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Doble tasación entre EEUU y España

2 respuestas
Doble tasación entre EEUU y España
Doble tasación entre EEUU y España
#1

Doble tasación entre EEUU y España

 
Hola, 

Tengo una duda referente a la doble tasación entre los EEUU y España. 

De joven, me fui a los EEUU a estudiar y tras terminar la carrera, me quedé trabajando con una empresa de tecnología por unos 20 años. Después, vine y me quedé en España. 

A partir de ese momento, empecé a presentar mis declaraciones de la renta en España, como es lógico, y dejé de hacerlo en los EEUU. 

Este año he rescatado un plan de pensiones de la empresa donde trabajé en EEUU cuyo importe se ingresa mensualmente y de por vida en una cuenta de un banco estadounidense puesto que mantengo la doble nacionalidad y doble domicilio. 

Asimismo, mis padres que viven en los EEUU, me hacen un regalo anual de 30.000$ entre los dos. 

En cuanto a la Hacienda norteamericana, el plan de pensiones no se declara (porque ya se pagaron los impuestos en su día) y tampoco los regalos puesto que tienen un límite de 15.000$ por persona y son exentos. 

Pero tampoco declaro esos ingresos en España puesto que, en teoría, son “exentos de impuestos”. 

Necesito decir que el dinero se queda en dicho banco y lo uso para pagar los gastos de mi hijo el cual está cursando unos estudios también en los EEUU. 

No se si lo estoy haciendo bien, seguramente me equivoco y quisiera saber vuestra opinión al respecto. 

Gracias y un saludo. 
#2

Re: Doble tasación entre EEUU y España

con independencia de que en EE.UU esté exento, diría que en España tendrías que pagar impuestos por ambos conceptos:
-En España se gravan en el IRPF las rentas universales, de cualquier pais, para un residente fiscal. El cobro de un fondo de pensiones es un rendimiento del trabajo en España, sometido al IRPF. Y el convenio de doble imposición entiendo que permite gravarlo en España:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1990-30940
" Cuando una persona física residente de un Estado contratante sea miembro, beneficiario o partícipe de un fondo de pensiones residente del otro Estado contratante, las rentas procedentes del fondo de pensiones pueden someterse a imposición como renta de esa persona física únicamente cuando, y -con sujeción a las disposiciones del subapartado (a) del apartado 1 del artículo 20 (Pensiones, anualidades, pensiones alimenticias y ayudas por hijos)- en la medida en que, se paguen o beneficien a esa persona física desde el fondo de pensiones (y no se transfieran a otro fondo de pensiones en ese Estado contratante) "

-El dinero recibido gratuitamente de los padres sería una donación sometida al impuesto de Donaciones.

Otra cosa es que la Hacienda española probablemente no se entere de nada, si tienes identificadores distintos en cada país, y EE.UU además no informe a España de esos cobros, y por útlimo el dinero no ingresa en España.

#3

Re: Doble tasación entre EEUU y España

Gracias.