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Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

13 respuestas
Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda
Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda
#1

Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Hola, aunque probablemente lo pregunte directamente a Hacienda, me gustaría me comentarais vuestra experiencia acerca de este tema.
Antecedentes :
   - No hace mucho tramité herencia de mis padres, con testamento, bienes comunales entre ,matrimonio, Régimen de Aragón, que dice se reparte bienes a partes iguales entre hijos y la viuda queda como usufructuaria.
   - Se hace cuaderno particional firmado por todos los integrantes de la herencia, incluida viuda por el que los bienes mobiliarios se reparten entre hijos, y la viuda renuncia al usufructo de ellos ( los inmobiliarios  no se reparten y queda como beneficiaria única del 100% de los alquileres). Siete de ocho entidades han dado por válido este cuaderno particional. Una de ellas, ha habido que vender todo porque no daba más que problemas y demoras.

Eh aquí la duda. Tras el reparto, las entidades han disuelto las cuentas/inversiones comunes y se han creado nuevas cuentas para la viuda, donde observo que la valoración nueva de sus activos (el 50% de lo que había , que ya era suyo, ) se les da la valoración del día en que queda viuda,(es decir, el valor de compra en caso de venta, coincidente con sucesiones, aunque su parte no se toca) y no la "histórica" que correspondía a las fechas de compras reales.

Como cada entidad tiene un criterio.. de cara a Hacienda cual es la que vale ??
O sea, yo pensaba que si se vendía hoy un activo de la viuda , tendría que sacar el coste real desde su compra (el 50% que le correspondía), pero veo que alguna entidad le da valor de compra a la fecha de sucesiones
¿cual es la correcta valoración de esos activos??
No sé si me explico bien, pero podemos aclararlo si tenéis experiencia sobre esto  .
Muchas gracias de antemano y un cordial saludo.

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#2

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

entiendo que la cotización en la fecha de fallecimiento porque el régimen económico del matrimonio era el de sociedad de gananciales y antes antes del cuaderno de partición, reparto y demás se ha tenido que liquidar la sociedad de gananciales y en dicha liquidación los activos financieros (acciones,  fondos...) se valoran al precio de cierre de cotización de la fecha de fallecimiento.
Salvo mejor opinión 
#3

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

La valoración de su 50% por su participación en la sociedad de gananciales debe realizarse al valor de compra. El valor de los activos recibidos por los hijos como herencia, al valor en el día del fallecimiento.  
#4

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

no lo entiendo.
Tenemos una sociedad de gananciales firmados por una serie de bienes y derechos y obligaciones.
Fallece un cónyuge y se disuelve la sociedad de gananciales. Esos bienes en este caso acciones y otros activos financieros  van a tener un valor diferente al de la fecha de extinción de la sociedad de gananciales por el hecho de dividirse?
#5

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Siempre pensé porque así lo entendí que la valoración de los bienes de una sociedad de gananciales cuando esta se liquida por fallecimiento de uno de los cónyuges se realiza mediante un procedimiento que tiene en cuenta el valor real de los bienes en el momento de la disolución.

Momento de la valoración

 La sociedad de gananciales se disuelve automáticamente en el momento del fallecimiento de uno de los cónyuges, por tanto, los bienes se valoran según su valor de mercado a la fecha del fallecimiento.
#6

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

La madre a valor de adquisición, los hijos a valor de sucesion. 
#7

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

es más complejo de lo que creía, porque suponiendo que no hay testamento y a cada heredero y viudo se le asigna lo correspondiente según el código civil, ¿para calcular el valor del usufructo viuedal hay que tomar los precios de adquisición de los bienes del caudal hereditario y para calcular la nuda propiedad el valor a fecha de fallecimiento?
#8

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

@@pelos-sr dice que su madre ha renunciado al usufructo del resto. Yo solo hablo del 50% que le corresponden por su participación en la sociedad de gananciales no por sucesión.  
#9

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

ostras! no lo había leído bien.
Y suponiendo que no renunciase al usufructo, ¿cómo sería la valoración?
#10

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

50% compra original, y para el usufructo: valoración a fecha de fallecimiento aplicando las reglas de cálculo de valor del usufructo que le corresponda en función de su edad. 
#11

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

entonces el proceso sería:
1  Disolución por extinció de la sociedad de gananciales por fallecimiento de un cónyuge.
Este paso conlleva elaborar lista de bienes, derechos, obligaciones para identificar los porcentajes que corresponden al causante y los porcentajes que le corresponden a la viuda. No se necesita la valoración de los bienes.

2. Liquidación de la sociedad de gananciales; nuda propiedad y usufructo si herencia intestada y usufructo viudal.

3  Valoración de lo incluido en el paso 2.

y después?
#12

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

Es lo que siempre pensé, y me parece lógico si aplico la lógica de hacienda.
Sin embargo observo que en alguna entidad financiera, esa información está " desaparecida" pues le dan el valor de la fecha de sucesiones.
Yo puedo extraer la info porque tengo todo documentado al ser el responsable de sus finanzas desde hace 30 años, pero....
Desde luego, interesa mucho más a la viuda que le asignen valores de compra de hace 3 años, que de hace 20.. y si las entidades mandan está info a hacienda....
Muchas gracias por darme tu opinión.
Un saludo cordial

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#13

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

luego prosigo...  (he editado algo del post de la pregunta por si es más aclaratorio)...
S2

Hoy puede ser un gran día, pero tb podría ser el último. Intenta... ser feliz.

#14

Re: Tengo dudas acerca de un tema de Hacienda

La liquidación de gananciales es un acto neutro a efectos fiscales. Es decir, en la liquidación se valorarán por el que tenía en el momento del reparto, que normalmente será el que tenían en el momento del fallecimiento del cónyuge si no ha pasado mucho tiempo.
Como no hay transmisión sino especificación o determinación de derechos (ya era propietario de las acciones que se le adjudican, pero ahora se especifica que su derecho es del 100%) no hay alteración patrimonial y no tributa en IRPF (si hubiera cambiado el valor desde que se compró).
Sin embargo, en caso de una futura enajenación no hay actualización del valor, de forma que el viudo es propietario de la totalidad de las acciones adjudicadas en la liquidación y su valor inicial será el que tenía cuando se compraron para la sociedad de gananciales.
Por ejemplo: en 1995 compraron 1000 acciones de Telefónica, por un valor de 5 euros la acción. Ahora se le adjudican 500 acciones por un valor de 10 euros y a los herederos otras 500. A efectos fiscales los herederos adquieren (en la fecha de fallecimiento de la causante) por un valor 10 cada acción y si enajenan ese es su valor de adquisición (por el que han tributado en el impuesto de sucesiones).
El viudo ha adquirido con la liquidación de gananciales el 100% de 500 acciones pero su valor de adquisición a todos los fiscales será de 5 y su fecha de adquisición 1995 pues todos los efectos de la liquidación se retrotraen a los de la adquisición.