un 62% .El valor que se le adjudicó al piso completo en la escritura de adjudicación de herencia fue 30.000 euros.

El piso se ha vendido ahora en 2025, teniendo yo 70 años, por 143.000 euros, de los que me han correspondido 71.500 más el 19% del usufructo ( el valor del usufructo se ha reducido desde que lo heredé) valorado en 13.500 euros, total 85.085 euros, y a mis 3 hijos les ha correspondido 19.305 euros a cada uno. Como declaro esa ganancia patrimonial, y como la declaran mis hijos? 

Les afecta a mis hijos en algo, esa reducción del valor de mi usufructo, del 38% al 19% para dar su valor de adquisición del piso (por herencia) para el calculo del IRPF? 

Es decir, el Valor de adquisición de la nuda propiedad en conjunto de mis 3 hijos en 2006 al heredar de su padre, equivalía al 62% restante del valor heredado (100% - 38% del usufructo de la madre). Sobre los 15.000 € de la masa de la herencia, el valor total de la parte de ellos, fue de 9.300 €.Valor de adquisición por hijo: 3.100 € cada uno (9.300 € / 3 hijos).Valor de transmisión por hijo: 19.305 € cada uno (el dinero real que les ha correspondido en la venta). A la hora de que ellos declaren el valor de adquisición, ha de poner cada uno de mis hijos,  3.100, o es otra cifra debido a la reducción de mi usufructo, de un 38% en 2006 a un 19% ahora a la venta del piso en 2025?

Gracias.
#2

Re: Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

¿Era vivienda habitual?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

NO, es vivienda de segunda residencia.
#5

Re: Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

Son tres cosas independientes.
-Tu pleno dominio, ganancia patrimonial= valor de venta (el 50% del total) menos el valor de compra en 2004 quitando los gastos. 
-Tu usufructo: valor de compra:  usufructo según el ISD declarado. A este valor le tienes que quitar un 3% anual, si han pasado 19 años, 19x3=57, ósea quedaría el 43% de 13.500, no se de donde sale tu 38%. Valor de venta lo que recibas o el valor actual de ese usufructo según tu edad si fuese mayor. 89-70=19, es decir 19% de 71.500. 19%x71.500=13.585
-El valor de coste de tus hijos ISD (3100 para cada uno) el de venta lo que les corresponda, sin olvidar aplicar los gastos. 
Salvo error o mejor opinión. Espero te sirva. 


#6

Re: Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

Mi 38% salió del calculo del usufructo, en 2006, al morir mi marido,  se calculó con la "regla del 89": a 89 se le resta mi edad, que eran 51 años cuando el murió:

MI edad en 2006: 51 años.
Cálculo: 89 – 51 = 38%.
Valor adjudicado al 50% de tu marido: 15.000 euros (la mitad del valor total del piso en herencia, que fue de 30.000 €).
Valor real de mi usufructo: 5.700 euros (el 38% de esos 15.000 €).
El 62% restante (9.300 €) corresponde al valor de la nuda propiedad que heredaron mis 3 hijos.(3.100 x 3= 9.300)

Lo que pasa que al vender el piso ahora, en 2025, yo ya tengo 70 años, y mi usufructo ha disminuido, (según el cálculo legal a mis 70 años actuales: 89 - 70 = 19%)

La normativa del IRPF dictamina que el valor de adquisición de un usufructo decrece por el transcurso del tiempo (un 3% anual si no ha estado alquilado). Han pasado 19 años (de 2006 a 2025), por lo que se resta un 57% (19 × 3%). El valor de adquisición real para este cálculo es 2.451 € (5.700 × 43%).

Mi pregunta era que si al cambiar del 38% del usufructo al 19% ahora en 2025, y cambiar el valor de adquisición para el calculo del usufructo (en 2006 era de 5.700 euros, ahora sería de 2.451 euros, con el incremento de mi ganancia patrimonial e incremento de mi pago del IRPF) tambien cambia el valor de adquisición de mis hijos, de cara al pago del IRPF, o se queda igual que en 2006, que era de 3.100 euros. Lo pregunto, por si ellos tienen que poner otra cifra de adquisicion, debido a la minoración del usufructo. O se mantiene igual que en 2006, con la adjudicacion de la herencia.

Te doy mas datos, por si cambia en algo tu respuesta, ya que no tenias toda la información.

Gracias por ayudarme, lo agradezco mucho.



#7

Re: Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

Correcto el coste de adquisición de tu usufructo para 2025 es de 2451 euros. 
El valor de  adquisición de la nuda propiedad de tus hijos se mantiene con el coste declarado en el ISD. no se altera como consecuencia de la variación del usufructo. 
Tu valor de venta para el usufructo no puede ser inferior al porcentaje correspondiente según tu edad hoy para el usufructo sobre el precio de la vivienda. 
#8

Re: Pago de IRPF por venta de piso con usufructo y nuda propiedad.

Entonces dime si en general seria correcto hacerlo asi: 

Yo declararé en 2 epigrafes del borrador, uno por mi mitad en bienes gananciales del piso (mi 50% original, en el 2004 cuando compre con mi marido el piso a partes iguales) (valor de adquisición 25.000, y valor de transmisión 71.500)

y en otro epigrafe del borrador, declarare por el valor del usufructo el cual se ha valorado en la venta en 13.500 € (según el cálculo legal a mis 70 años actuales: 89 - 70 = 19%). (valor de adquisición 2.451 €, y valor de transmisión 13.500)

Y mis hijos, declararan cada uno, como valor de adquisición 3.100 y valor de transmisión 19.305.  Entonces, se haria asi? Es la manera correcta?