#1771
#1772
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#1773
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#1774
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#1775
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#1776
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#1777
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#1778
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Me parece imposible que suceda lo que dices,
#1779
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Pues no se si puede pasar o no con el ajuste de las mutualidades..
Pero si no estoy equivocado, a veces al añadir algunas cosas a la declaración no se modifica el resultado final, supongo que depende de las retenciones aplicadas y si ya no queda nada para compensar....
Mi duda era porque en el caso de mi madre, en el formulario de mutualidades, indica lo siguiente:
Presentó una declaración del IRPF del ejercicio 2019 y TODAS las retenciones fueron devueltas.
Pero si no estoy equivocado, a veces al añadir algunas cosas a la declaración no se modifica el resultado final, supongo que depende de las retenciones aplicadas y si ya no queda nada para compensar....
Mi duda era porque en el caso de mi madre, en el formulario de mutualidades, indica lo siguiente:
Presentó una declaración del IRPF del ejercicio 2019 y TODAS las retenciones fueron devueltas.
#1780
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Te repito que es imposible, si te hacen el ajuste es una reducción de los ingresos, por tanto, pagaras menos
#1781
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hacienda nunca te dará más de lo retenido antes salvo alguna deducción como la maternidad y los famosos 1.200€. Si ya le dieron todo lo retenido como indica el mensaje, pues se queda sin tarta.
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L
#1782
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Pero como bien dice "Tres Cantos", si el ajuste de mutualidades afecta a los ingresos, al menos la casilla "xxx" de ingresos se verá afectada y deberían enviar una declaración rectificada, ¿no?
Independientemente que salga a devolver lo mismo o diferente, en mi caso me interesa tener la declaración con los ingresos ajustados, porque hay deducciones que dependen del ingreso del cónyuge (en este caso por minusvalía), y si antes no cumplía condiciones, a lo mejor con el ajuste si las cumple.
Y si sucede eso, dudo que hacienda lo haga de forma automática, y tocaría hacer otra rectificación para incluirla.
Independientemente que salga a devolver lo mismo o diferente, en mi caso me interesa tener la declaración con los ingresos ajustados, porque hay deducciones que dependen del ingreso del cónyuge (en este caso por minusvalía), y si antes no cumplía condiciones, a lo mejor con el ajuste si las cumple.
Y si sucede eso, dudo que hacienda lo haga de forma automática, y tocaría hacer otra rectificación para incluirla.
#1783
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
¿Has comprobado a descargar el pdf que sale en expedientes?
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L
#1784
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
De momento no aparece ningún cambio en ningún año, tocará esperar a ver...
Confio en que la procesen y generen la rectificada aunque no cambie el resultado,
pero toca estar al loro, que con hacienda nunca se sabe... ;D
Y ya de paso, que la gente que nos lee tenga en cuenta que los cambios podrían generar efectos colaterales que pueden ser beneficiosos para nosotros, como es el caso que he comentado sobre las deducciones de conyuges (y seguramente habrá unas cuantas más que dependen de los ingresos del conyuge o unidad familiar, etc....) y toca recalcular por si suena la flauta.
Confio en que la procesen y generen la rectificada aunque no cambie el resultado,
pero toca estar al loro, que con hacienda nunca se sabe... ;D
Y ya de paso, que la gente que nos lee tenga en cuenta que los cambios podrían generar efectos colaterales que pueden ser beneficiosos para nosotros, como es el caso que he comentado sobre las deducciones de conyuges (y seguramente habrá unas cuantas más que dependen de los ingresos del conyuge o unidad familiar, etc....) y toca recalcular por si suena la flauta.
#1785
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
a mi padre le pasa eso para 2019 -le devolvieron todas las retenciones-, y al enviar online el formulario de las mutuas, salió una notificación inmediatamente como la que copias, lo comenté en un mensaje anterior, se ve que chequean ciertos datos al grabar la solicitud: por tanto, para ese año no procede que hagan rectificación alguna porque el resultado no va a variar. De momento, aparece la declaración de 2020 como en trámite, ya la han modificado en Hacienda.
Lo que indicas del efecto colateral sobre la declaración del cónyuge o el hijo para la deducción por discapacidad de familiar, tendría sentido; pero es que para 2019 ya ha prescrito, el cónyuge está fuera de plazo. Así que, si para otros años no prescritos ocurre lo mismo, probablemente haya que dirigirse a la delegación con un escrito solicitando la rectificación del cónyuge e indicando las nuevas circunstancias del jubilado con discapacidad sobre la parte exenta de la pensión, porque dudo que se les haya ocurrido esta eventualidad.
Lo que indicas del efecto colateral sobre la declaración del cónyuge o el hijo para la deducción por discapacidad de familiar, tendría sentido; pero es que para 2019 ya ha prescrito, el cónyuge está fuera de plazo. Así que, si para otros años no prescritos ocurre lo mismo, probablemente haya que dirigirse a la delegación con un escrito solicitando la rectificación del cónyuge e indicando las nuevas circunstancias del jubilado con discapacidad sobre la parte exenta de la pensión, porque dudo que se les haya ocurrido esta eventualidad.