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Plusvalía municipal ¿pagar o no?

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Plusvalía municipal ¿pagar o no?
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Plusvalía municipal ¿pagar o no?
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#1

Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Hola buenas, en diciembre de 2020 vendí mi casa de primera vivienda y compre una nueva, la casa la compre por 150.000€ y la vendí por 175.000€.
El pago de la plusvalía me llego por agosto y decidí pagarlo a plazos.
Ahora vienen mis cuestiones relacionadas con la nueva noticia de que se dejaran de pagar las plusvalías:
¿Continuo pagando la plusvalía o paro? ¿Reclamo lo que he pagado? y por ultimo, he estado buscando información y encontrado que aquellos que venden su primera vivienda y dediquen ese dinero para la compra de una vivienda nueva, están exentos de pagar plusvalía ¿es eso cierto?

Os agradecería toda la ayuda que me deis. 
#2

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Vamos a esperar a ver qué dice la sentencia. Pero de momento, por los extractos que han salido en prensa, pinta mal para el contribuyente:

"no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en la presente sentencia aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme", pero añade que "tendrán también la consideración de situaciones consolidadas (i) las liquidaciones provisionales o definitivas que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse esta sentencia y (ii) las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada ex art. 120.3 LGT a dicha fecha".


#3

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Como te han dicho, hay que esperar a que se publique la sentencia.
Mientras tanto, tienes la obligación de pagar y si no lo haces te machacarán a recargos, apremios, etc.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Buenos días:

Has tenido plusvalía y tienes que pagar, salvo que lo hayas tenido más de 20 años o menos de 1 año.

Se ha de esperar a los términos de la sentencia del Tribunal Constitucional, ya que si anula esa tabla dentro del período de imposición, el Tribunal Constitucional iría contra sus propios actos, pues declaró en la STC 59/2017, que el IIVTNU, en la formulación actual, no era inconstitucional.

El problema de España es que durante 30 años miles de funcionarios municipales, que han gestionado la plusvalía municipal, han cometido delitos imponiendo la plusvalía después de 20 años.

Después de la STC 59/2017 los delitos de los funcionarios relacionados con el IIVTNU, en trasmisiones de más de 20 años, son flagrantes. Entonces,  el Tribunal Constitucional o mete en la cárcel a miles de funcionarios o hace la chapuza, que hace parecernos a un país de república bananera, pues invade competencias del legislador al cargarse el criterio de incrementos potenciales, que también se estima en el IBI.

Pero tendría una cosa positiva es que se carga el proyecto de  reforma de 2018 de la plusvalía municipal, directamente. Dicho proyecto extendía la plusvalía municipal después de veinte años, cambiando porcentajes a coeficientes unitarios.

Saludos.


#5

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Yo creo que aquí se va a liar gorda, y esto solo acaba de empezar.

Habrá que ver la sentencia, que supongo tendremos a lo largo de la próxima semana, pero si recordáis en los suelos hipotecarios, y desconozco si es comparable, porque una cosa es el derecho civil y otra el administrativo, el TS dictaminó que solo se podría reclamar desde el 13 de mayo de 2021 (creo que esta fue la fecha), luego cuando esto se recurrió a los Tribunales Comunitarios, la cosa cambió, porque si una Ley no está ajustada a derecho, es ilegal, no es posible que sea legal hasta una fecha determinada y dejar de serlo a partir de aquella fecha, porque además tal fecha no corresponde a un hecho que pueda cambiar tal ley, simplemente es la fecha que el tribunal sentenciador tuvo a bien publicar su resolución, un día absolutamente casual y que no responde a nada concreto, salvo la de no sé si 5 o 7 jueces/juezas, tuvieron a bien dictar su opinión.

Por tanto sea lo que fuere, yo lo tengo clarísimo, en tres temas que afectan a la empresa donde trabajo, diga lo que diga la sentencia, procederemos a recurrir el pago realizado en tres ventas, solicitando ingresos indebidos, y aunque me imagino la respuesta del ayuntamiento de turno, como poco, supondrá o tal solo la posibilidad, de  cortar la prescripción de las acciones futuras.

#6

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Y toda esta finanzas municipales, hay otro tema que  tiene una pinta de indefensión que clama al cielo. Se trata de cuando revisan los valores catastrales, y que retrotraen los efectos a 4 años, evidentemente uno puede recurrir y mantiene los derechos, hasta aquí bien, pero cuando finalmente te liquidan todo, te incluyen intereses de demora, que no son cantidades relevantes, perro entiendo que es una indefensión absoluta, el/la contribuyente, no tiene manera de evitar eso, no era posible pagar aquellos impuestos en su momento, con lo cual el interés pagado se torna a efectos prácticos en un recargo. 
#7

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

El problema de fondo es que la Justicia no es igual para todos y la Administración tampoco.
Estamos viendo multas y similares a grandes empresas que las pleitean durante 10 ó 15 años y se las acaban anulando por aburrimiento después de pasar por las manos de varios jueces. 
Mientras tanto, el ciudadano corriente tiene que tragarlo todo porque no se puede permitir ni siquiera un recurso.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Tuve a un familiar viviendo mas de 5 años en un estado nórdico, yo alucinaba cuando para cualquier asunto ante la administración, te hablo de los homólogos de Agencia Tributaria, Seguridad Social, Oficina de Empleo, Ministerio del Interior (Extranjeros Comunitarios), uno se puede comunicar a través de un simple mail,  formalidades pocas, facilidades todas para el contribuyente (el familiar estaba trabajando, cotizando y pagando los impuestos ahí).

El impreso que aquí es algo básico y si no lo pones, todo se encalla ... ahí no, la idea es la atención al contribuyente.

Es que incluso ahora que ya no es residente ahí, siguen con comunicaciones por mail.

Luego curiosamente las claves de confirmación bancaria, se utilizan como autenticación del contribuyente, siempre y cuando aquella entidad tenga firmado un convenio con la administración, que supongo serán casi todos o todos. Por ello este familiar no cancela la cuenta todavía, porque le sirve para los impuestos que tendrá que liquidar en junio o julio, como aquí.

Luego, cualquier cosa tiene información de los plazos legales que tiene la administración para responder, que salvo cosas muy concretas, los tienen establecidos, tipo 20 días, 2 meses, etc. , y en cinco años, nunca, nunca, utilizaron ni la mitad del plazo !!!!!! El "silencio administrativo" es algo muy raro ahí.

Eso si, según mi familiar, son estados aburridos de narices, la gente sale del trabajo a las 4 de la tarde y no saben usar este tiempo, se van a casa !!!! y eso que de marzo a octubre la temperatura es mas que aceptable, y además son fríos secos, "te pones una capa mas de ropa" y ya está !!!!!

Aquí para reclamar en cualquier lugar, como poco hay que tener ciertas dotes de papeleo, sin ello, es lo que tu dices, los costes !!!!
#9

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

este tema de la sentencia sobre la plusvalía municipal, si es verdad lo que publican hoy de que no van a aceptar las solicitudes de rectificación en autoliquidaciones, es igual que lo que pasó con las cláusulas suelo, si no recuerdo mal, que limitaron por sentencia el periodo de reclamación, y luego se lo tiró para atrás el Tribunal de la Justicia de la unión Europea porque clamaba al cielo.
Sería otra decisión totalmente politizada por presiones del Gobierno, por el coste que supone para las arcas públicas, igual que la que cito suponía para la Banca maltrecha,  que no hace sino añadir más barro al desprestigio del Tribunal Constitucional.
Lo que pasa, es que tendrías que iniciar un proceso de reclamaciones y acabar en el TJUE, lo que llevaría años y un coste altísimo. Pero seguramente alguien lo haga.

#10

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Buenos días:

El hecho material es que: el Defensor del Pueblo tuvo conocimiento de los hechos que estaban haciendo los funcionarios municipales de Madrid en 1997, con la imposición de la plusvalía municipal después de 20 años.

No cortó el asunto y lo único que promovió fue la reforma de la LRHL para impeler la bonificación del 95 para transmisiones de familiares de primer grado o adoptados, por causa de fallecimiento.

No se atrevió a que los ayuntamientos devolvieran lo que durante 7 años habían cobrado indebidamente en las transmisiones de más de 20 años.

Dos días antes, 14 de febrero de 2017, de la publicidad de la 26/2017, rueda de prensa, nuevamente se recurrió al Defensor del Pueblo, precisamente por fallecimiento de nuestro hermano, que había sido abrasado por la plusvalía municipal en Madrid, con consentimiento del Defensor del Pueblo.

El actual Defensor del Pueblo, Sr. Marugán, en aquel entonces siendo adjunto, desestimó la queja de forma mal educada, ya que al heredar los hermanos, por ser hermanos y heredar se disponía de importe para pagar la plusvalía municipal.

Como se ha dicho, el 16 de febrero el Tribunal Constitucional en rueda de prensa, comunicó que iba a publicar la sentencia 26/2017 sobre el territorio foral de Gipuzkoa.

Dicha sentencia, coincidió con lo que se expresaba por nuestra parte al Defensor del Pueblo, cuyo fundamento del cálculo infinitesimal del libro de Michael Spivak se ha expuesto en estas páginas. Lo que se supone es que el contenido pudo pasárselo al Tribunal Constitucional. No se pretende por mi parte apuntarme méritos, ya que como se ha expuesto el Ponente de la LRHL en 1988, Sr. Fajardo Spínola, en los recogido en texto de la discusión en Comisión de elaboración de LRHL, con la simplicidad del mecanismo del IIVTNU de la LRHL, no se impedía la cuota cero.

El legislador era consciente de que no podía mantener la tabla con un plusvalía del 60 %, más de 20 años porque era inconstitucional. 

El Tribunal Constitucional no manifestó el momento de adquisición del caso de Sevilla La Nueva en Madrid STC 57/2017, período máximo de 20 años, 1991 a 2011, pero elude el TC publicar la fecha. Puede darse que sean exactamente 20 años, pero no la fecha de adquisición no está publicada. La fecha de fallecimiento fue  día 4 de enero de 2011. La fecha de adquisición tendría que ser  día 5 de enero de 2011. Esto puede darse, pero se reitera que no está puesta la fecha de adquisición.

Puesto que no la tengo, no puedo acusar al Tribunal Constitucional de prevaricación, ya que puede darse ese hecho de 20 años exactos, puesto que antes del 4 de enero sería 19 años y después, el día 5 de enero son CERO.

Hay que esperar a la publicación de la sentencia y después se analizará.

Saludos
#11

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Una vergüenza la sentencia del TC.
#12

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Disculpa, @rgaran2, que entre en el hilo que has iniciado, ya que no hay más sobre el mismo tema. por eso, a no ser que me digáis lo contrario, supongo que es mejor unir mi consulta a la que has iniciado.
En mi caso, vendí el 18 de este mes un piso que había comprado en el 84.
Entiendo que si recibo la notificación del Ayuntamiento lo primero que he de hacer es recurirla por inconstitucional, a la espera de que se publique la sentencia...
¿Qué más me podéis indicar?
#13

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

ME REMITO A LO  DICHO POR JUAN LACKLAND ;    Aparte de eso en Expansión de hoy , 30 de octubre,  viene una guía sobre los diversos casos en que podría reclamarse la llamada plusvalía    y algunas consideraciones sobre este polémico asunto en situaciones muy variadas  .     Recomiendo también un artículo que también viene en Expansión de hoy en las últimas páginas sobre este problema  de la plusvalía municipal  en relación con  la Sentencia del TC.    Aún así , y como JUAN LACKLAND  dice , vamos a esperar a que salga el texto íntegro de la STC  y luego ya se puede hablar con cierta base ,porque ahora todavía  conocemos muy poco de la sentencia .    Creo que podemos tener una idea clara:  LOS CASOS EN QUE SE HAYA PAGADO YA,   SERÁ CASI IMPOSIBLE QUE A UNO LE DEVUELVAN LO PAGADO  y desde luego si se trata de una cantidad inferior a 3000-4000 € no vale la pena ni mover un dedo porque entre gestorías ,abogados etc etc y las pocas posibilidades de éxito, lo mejor es no hacer nada de nada . PERO TENGAMOS  UN POCO DE PACIENCIA : CUANDO SALGA LA SENTENCIA , se lee con calma y entonces ya habrá algo sensato que decir 
#14

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Buenos días:

El Tribunal Constitucional ha dicho en la sentencia 59/2017:

Fundamento 3:

 "Resulta, entonces, que aun cuando de conformidad con su regulación normativa, el objeto del impuesto analizado es el «incremento de valor» que pudieran haber experimentado los terrenos durante un intervalo temporal dado, que se cuantifica y somete a tributación a partir del instante de su transmisión, el gravamen, sin embargo, no se anuda necesariamente a la existencia de ese «incremento» sino a la mera titularidad del terreno durante un período de tiempo computable que oscila entre uno (mínimo) y veinte años (máximo). Por consiguiente, basta con ser titular de un terreno de naturaleza urbana para que se anude a esta circunstancia, como consecuencia inseparable e irrefutable, un incremento de valor sometido a tributación que se cuantifica de forma automática, mediante la aplicación al valor que tenga ese terreno a efectos del impuesto sobre bienes inmuebles al momento de la transmisión, de un porcentaje fijo por cada año de tenencia, con independencia no sólo del quantum real del mismo, sino de la propia existencia de ese incremento (SSTC 26/2017, FJ 3; y 37/2017, FJ 3). Sin embargo, parece claro que la circunstancia de que el nacimiento de la obligación tributaria se hiciese depender, entonces y también ahora, de la transmisión de un terreno, «podría ser una condición necesaria en la configuración del tributo, pero, en modo alguno, puede erigirse en una condición suficiente en un tributo cuyo objeto es el ‘incremento de valor’ de un terreno. Al hecho de esa transmisión hay que añadir, por tanto, la necesaria materialización de un incremento de valor del terreno, exponente de una capacidad económica real o, por lo menos, potencial. Sin embargo, cuando no se ha producido ese incremento en el valor del terreno transmitido, la capacidad económica pretendidamente gravada deja de ser potencial para convertirse en irreal o ficticia, violándose con ello el principio de capacidad económica (art. 31.1 CE)» (STC 37/2017, FJ 3)."

Periodo de hasta 20 años     3 %  anual, art. 107-4 de la LRHL. Pero a partir del año vigésimo no existe porcentaje para aplicar.

No se manifiesta el incremento de valor y por lo tanto no se materializa el hecho imponible del IIVTNU.

¡Tan difícil es esto de entender!

Reitero que, después de 20 años de posesión, no existe plusvalía municipal en la actualidad.

Por lo tanto, una compra en 1984 y venta el 18 de este mes de 2021, no tiene plusvalía municipal. Lo que es independiente de la futura sentencia del Tribunal Constitucional en breve.

Saludos.
#15

Re: Plusvalía municipal ¿pagar o no?

Buenos días:

Todas las plusvalías de más de 20 años son reclamables, porque se han hecho fuera del ordenamiento jurídico, desde la entrada en vigor de la LRHL de 1988, que salvo error fue en 1991.

Este hecho no prescribe.

Saludos.