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¿La liquidación complementaria practicada por la Administración en Impuesto Sucesiones conlleva PENALIZACIÓN?

2 respuestas
¿La liquidación complementaria practicada por la Administración en Impuesto Sucesiones conlleva PENALIZACIÓN?
¿La liquidación complementaria practicada por la Administración en Impuesto Sucesiones conlleva PENALIZACIÓN?
#1

¿La liquidación complementaria practicada por la Administración en Impuesto Sucesiones conlleva PENALIZACIÓN?

¿ La liquidación complementaria practicada por la Comunidad Autónoma de Canarias (en el Impuesto de Sucesiones) a la presentada inicialmente por comprobación de valores de los bienes, una vez agotado el RECURSO DE REPOSICIÓN y comprabado que no ha habido mala intención , ¿CONLLEVA ADEMÁS DE INTERESES DE DEMORA ALGUNA PENALIZACIÓN?  
Saludos


#2

Re: ¿La liquidación complementaria practicada por la Administración en Impuesto Sucesiones conlleva PENALIZACIÓN?

Intereses lleva en todo caso, salvo que su importe sea tan pequeño que no compense su liquidación. Sanción dependerá de cómo hayan interpretado vuestros argumentos. Si se trata de mera discrepancia en la valoración, no deberían iniciar expediente sancionador. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: ¿La liquidación complementaria practicada por la Administración en Impuesto Sucesiones conlleva PENALIZACIÓN?

Le quedó muy agradecido
Atte