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Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

9 respuestas
Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
#1

Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Buenas a todos,

Tengo una duda muy específica sobre la tramitación del Modelo 651 (Donaciones) en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y me gustaría saber si alguien se ha enfrentado a un caso real idéntico y cómo lo ha resuelto operativamente.

El escenario es el siguiente: un contribuyente (Sobrino, Grupo III) lleva recibiendo de forma continuada transferencias bancarias mensuales de soporte familiar por parte de su tía durante casi 4 años. En total suman 45 transferencias bancarias independientes.

Queremos regularizar la situación de forma voluntaria presentándolo todo ahora para, a partir de este momento, empezar a declarar cada nueva transferencia mensual en su plazo de 30 días hábiles y estar totalmente tranquilos.

Conociendo la ley, sabemos que cada transferencia es un hecho imponible y un devengo independiente, por lo que legalmente correspondería presentar 45 modelos 651 aplicando la acumulación dinámica de los 3 años del Artículo 30 de la Ley 29/1987.

Aquí viene el problema real e informático: Si intentamos confeccionar en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) los 45 modelos enlazados (haciendo que cada nuevo modelo busque y arrastre informáticamente los códigos de los justificantes anteriores), la plataforma web se va a colgar por el volumen masivo de subconsultas anidadas en la base de datos de la Junta.

Por otro lado, si hacemos el "parche" de presentar un único Modelo 651 por el importe total acumulado variando la fecha de devengo para que la web no se cuelgue (y adjuntando el extracto con las 45 fechas reales en un PDF anexo para que no haya ocultación), nos exponemos a que Inspección lo declare incorrecto o inválido en una revisión futura al no coincidir el devengo del formulario con la realidad de los apuntes bancarios.

Mis preguntas concretas para quienes tengáis experiencia con la plataforma de la Junta de Andalucía son:

  1. ¿Alguien ha conseguido tramitar con éxito un volumen tan alto de donaciones acumuladas por la web de ATRIAN? ¿Hay alguna forma de picar los datos o agruparlos que el sistema informático de la Junta acepte sin dar error de pantalla y sin alterar los devengos reales?
  2. Si se optó por la presentación presencial en papel (física) en la delegación provincial, ¿el funcionario os obligó a aportar 45 formularios individuales o los propios técnicos de gestión os indicaron un criterio interno para picar una sola liquidación por el total en su sistema?
  3. En caso de haber usado un "apaño" informático (como unificar el total en un solo modelo con un PDF explicativo), ¿habéis tenido problemas posteriores con la Inspección de la Junta de Andalucía o se ha cerrado el expediente aplicando simplemente los recargos correspondientes?

Por último, dada la ambigüedad técnica y el riesgo que supone una actuación directa sin respaldo documental, ¿qué alternativas reales veis para buscar una respuesta vinculante o una instrucción de gestión oficial de la ATRIAN?
Me refiero a vías que me permitan obtener una postura de la Administración sin que esto se traduzca en una autodelación automática o en el inicio de un expediente sancionador. ¿Existe algún cauce de comunicación técnica con la delegación provincial (ej. consulta previa de gestión, solicitud de información de procedimiento, etc.) que permita clarificar el modo de regularizar estos casos masivos sin exponer la identidad del contribuyente prematuramente?


Agradezco de antemano cualquier experiencia práctica real con la burocracia andaluza que me ayude a salir de este bloqueo técnico.

Muchas gracias.

#2

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Y considerar un préstamo de, p.ej. X veces la mensualidad, sin intereses, en el que se entrega el capital mensualmente y no se comienza a devolver hasta X meses más tarde? A la finalización del periodo de carencia lo cancelas vía donación. El único problema es que si fallece es una deuda. La sanción por presentarlo fuera de plazo creo que son 90 euros. 
#3

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Dependiendo de cuál sea la situación económico-financiera del sobrino, puede ser que lo mejor fuera no hacer nada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

A falta de otros indicios o evidencias, la presunción legal respecto de esas operaciones previas es que se ha producido el negocio jurídico menos gravoso posible.
En este caso, sería el simple préstamo.
Existe por tanto una expectativa de recuperación de los bienes dinerarios entregados.

Puede que a partir de una determinada cantidad y frecuencia, así como por las circunstancias específicas concretas de la economía de tía y sobrino, la tía haya decidido en un momento dado, que renuncia a la devolución de lo entregado. Es en ese momento y solo ahí cuando el negocio jurídico dejaría de ser un simple préstamo y pasaría a ser posiblemente una donación.

Es cierto que lo que ahora se dona no es dinero (pues este ya fue entregado en su día), sino un derecho económico (el derecho de retorno), de igual valor y cuantía.

Se daría uno de los requisitos fundamentales de la donación (empobrecimiento del donante -al renunciar a un derecho económico- en directo correlato con enriquecimiento del donatario -al desaparecer una deuda económica-)

Por lo tanto no es necesario hacer 45 liquidaciones del ISD, sino 1 sola, correspondiente al instante y momento solemne donde la tía decide renunciar a su derecho económico, y el sobrino acepta dicho obsequio y da por eliminada la deuda. (Nota: las donaciones deben "solemnizarse" de alguna manera, y necesariamente deben ser "expresamente aceptadas").

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

opino lo mismo, si lleváis 4 años sin haber hecho nada, haced borrón y cuenta nueva y empezad de cero apertura de ahora con el tema de donación. Dicho esto, no veo cuál es el motivo de querer declarar las transferencias al sobrino
#6

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

es más, si tía y sobrino viven cerca y no tienen impedimentos de movilidad, grave deterioro cognitivo, la tía se lo puede entregar en efectivo o el sobrino ir recoger el sobre.
Nota: entiendo que son transferencias de importes normales 
#7

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Hola a todos,
muchísimas gracias por el tiempo que os habéis tomado en responder.
Os contesto por partes para organizar mejor los motivos por los que, aunque vuestras ideas tienen mucha lógica, en nuestro caso concreto vemos complicado aplicarlas:

A Rucko y Cachilipox (Sobre la vía del préstamo): Os agradezco el planteamiento. De hecho, esta misma solución me la sugirió un gestor conocido mío. Tiene toda la lógica del mundo como práctica habitual y entiendo por qué se hace a nivel de calle. Sin embargo viéndolo desde un punto de vista puramente pragmático le veo un riesgo que no queremos asumir. Para que la Junta de Andalucía se creyera de verdad que esto fue un préstamo original que ahora se condona, haría falta un contrato previo con fecha fehaciente (liquidado en su día por ITP y AJD, aunque estuviera exento). Hacer un documento privado a posteriori es, a ojos de una inspección, papel mojado. Corremos el riesgo de que nos acusen de simulación, y pasaríamos de asumir unos simples recargos por presentación extemporánea a enfrentarnos a un expediente sancionador mucho más duro. Tanto la tía como el sobrino padecen bastante ansiedad con estos temas burocráticos y la prioridad absoluta ahora mismo es la tranquilidad mental, no jugárnosla con estrategias para las que no que no tenemos un respaldo documental sólido.

A Juan Lackland y mivisa (Sobre la inacción y el efectivo): Respondiendo primero a la curiosidad de mivisa: el motivo de querer declararlo ahora es que la tía reside en Francia, y las transferencias vienen desde un banco francés. Por tanto, la opción de ir entregando el dinero en efectivo en un sobre (que es lo que cualquiera haría) no es viable por la distancia. Respecto a la idea de "hacer borrón y cuenta nueva" y dejar que el pasado prescriba... ojalá fuera tan fácil a nivel psicológico. Hay un rastro bancario claro de transferencias periódicas durante casi 4 años. Estar los próximos 4 años cruzando los dedos cada vez que el cartero traiga una carta certificada, temiendo que sea de la Agencia Tributaria, genera una ansiedad terrorífica en la familia.

En resumen y volviendo al problema técnico: Sabemos que regularizar a destiempo cuesta dinero, pero queremos dejar el expediente limpio asumiendo los recargos que toquen para, a partir de hoy, empezar a declarar cada mensualidad en su plazo de 30 días. Lo que sigo sin resolver es el muro informático de la Junta. ¿Alguien ha pasado por este trámite masivo recientemente? Lo que busco es si conocéis alguna vía operativa, algún truco de la plataforma ATRIAN, o alguna instrucción interna de las delegaciones físicas para poder regularizar esta acumulación sin que el sistema informático colapse al enlazar tantos modelos previos, y sin que el intento de hacerlo bien nos explote en la cara.

Cualquier idea o experiencia real lidiando con este sistema es más que bienvenida.
¡Gracias de nuevo!

#8

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Mi sugerencia no es dejarlo en documento privado, es presentar el 600 de forma extemporánea con fecha de préstamo la de la primera entrega de dinero. El préstamo total se puede ir entregando mensualmente mediante cantidades parciales. 
#9

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Entendido.
Experiencia cero con este tema.
Aunque supongo que ya lo habréis probado,

el método más rápido y eficiente es el siguiente:
  1. Uso de Copia Automática: Utiliza la opción de "Guardar como..." o "Crear nueva desde..." en el programa de ayuda o plataforma telemática autonómica. Esto duplica la liquidación anterior, permitiéndote conservar los datos inalterables (donante, donatario) y modificar solo los campos específicos de cada operación.
  2. Plantillas Excel/XML: Comprueba si la sede electrónica de tu comunidad autónoma permite la importación de ficheros masivos (habitualmente en formato CSV o XML). Esto te permite generar una plantilla con los datos del mismo donante y donatario, variando solo la descripción y valor de cada bien, e importarlos en bloque.
  3. Plataformas Autonómicas: Dependiendo de dónde resida el donatario (o radiquen los inmuebles), accede a la plataforma correspondiente de tu comunidad autónoma (por ejemplo, Agencia Tributaria de Galicia o la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Estatal para no residentes), donde podrás agilizar la cumplimentación.
    Agencia Tributaria: Inicio +2
Para realizar este caso práctico sin colapsar el sistema ni perder tiempo con pasos manuales, sigue este flujo de trabajo estructurado:

1. Preparación de la Información
Antes de entrar en la plataforma telemática, reúne y unifica la documentación:
  • Escritura pública o documento privado: Debes tener un desglose claro de los 45 bienes o importes donados.
  • Datos fijos: Los datos del donante y del donatario no cambiarán. Ten a mano sus NIF/NIE, domicilios y fechas de nacimiento.
  • Fechas y valores: Elabora una tabla (en Excel) con la fecha exacta de cada donación, la descripción del bien y su valor, ya que el impuesto grava de manera individual.
    Comunidad de Madrid | +2

2. Acumulación de Donaciones (Atención Fiscal)
  • Regla de acumulación: A efectos fiscales, si realizas múltiples donaciones al mismo donatario dentro de un plazo de 3 años, estas se deben acumular para calcular el tipo medio aplicable.
  • Ventaja del modelo: Al tener los mismos donante y donatario, el software de la comunidad autónoma sumará el valor total de las donaciones anteriores para calcular la cuota tributaria correctamente.
    Portal Tributario (JCCM) +1

3. Procedimiento de Cumplimentación en Sede Electrónica
Dado que el Modelo 651 se presenta de forma individual (una autoliquidación por cada bien/fecha), la estrategia para arrastrar los datos del Donante/Donatario es la siguiente:
  • Paso 1: Configuración general. Accede con certificado digital a la plataforma tributaria de tu Comunidad Autónoma (o a la Sede Electrónica de la AEAT si te corresponde).
  • Paso 2: Rellenar la primera autoliquidación. Cumplimenta al 100% la primera autoliquidación con los datos del donante, del donatario, el parentesco y el bien.
  • Paso 3: Validar y "Guardar como..." Valida el modelo para asegurarte de que no hay errores. Antes de firmar y enviar, utiliza la opción que ofrecen la mayoría de programas informáticos autonómicos llamada "Duplicar", "Crear declaración similar" o "Copiar". Esto generará una autoliquidación nueva con los datos del donante y del donatario ya cumplimentados, evitando tener que reescribirlos.
  • Paso 4: Modificar los datos específicos. Cambia únicamente los datos que varían en cada autoliquidación:
    • Descripción del bien (claves U, R o M).
    • Fecha de donación (fundamental para el plazo de 30 días hábiles desde la fecha de devengo de cada una).
    • Valor declarado del bien.
  • Paso 5: Agrupación y Pago. La aplicación te permitirá agrupar las declaraciones, firmarlas y generar los códigos CSV (Código Seguro de Verificación) para la presentación de todas ellas.
    Agencia Tributaria: Inicio +6

💡 Recomendación Profesional
Dado el volumen de 45 autoliquidaciones, antes de empezar a operar en el portal web de la administración tributaria:
  1. Consulta el manual de usuario del modelo 651 específico de tu Comunidad Autónoma. Suelen disponer de una sección llamada “Declaraciones previas” que permite importar bloques de bienes.
  2. Si los bienes son inmuebles, verifica si la Comunidad Autónoma permite cargar un fichero Excel con el listado de bienes para volcar automáticamente la información a los formularios.
#10

Re: Duda técnica ATRIAN: Declarar 45 donaciones acumuladas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

y si no encontrais la solución técnica, siempre podeis solicitar la asistencia para la cumplimentación, entiendo que lo hacen ellos, pero siempre y cuando lo solicite el obligado tributario o alguien a quien él ha otorgado la representación 

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/atrian/areas/informacion-tributaria/impuestos/sucesiones-donaciones/asistencia-cita-previa.html