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Tributación venta vivienda en Madrid
Buenos dias, somos una familia actualmente compuesta por Madre y 3 hijos, el padre falleció, aceptamos su herencia muchos años atrás y quedó a la hora de vender el patrimonio: 60% para la madre y 40% a repartir entre los 3 hijos. La madre tiene 98 años.
Hemos procedido a vender su vivienda en la comunidad de Madrid, dicha vivienda se compro por el matrimonio en el año 1967 y al aceptar la herencia de nuestro padre se valoró por lo que hoy será el (precio de compra+gastos notariales+gastos registro propiedad), por tanto resultado (precio de venta menos precio de compra y menos gastos de la venta y plusvalia municipal.
Por parte de los hijos creo que lo tenemos claro, ingresos recibidos de la venta, menos valor compra, menos gastos venta y a pagar.
El problema se nos plantea con la fiscalidad de nuestra madre, el piso vendido fué su domicilio habitual hasta el 4/11/2024, que por motivos de salud y cuidar de ella se dió de alta en el domicilio de uno de los hijos y el piso se ha escriturado su venta el 4/3/2026, evidentemente se incluirá en su declaración de IRPF, pero tenemos dudas si podemos aplicar la dedución por venta del domicilio habitual(hemos recibido información de que podria haber un plazo de 2 años entre que se dió de alta con su hijo y el se ha vendido el piso en el que desde 1.967 fué su domicilio habitual).
Por otra parte al parecer si esta opción no fuera factible podria existir una desgravación dado el año de compra por COEFICIENTES DE ABATIMIENTO( al tratarse de vivienda adquirida antes del 31/12/1994?.
Agradezco a quien tenga los suficientes conocimientos de la ley nos pueda orientar sobre el asunto, gracias y un saludo.
Hemos procedido a vender su vivienda en la comunidad de Madrid, dicha vivienda se compro por el matrimonio en el año 1967 y al aceptar la herencia de nuestro padre se valoró por lo que hoy será el (precio de compra+gastos notariales+gastos registro propiedad), por tanto resultado (precio de venta menos precio de compra y menos gastos de la venta y plusvalia municipal.
Por parte de los hijos creo que lo tenemos claro, ingresos recibidos de la venta, menos valor compra, menos gastos venta y a pagar.
El problema se nos plantea con la fiscalidad de nuestra madre, el piso vendido fué su domicilio habitual hasta el 4/11/2024, que por motivos de salud y cuidar de ella se dió de alta en el domicilio de uno de los hijos y el piso se ha escriturado su venta el 4/3/2026, evidentemente se incluirá en su declaración de IRPF, pero tenemos dudas si podemos aplicar la dedución por venta del domicilio habitual(hemos recibido información de que podria haber un plazo de 2 años entre que se dió de alta con su hijo y el se ha vendido el piso en el que desde 1.967 fué su domicilio habitual).
Por otra parte al parecer si esta opción no fuera factible podria existir una desgravación dado el año de compra por COEFICIENTES DE ABATIMIENTO( al tratarse de vivienda adquirida antes del 31/12/1994?.
Agradezco a quien tenga los suficientes conocimientos de la ley nos pueda orientar sobre el asunto, gracias y un saludo.