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Renta con ERTE 2020

4 respuestas
Renta con ERTE 2020
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Renta con ERTE 2020
#1

Renta con ERTE 2020

Hola, el año pasado estuve de ERTE 6 meses, hasta mediados de Octubre, el SEPE me pagó de más (799€), según me pone en la web del SEPE, todavía no me pedido oficialmente que devuelva ese dinero, mi pregunta es:
Lo que yo ingresé el año pasado de la seguridad social, tendré que modificar algo, ya que habré cobrado de más cuando no me toca, tendré de modificar mi declaración o no he de hacer nada y ya lo regularé con la del año que viene, cuando ya haya devuelto los 799€?
Si no he de hacer nada, entiendo que este año me pedirán que devuelva el dinero, y el año que viene, de ese dinero me devolverán lo que me toque proporcionalmente, es así?
Muchas gracias,
#2

Re: Renta con ERTE 2020

Parece que ha habido muchos casos como el tuyo; e incluso a los que les están comunicando el SEPE que devuelvan el dinero, la información enviada a la Agencia Tributaria está mal;  según la prensa, el SEPE había acordado actualizar la información a Hacienda antes de la declaración. Pero las cosas de palacio van despacio.
Si al final no te reclaman las cantidades indebidas antes de presentar la declaración de 2020, tendrás que presentarla con ese dinero incluido. Cuando te lo reclamen desde el SEPE, debes presentar una rectificación de la declaración de 2020,  nada de próximo años.
#3

Re: Renta con ERTE 2020

Pero si me piden que lo devuelva, en Noviembre del 2021, por ejemplo? si ya he pagado lo que tenga que pagar de la declaración de este año, he de hacer una rectificación de la de este año o ya será en la del año que viene?
#4

Re: Renta con ERTE 2020

te van a reclamar ingresos del año 2020; aunque lo reclamen este año, en 2022 ó en 2023, la ley dice que tienes que modificar la declaración del año al que corresponden esos ingresos: 2020.

Si te hacen la reclamación en noviembre, por ejemplo, ya verás como en la información fiscal que puedas consultar en 2022 para 2021 te pondrá ese movimiento como correspondiente a años anteriores.
Aquí te lo cuentan con una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, para el caso de la devolución de la prestación por desempleo para una persona despedida que tuvo que readmitir la empresa:

https://www.iberley.es/resoluciones/resolucion-vinculante-dgt-v0920-17-11-04-2017-1445286
Por lo que respecta a la devolución de las prestaciones por desempleo, debido a su incompatibilidad con los salarios de tramitación (artículo 268 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social), su incidencia en el IRPF se produce, por su carácter de indebidas, en la declaración del Impuesto en el que las mismas se hubieran incluido. Por tanto, los ingresos percibidos en su día por tal concepto y que se reintegran minorándolos de los salarios de tramitación procede excluirlos de aquella declaración, al considerarse que no se han obtenido, no habiéndose producido respecto a los mismos el hecho imponible del impuesto: obtención de renta por el contribuyente (artículo 6 de la LIRPF).

Por tanto, la regularización de la situación tributaria (excluyendo los importes indebidamente percibidos y declarados) podrá efectuarse instando el consultante la rectificación de las autoliquidaciones, tal como establece el artículo 120.3 de la Ley General Tributaria

#5

Re: Renta con ERTE 2020

Hola, también se podria dar el caso que si este año 2021 volvieras a cobrar del Sepe (ya sea por erte o por paro...), te lo descontaran de las nuevas prestaciones.
Así te evitarias "rectificativas" y papeleos.
Un saludo.