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Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

22 respuestas
Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda
Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda
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#16

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

¿Qué es eso de -cito textualmente- La madre a valor de adquisición?

Loving Málaga

#17

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Como no seas un poco más explícito, difícil entenderte. 
#18

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Rucko en todas sus intervenciones en este post, lo ha explicado muy bien.

En la división de la cosa común, disolución de la sociedad de gananciales o extinción del régimen económico matrimonial de participación y disolución de comunidades de bienes o separación de comuneros, no podrá procederse a la actualización de los valores de los bienes o derechos recibidos, por lo que estos conservaran sus originarios valores y fechas de adquisición.

El valor de adquisición de los bienes correspondientes a la madre, el inicial de compra
#19

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

 Esta  frase no tiene desperdicio. Cito textualmente:
"@pelos-sr dice que su madre ha renunciado al usufructo del resto" 
pelos-sr dijo:  "... y la viuda renuncia al usufructo de ellos"

Si por algún problema personal  necesita practicar el odio activo le recomiendo X, mucho mas variado y terapéutico que Rankia.

#20

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Yo sólo he citado una frase de forma literal.

Si usted tiene problemas con eso, puede  usufructear.

Loving Málaga

#21

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

no la ha citado, la ha calificado:
"Esta  frase no tiene desperdicio." 
por mi parte tema cerrado. 
#22

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Lo que no tiene desperdicio es su intervención.

Loving Málaga

#23

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

No pierdas el tiempo con cosas que no valen la pena, Rucko..
Tenía olvidado este tema...ya hice la declaración IRPF de la viuda de 2024, días después de hacer esta consulta por aquí y.....sigo creyendo que tenemos razón ( los activos de la viuda, en caso de venta,tributarán por la diferencia entre ésta y su valor de adquisición, de cuando se estaba en gananciales..).
Si embargo,  una entidad envío la info fiscal de 2  fondos vendidos en 2024 con valor de compra el día del fallecimiento del cónyuge, o sea, el día de la liquidación de sucesiones...y la retención de acuerdo a esta cantidad.
No eran grandes cantidades, y reflejé en la renta lo que el banco ponía, aunque creo que está mal, y me extraña que una entidad meta la pata así... 
Aún no he echo la consulta a Hacienda.. antes de la renta 2025 debo hacerla porque ya serían diferencias muy sustanciales..
Prometo comentar por aquí la respuesta..
S2 cordiales..

Hoy puede ser un gran día, pero podría ser el último. Intenta... ser feliz.