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Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

8 respuestas
Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal
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Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal
#1

Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Buenas tardes
Leo que los cargos en junta de vecinos son Presidente, Administrador y Secretario, pero sé que en algunas comunidades, se amplía a vocales.
Realmente se puede proponer en la nueva junta la incorporación de vocales o la misma ley no lo permite?
Un saludo
#2

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

De acuerdo con la ley, en general, el administrador es el secretario. La ley no contempla esos vocales, por lo que sería necesario prever esos cargos y sus funciones en los estatutos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Gracias, Juan
Tal y como apunté, conozco comunidades que los tienen, lo que desconocía es que la propia ley no los contempla a menos que se incorporen en los estatutos. Habrá que proponerlo en la junta, que es un edificio nuevo y seguro que cuantos más ojos, mejor. Saludos
#4

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Bueno, también se pueden tener si lo aprueba la propia junta sin necesidad de que figuren en los estatutos. Pero esta posibilidad a veces genera conflictos con los nuevos propietarios, o sea los que adquieren alguna vivienda después de la aprobación y no se enteran hasta que forman parte de la comunidad. Por eso es muy recomendable incorporar el acuerdo a los estatutos e inscribirlo en el Registro de la Propiedad.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Gracias, Juan. Se me olvidó mencionar que se trata de una obra nueva cuyos pisos se entregarán en breve y seremos convocados a la primera junta para elegir los cargos. La promotora ya designó un Administrador.
Son 68 viviendas y considero que será necesario dotar a la junta de toda la ayuda que sea posible, para detectar los razonable fallos, que espero no sean numerosos, de las partes comunes y que por sí solo, el Presidente, lo tendrá difícil, máxime cuando el Administrador no creo que deje mal a sus "mentores". Saludos
#6

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Si el administrador no quiere dejar mal a sus "mentores" es necesario tenerlo controlado y quizás en su día cambiarlo.
Existe la posibilidad de nombrar vicepresidentes igual que se nombra presidente. Dado que es una posibilidad expresamente prevista por la ley, no es necesario que figure nada en los estatutos ni hay que inscribirlo. La propia junta puede establecer de qué manera ayudarán al presidente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Pues repito las gracias!.
En la primera reunión vecinal, que probablemente sea en diciembre se verá y ya lo comentaré, que soy "nuevo en esta plaza".
Considero fundamental dotar a la Junta de cuantos más miembros mejor, dado que se trata de un edificio nuevo, habrá que redactar algún reglamento de régimen interno, detectar defectos ect.
Por cierto, el pìso figura a nombre de mi mujer y yo, al 50%, dado que ha sido pagado por ambos. En las reuniones de vecinos podemos ir los dos y votar ambos o sólo se permite el acceso de uno?.
#8

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Sólo hay derecho a un voto por vivienda y propietario. En vuestro caso, siendo una vivienda, tenéis sólo un voto. 
La ley dice que en el caso vuestro (varios propietarios) hay que nombrar a uno como representante, por lo que sólo ése podría asistir a las juntas y votar. No obstante, en la práctica que yo conozco se suele permitir eventualmente la presencia de los dos cónyuges, con un solo voto y siempre que no monten algún guirigay.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Cargos en Junta de Vecinos - Ley de Propiedad Horizontal

Gracias de nuevo.
Tomo buena nota y ya se quién será el representante :)