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Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

5 respuestas
Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda
Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda
#1

Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

Buenas, me llegó un requirimiento de hacienda por la renta de 2022, no declare y me dicen que estaba obligado por "obtener rendimientos del trabajo, del capital, que superan el límite conjunto 1000 euros anuales   y pérdidas patrimoniales menor a 500 euros". Os paso datos de 2022
-Pensión de 16000 euros anuales
-rescate de seguro de 600 euros , aparece en capital mobiliario
-perdidas patrimoniales de 31 centimos y de 33 centimos
Leyendo el manual de declaracion yo entiendo que no estoy obligado,  https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/delimitacion-obligacion-declarar-irpf.html

Ya fui a hacienda y pagué lo que me decían y ahora me ha llegado también una sanción por no declarar en su día.
Yo sigo en mis   trece de que no estaba obligado, pero en unos sitios me dan la razón y en otros no, no se si reclamar o que. 
Alguien ha tenido algo parecido a esto? gracias.

#2

Re: Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

la cuestión es que los límites de menos de 1.000 euros de rendimientos y pérdidas menores de 500 euros, hace años los valoraban independientemente.
Es decir, que con tus ingresos, aunque sean mayores de 1.000, como las pérdidas eran inferiores a 500, no tenías obligación.
Pero en un momento dado, fácil hace 10 años, barrieron para casa y cambiaron el criterio; consideran que ambos límites deben cumplirse simultáneamente: es decir, ingresos menores de 1.000 y pérdidas menores de 500.
Y resulta que al tener pérdidas, aunque sean de unos céntimos, como tu pensión supera los 1.000, te obligan.
#3

Re: Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

muchas gracias por la respuesta, 
yo sigo viendolo al reves, en el manual pone que esa norma es la segunda regla y que solo aplica en modo corrector, que si por la primera norma no estas obligado, ya no te aplica la segunda. te paso el cuado resumen y donde dice eso que te estoy diciendo.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2022/c01-campana-declaracion-renta/quienes-estan-obligados-presentar-declaracion-irpf/contribuyentes-no-obligados-declarar-cuadro-resumen.html
no entiendo que porque tiene que ser todo esto tan enrevesado. 
#4

Re: Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

sí, conozco la normativa.
El problema es que tú tienes unos ingresos que NO tienen cabida en la primera regla: las pérdidas. Es igual que si tienes rendimientos del capital inmobiliario (alquileres), intereses sin retención de una cuenta en el extranjero, o ganancias sin retención (venta de acciones, ganancia en apuestas deportivas o un concurso....). NO aplica la primera regla, no puedes alegarla. Solo se aplica si todos tus ingresos son de las categorías descritas en esa regla.
Entonces te vas a la segunda, y es donde te digo que cambiaron hace años el criterio y deben cumplirse los 2 límites simultáneamente: rendimientos menores de 1.000 euros y pérdidas menores de 500.
#5

Re: Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

entonces solamente por el hecho de tener esas pérdias patrimoniales ya me aplica la segunda regla y me obliga? unas perdidas patrimoniales insignifiactivas de un fondo de inversión del santander que funciona asi, vende participaciones para repartir "dividendos"? ese año y 2023 vendieron participaciones con pérdidas y es lo que me obliga. ya me avisaron que en 2023 me llegaría tambien la carta..
muchas gracias por aclararme y ayudarme
#6

Re: Duda si estaba obligado a declarar - Requerimiento Hacienda

Como dice el manual y la ley, si tienes pérdidas patrimoniales menores de 500 €, el límite para declarar es de 1.000 € para todos tus ingresos, límite que superaste ampliamente.

No obstante, en tu caso podría aplicarse el llamado "error de salto" del art. 56.3 de la Ley General Tributaria. Si no hubieras tenido esas pérdidas patrimoniales no habrías tenido que tributar por lo que hubieras pagado cero. Al obtener esas rentas de 31 + 33 céntimos, sólo deberías pagar 31+33 = 64 céntimos por aplicación de dicho artículo. 
No es seguro (pero sí posible) que Hacienda acepte ese criterio en los casos en que no saldría a declarar. En todo caso sería una interpretación razonable que te hubiera librado de la sanción.

Ahora tienes un problemas añadido y es que seguramente la liquidación que te practicó Hacienda ha ganado firmeza. No obstante, puedes presentar alegaciones a la sanción (si estás en plazo), diciendo lo que te he indicado en el párrafo anterior: que por aplicación del 56.3 consideraste que no había obligación de declarar por esos simples 64 céntimos y que, siendo una interpretación razonable de la norma no procede la sanción.
Aparte puedes intentar recuperar lo que pagaste, solicitando la rectificación de la liquidación que te hizo Hacienda, en base a lo anterior. No es seguro que tengas éxito, pero por probar nada se pierde.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.