Rankia España Rankia Argentina Rankia Brasil Rankia Chile Rankia Colombia Rankia Czechia Rankia Deutschland Rankia France Rankia Indonesia Rankia Italia Rankia Magyarország Rankia México Rankia Netherlands Rankia Perú Rankia Polska Rankia Portugal Rankia Romania Rankia Türkiye Rankia United Kingdom Rankia USA
Acceder

Derecho a pension cotizando por horas

5 respuestas
Derecho a pension cotizando por horas
Derecho a pension cotizando por horas
#1

Derecho a pension cotizando por horas

Buenas tardes,

Un amigo me hace la siguiente pregunta para la que no tengo respuesta ya que no domino estos temas: el es autonomo con varios trabajadores contratados actualmente a tiempo parcial (tiene una empresa de formación) y su pareja, con la que no esta casado ni es pareja de hecho pero con la que tiene hijos en comun y convive en el domicilio familiar, no está trabajando actualmente y tiene solo 5 años cotizados, ya que ella dejó de trabajar en su dia para cuidar a los niños cuando eran pequeños.

Se plantea ahora contratar a su pareja unas pocas horas semanales (1 hora diaria de lunes a viernes) dandola de alta en la SS para que se encargue de la limpieza del local, y me plantea si en paralelo ello le daria derecho a ella a pensión de alcanzar los 15 años cotizados de esta forma y si habria alguna limitacion de la SS a esta situación.

¿Alguien puede decirme algo al respecto?
#2

Re: Derecho a pension cotizando por horas

actualmente, después de una sentencia del Tribunal Supremo, cada día trabajado cuenta como un día cotizado de cara a los periodos de carencia para tener derecho a la pensión, con independencia del nº de horas trabajadas diariamente.
Tendría que mirar bien cómo sería el contrato, tal vez tendría que ser como autónomo colaborador al ser pareja de hecho, y el régimen de autonómos es peor para las pensiones porque, en casos como este que se presenta en la jubilación con el mínimo número de años, te toman a 0 las cotizaciones que falten para calcular la pensión (que van a ser 25 años y probablemente lo suman), mientras que en el Régimen General te cubren los huecos no cotizados con la base mínima o la mitad de esta.
#3

Re: Derecho a pension cotizando por horas

Muchas gracias por su respuesta. Disculpe la ignorancia pero ¿se es pareja de hecho simplemente por convivir en el mismo domicilio aun sin haberse inscrito en registro alguno como pareja como es este caso?. 

Lo digo porque segun lo que plantea parece que le seria mucho mejor simplemente contratarla a traves del Regimen General y entiendo de lo que dice que quizas si estuvieren empadronados en domicilios distintos (desconozco si es asi) seria factible esto y se evitaría el lío de tener que contratarla como autonoma colaboradora ya que segun creo esta modalidad viene a implicar abonar la cuota de autonomos (286 euros) y dudo que ello le compensase ya que su intencion es contratarla solo unas pocas horas.
#4

Re: Derecho a pension cotizando por horas

Lo de autonomo colaborador para parejas de hecho (permitido en su día, eliminado después, y al parecer autorizado otra vez ahora), es bastante restrictivo.

" A efectos de lo establecido en el párrafo anterior, se considerará pareja de hecho la constituida, con análoga relación de afectividad a la conyugal, por quienes, no hallándose impedidos para contraer matrimonio, no tengan vínculo matrimonial con otra persona y acrediten, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento, una convivencia estable y notoria y con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años. La existencia de pareja de hecho se acreditará mediante certificación de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades autónomas o ayuntamientos del lugar de residencia o mediante documento público en el que conste la constitución de dicha pareja. "

Art. 35, Ley 20/2007

Por defecto y en ausencia de cumplimiento o acreditación de tales requisitos, la cosa va a régimen general.
Como te han comentado, 15 años de cotización "fecha calendario" dan pleno derecho al acceso a una pensión contributiva (por ahora...).
La única limitación es la verificación que el alta corresponda con una real prestación de servicios, ya que si no, se entendería que podría ser un supuesto de ilícito laboral (generar indebidamente prestaciones públicas), que podría acarrear una importante sanción.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Derecho a pension cotizando por horas

sí, puede ser cierto que como autónomo colaborador salga más cara la cotización, si  no se puede cotizar "por horas", aparte de lo que comenta cachilipox de los requisitos.
Luego está la posible consideración de que una inspección considere que es un contrato simulado, como también comenta cachilipox. Tendrán que buscar una manera de demostrar que el trabajo se realiza.
Y en cualquier caso, me parece que si se planta con solo 15 años cotizados a solicitar la pensión, con una base muy baja, sea de autónoma o por el contrato de 1 hora al día, la pensión que quede va a ser bajísima y tendrá que ver si cumple en su momento los requisitos para el complemento a mínimos.
#6

Re: Derecho a pension cotizando por horas

Buenos días:

La Constitución Española ampara el derecho de transmitir información cierta.

Si la contratas por una hora, pues tiene que realizar esa prestación de trabajo. En caso contrario, no te ampararía el derecho de transmitir esa información, ya que no sería cierta.

Después, tendrá derecho a la pensión que le corresponda.

No hay sanción por ejercer, en su momento, un derecho de petición para recibir la pensión correspondiente. Pero todo tiene que ser cierto. La Seguridad Social podría investigar si la contratación corresponde con un servicio prestado.

Todo lo que se hace de forma legal no da lugar a sanciones.

Saludos.