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#32
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
#33
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
#34
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
Los comentarios que te hacen de sacar "trocitos cada año", no tienen en cuenta que vas a seguir pagándole a la Caixa las comisiones de administración y deposito cada año por los trocitos que tengas pendientes de sacar. Y que si sigue bajando llegará un momento en que recibiras una carta de la Caixa en la que te dirá
"El valor de sus participaciones en el Fondo de Pensiones "x" es inferior al importe que Vd. quiere reembolsar"
Además los importes reembolsados, LA TOTALIDAD tributarán como rendimientos del trabajo
Por eso mi opinión reembolsa por la totalidad, si el Plan es anterior a 31/12/2006 las aportaciones y los rendimientos generados por estas, hasta esa fecha, solo tributarán por el 60% de las mismas teniendo el 40% exento.
Pídele a la Caixa que te informe del valor del Plan a 31/12/2006 y a hoy y como te dije prepárate a luchar con ellos porque lo que te van a "aconsejar" es que no lo reembolses de golpe sin poco a poco aduciendote el tema fiscal, pero en definitiva es para seguir cobrandote sus comisiones.
Un saludo y acabo mi participación
"El valor de sus participaciones en el Fondo de Pensiones "x" es inferior al importe que Vd. quiere reembolsar"
Además los importes reembolsados, LA TOTALIDAD tributarán como rendimientos del trabajo
Por eso mi opinión reembolsa por la totalidad, si el Plan es anterior a 31/12/2006 las aportaciones y los rendimientos generados por estas, hasta esa fecha, solo tributarán por el 60% de las mismas teniendo el 40% exento.
Pídele a la Caixa que te informe del valor del Plan a 31/12/2006 y a hoy y como te dije prepárate a luchar con ellos porque lo que te van a "aconsejar" es que no lo reembolses de golpe sin poco a poco aduciendote el tema fiscal, pero en definitiva es para seguir cobrandote sus comisiones.
Un saludo y acabo mi participación
#35
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
#36
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
#37
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
#38
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
A la primera cuestión, no olvide que para aplicar la reducción del 40% para las aportaciones anteriores al 31/12/2006 debe cumplir algunas indicaciones que se resumen en este artículo.
Para la segunda, en mi criterio, la respuesta es que sí tiene tributación porque primero realiza un rescate en forma de capital (40.000+60.000€), movimiento que se refleja en su cuenta como tal y en ese momento la Agencia Tributaria quiere su parte... luego puede invertir en un fondo de inversión que ya es una operación financiera posterior al rescate... "no es tan fácil que la AEAT pierda su parte de recaudación".
Un saludo
Para la segunda, en mi criterio, la respuesta es que sí tiene tributación porque primero realiza un rescate en forma de capital (40.000+60.000€), movimiento que se refleja en su cuenta como tal y en ese momento la Agencia Tributaria quiere su parte... luego puede invertir en un fondo de inversión que ya es una operación financiera posterior al rescate... "no es tan fácil que la AEAT pierda su parte de recaudación".
Un saludo
#39
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
no es así como ya te han comentado; la parte rescatada de un plan de pensiones que queda después de aplicar la reducción por ser rescatada en forma de capital y corresponder a aportaciones antiguas a esa fecha de 20006 tributa sí o sí, da igual el destino que des al dinero.
Lo de traspasar sin tributar es entre fondos de inversión, que es otro producto financiero con legislación y fiscalidad distintas.
Lo de traspasar sin tributar es entre fondos de inversión, que es otro producto financiero con legislación y fiscalidad distintas.
#40
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
#41
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
Si. Pero para acceder a la reducción debe hacerse en el plazo máximo de dos años tras la jubilación . Y además todos los planes con derecho a reducción en el mismo ejercicio. Es es el criterio de la AEAT aunque ya hay alguna sentencia discrepante sobre este último punto. Dudo que puedan eliminar este derecho en el futuro dado que podría considerarse una aplicación retroactiva de la ley.
#42
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
Gracias,,,por tu respuesta entiendo que puedo rescatar tras jubilación o prejubilación y la frase "todos los planes con derecho a reduccion en el mismo ejercicio..." significa que todo lo acumulado hasta el 31/12/2006 lo puedo sacar en 2 años consecutivos tras la prejubilación???
Salu2 y Gracias por leerme
Salu2 y Gracias por leerme
#43
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
Si. Deducción en los dos años tras la contingencia para acceder a la reducción.
No puedes en dos años consecutivos, todo lo que quieras con derecho a reducción en el mismo ejercicio fiscal. El TEAR ya le ha leído la cartilla a la AEAT sobre este asunto pero por el momento lo mantienen ya que su resolución no es vinculante.
https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=46/03396/2019/00/0/1
No puedes en dos años consecutivos, todo lo que quieras con derecho a reducción en el mismo ejercicio fiscal. El TEAR ya le ha leído la cartilla a la AEAT sobre este asunto pero por el momento lo mantienen ya que su resolución no es vinculante.
https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=46/03396/2019/00/0/1
#44
Re: Plan de Pensiones Caixabank 2030
Ya se pueden hacer reembolsos en forma de capital en el ejercicio fiscal del hecho causante (jubilación, etc) y en los dos ejercicios fiscales posteriores con la reducción del 40% para las participaciones anteriores a enero de 2007.
La Dirección General de Tributos ya ha cambiado el criterio para adaptarlo a la sentencia del TEAC y para unificar los criterios de las Direcciones Provinciales de la AEAT.
El nuevo criterio es:
Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/08719/2021/00/00
El enlace al criterio:
https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=00/08719/2021/00/0/1&q=s%3D1%26rs%3D%26rn%3D%26ra%3D%26fd%3D%26fh%3D%26u%3D%26n%3D%26p%3D%26c1%3D%26c2%3D%26c3%3D%26tc%3D%26tr%3D%26tp%3D%26tf%3D%26c%3D%26pg%3D
La Dirección General de Tributos ya ha cambiado el criterio para adaptarlo a la sentencia del TEAC y para unificar los criterios de las Direcciones Provinciales de la AEAT.
El nuevo criterio es:
Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/08719/2021/00/00
El enlace al criterio:
https://serviciostelematicosext.hacienda.gob.es/TEAC/DYCTEA/criterio.aspx?id=00/08719/2021/00/0/1&q=s%3D1%26rs%3D%26rn%3D%26ra%3D%26fd%3D%26fh%3D%26u%3D%26n%3D%26p%3D%26c1%3D%26c2%3D%26c3%3D%26tc%3D%26tr%3D%26tp%3D%26tf%3D%26c%3D%26pg%3D
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