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Ayuda por favor. Duda sobre renta

8 respuestas
Ayuda por favor. Duda sobre renta
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#1

Ayuda por favor. Duda sobre renta

Buenos días, tengo una duda y quería saber si me la podrían resolver, por favor. Si se ha percibido unos 12.600€ por pensión de jubilación y 1.350€ a través del juego online, hay obligación de hacer la declaración?
#2

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

Sí.

Un saludo.

#3

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

Pero si no se ingresa más de 14.000€ con el primer pagador ni más de 1.500€ con el segundo o algo similar no habría obligatoriedad, no? Perdón por mi desconocimiento pero estaba convencido de que no tenía obligación. Gracias.
#4

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

1.500 euros es el límite del segundo pagador en rendimientos de trabajo personal.

Pero las ganancias en juego, no son trabajo personal.

Un saludo.


#5

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

Entiendo, muchas gracias por la aclaración. Una última cuestión, es igualmente obligatorio si son 1.350€ retirados a cuenta pero lo depositado son 1.950? Es decir, no ha habido tal ganancia si no pérdidas. Gracias nuevamente.
#6

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

Lo que aquí hay que concretar cuál es la cantidad que se ha ganado neto en el año 2022.

Es decir a lo ganado, puedes restar las pérdidas en el juego que puedas justificar. 

Y si ha habido pérdidas, no hay nada que declarar.

Un saludo.
#7

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

la situación es distinta si hablas de 1.350 euros de ganancias que de 600 de pérdidas. 
Con un euro de ganancias en el juego y 12.600 de pensión hay obligación pues la suma de rendimientos supera los 1.000 euros, pero las pérdidas en el juego no computan, por lo tanto no hay obligación ya que solo se tienen en cuenta los rendimientos del trabajo y no superan los 21.000 euros.
#8

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

Es a pérdidas (-600€) pero tenía la duda de si tendrían en cuenta las ganancias únicamente, lo retirado a cuenta. Muchas gracias. Un saludo.
#9

Re: Ayuda por favor. Duda sobre renta

Las ganancias sí computan en el caso de que no hayan tenido retención.

(...)ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), siempre que unos y otras hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global no supere la cantidad de 1.600 euros anuales.

Edito: Releyendo tu comentario, es lo mismo que tu dices. Te había entendido mal. Disculpa.

Un saludo.