#2926
#2927
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Esto es lo que hay, si nosotros lo sabemos presentar, lo presentamos, solo nos originará molestias y trabajo, si no lo sabemos hacer deberemos además afrontar el gasto de una gestoría por tramitarlo al que deberemos añadir la cuota correspondiente del mismo impuesto. Que nos quedará, poco. En resumidas cuentas, habrá gente que ante tan maña obra, desista, ¿quién saldrá ganando? Pues eso.
#2928
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Pues toca ponerse las pilas, por aquí, intentaremos ayudarte.
#2929
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Esperemos que el cabreo dure hasta el día de las elecciones. Por desgracia hay mucho desmemoriado.
#2930
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Sus herederos tendrán que retomar el proceso si quieren cobrar lo que le corresponda al difunto y nunca llegó a cobrar.
#2931
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Gracias por decirlo, ayer entre yo y aún estaban actualizando.
Haz comprobado si a la minoración de las mutualidades le siguen aplicando retención por Irpf.
Haz comprobado si a la minoración de las mutualidades le siguen aplicando retención por Irpf.
#2932
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#2933
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
A la derecha de la página no aparece aún el certificado desglosado?
#2934
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Acabo de entrar en la web de la Seguridad Social, ya está actualizada la pensión, la retención de Irpf la han aplicado a la totalidad de ella como nos temíamos, la minoración por mutualidades no aparece por ningún sitio, con esto, seguimos siguiendo más prestamistas, aún, a interés 0%, que hasta ahora.
Este mes ya empezamos a prestarle nuestro dinero a Hacienda el cual nos devolverá a mediados del año 2026 o a final del mismo, según vaya la cosa.
Intereses que se ahorran en las Letras del Tesoro, tienen las nuestras al 0%.
Este mes ya empezamos a prestarle nuestro dinero a Hacienda el cual nos devolverá a mediados del año 2026 o a final del mismo, según vaya la cosa.
Intereses que se ahorran en las Letras del Tesoro, tienen las nuestras al 0%.
#2935
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#2936
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#2937
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#2938
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Debería de proceder de la misma manera al fin y al cabo es una devolución de la declaración de renta. Habrá que actuar según cada caso.
Te hace presentar toda la documentación excepto la liquidación complementaria del ISD.
Aunque no se tenga que presentar en Hacienda para la devolución, opino que sí se tiene que presentar y liquidar en la Hacienda de la Comunidad Autónoma
Te hace presentar toda la documentación excepto la liquidación complementaria del ISD.
Aunque no se tenga que presentar en Hacienda para la devolución, opino que sí se tiene que presentar y liquidar en la Hacienda de la Comunidad Autónoma
#2939
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#2940
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Les retendrán lo que les corresponda como a todo hijo de vecino.