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Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

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Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
20 suscriptores
Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda
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#1171

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

Que no te líen: tú sobrina TIENE LA OBLIGACIÓN de hacer declaración  de IRPF al haber percibido IMV (el CAPI se considera como tal), por lo que tiene que hacer declaración individual, si sus padres hacen las suyas así, o bien estar en una declaración conjunta, si sus padres optan por esa vía. No basta con que aparezca como descendiente en la declaración de los padres, ella tiene que ser titular. Y, el importe percibido, está exento, por lo que NO HAY QUE DECLARARLO (no tiene que aparecer en ninguna parte de la declaración).
#1172

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

Vamos a ver la semana que viene si hay muy suerte que esta... porque los retrasos que llevan no son ni medio normales
#1173

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

Eso me había dicho mi cuñada que le habían comentado eso tal cual lo explicas tú.
Y si la peke la hace individual(ellos no están casados) la madre puede meterla en la declaración y beneficiarse de las deducciones correspondientes? O no?? Esa es la duda..

#1174

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

La Agencia Tributaria, a través de su aplicación INFORMA, concretamente en su consula nº 144145 establece que el bono social térmico es una ayuda que concede el Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica, a los consumidores considerados vulnerables. La gestión y el pago de las ayudas corresponderá a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Además de lo expuesto, cabe señalar que Bono social térmico se considera como una ganancia patrimonial, sin embargo, su obtención no está ligada a un elemento patrimonial, y no se califica como rendimiento del trabajo o de la actividad económica.
Dicho esto, si un contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda del bono social térmico, por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración.
En el artículo 96 de la ley 35/2006 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, lo indica perfectamente claro.

#1175

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

Sí, pueden aplicar el mínimo por descendientes sin problema ninguno, siempre que los tres (padres e hija) hagan declaraciones individuales; si uno de los padres la hace conjunta con la niña, ya no hace falta que ella presente individual; en ese caso, al existir convivencia entre los padres, no hay opción de aplicación de la reducción por tributación conjunta, pero sí del mínimo por descendientes y de las deducciones autonómicas que correspondan.
#1176

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

Textualmente, artículo 96.2.c, segundo párrafo de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF: "En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros".
Lo que parece decir esa consulta del INFORMA es que si, entre la pensión y la ganancia patrimonial, conjuntamente, no se alcanzan los 1.000 euros, no hay que declarar, tal y como dice literalmente el artículo que mencionas.
#1177

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

Si haces mención al art.96.2, letra c, debes incluir todo el enunciado c completo, no solo una parte. Solo así se podrá entender en su contexto adecuado. Cuando dicho enunciado hace mención "con el límite conjunto de 1000 euros anuales" se refiere a que el conjunto de los distintos incrementos patrimoniales no supere dicha cuantía. Obviamente los rendimientos del trabajo no estarían incluidos en ese límite de 1000 euros.
"c) Rentas inmobiliarias imputadas en virtud del artículo 85 de esta Ley, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros."

En este articulo del portal especializado en temas financieros y empresariales explica detalladamente todas las casuísticas.
#1178

Re: Declaración de la Renta 2023-2024 - Hacienda

No sé qué quieres decir con "incrementos patrimoniales".
Y me temo que no has interpretado correctamente el artículo que transcribes: si la ganancia patrimonial obtenida no está sujeta a retención, existirá obligación de declarar en todo caso, salvo que el conjunto de sus rendimientos de trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales no superen conjuntamente la cantidad de 1.000 euros y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros. Sacado directamente de la página web de la AEAT.
Pero, vamos: más allá de que no sea correcto confundir a algún participante del foro (que, en todo caso, debería contrastar la información que recibe aquí con la AEAT), éste es un país libre y puedes hacer lo que creas más oportuno con tus propias declaraciones de impuestos, pues eres tú quien asumirá las consecuencias, igual que yo respecto a las mías.