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Herencia sin escriturar desde 2019: actualización de valor para futura venta e IRPF
Buenos dias,
Quería hacer una consulta sobre una herencia en Andalucía (Málaga) y la posterior venta de una vivienda, porque tengo dudas importantes sobre el valor que debemos declarar ahora y cómo afectará al IRPF futuro.
Mi padre falleció en diciembre de 2019 en Málaga capital y dejó testamento. Mi madre quedó como usufructuaria vitalicia de la vivienda habitual y mi hermana y yo como herederos legítimos de la nuda propiedad.
La vivienda está en Málaga, barrio Ciudad Jardín.
En su momento presentamos correctamente los modelos 650 y 660 dentro de plazo ante la Junta de Andalucía en Málaga. No tuvimos que pagar Impuesto de Sucesiones por las bonificaciones entre padres e hijos en Andalucía, pero sí pagamos la plusvalía municipal.
En el modelo 660 figuraba la vivienda con estos datos aproximados:
- Valor catastral: 42.058,32 €
- Valor declarado: 29.651,12 €
- % transmisión: 50%
(Entiendo que ese valor declarado correspondía a la parte heredada de cada heredero).
La cuestión es que en 2019 el notario nos comentó que, si no pensábamos vender la vivienda, no era necesario hacer inmediatamente la escritura de aceptación y adjudicación de herencia e inscripción registral, porque ya estaban liquidados los impuestos.
Ahora, 6 años después, mi madre es ya mayor y se ha venido a vivir conmigo, por lo que hemos decidido vender la vivienda.
Ya tengo comprador por 219.000 € y el próximo jueves 14 vamos a firmar la escritura de aceptación de herencia para posteriormente inscribir la vivienda a nombre de mi hermana y mío y poder venderla.
Aquí viene mi duda:
Tanto la notaría como la Junta de Andalucía nos indican que, aunque el Impuesto de Sucesiones de 2019 ya está presentado y prescrito administrativamente, ahora debemos volver a presentar documentación/actualizar el modelo 660 para adaptar el valor del inmueble a un valor actual.
Nos indican además que el valor no puede ser inferior al valor de referencia catastral actual, que asciende a 128.101,13 €.
La notaría nos recomienda declarar aproximadamente unos 150.000 € como valor actual de la vivienda en la escritura/herencia, porque dicen que eso nos beneficiaría posteriormente de cara al IRPF por la venta, ya que aumentaría el valor de adquisición y reduciría la ganancia patrimonial futura.
Mis dudas son:
- ¿Es realmente obligatorio actualizar ahora el valor de la vivienda aunque el Impuesto de Sucesiones esté ya prescrito y liquidado desde 2019?
- ¿Es correcto utilizar un valor actual más alto (por ejemplo 150.000 €) aunque en 2019 se declaró bastante menos?
- ¿Puede Hacienda considerar eso una “regularización artificial” únicamente para pagar menos IRPF en la venta?
- ¿El valor que realmente tendrá en cuenta Hacienda para calcular nuestra ganancia patrimonial futura será el nuevo valor que aparezca ahora en escritura/herencia?
- ¿Tiene sentido declarar incluso un valor más cercano al precio real de venta (219.000 €) o eso podría generar otros problemas?
- ¿Alguien en Andalucía ha pasado por una situación parecida tras varios años sin escriturar una herencia ya liquidada?
Añado que:
- El impuesto de sucesiones se presentó correctamente en plazo en 2019.
- La plusvalía municipal también se pagó.
- Nunca hubo requerimientos de Hacienda.
- La vivienda sigue todavía registralmente a nombre de mi padre.
- La venta se hará inmediatamente después de escriturar la aceptación de herencia.
Muchas gracias de antemano.