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Retenciones dividendos fuera de España

7 respuestas
Retenciones dividendos fuera de España
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Retenciones dividendos fuera de España
#1

Retenciones dividendos fuera de España

Buenas noches , 

el año pasado obtuve en dividendos brutos 477.07 euros con unas retenciones de 94.84 euros fuera de España. Al hacer la declaración sé que tengo que hacer la doble imposición pero no tengo claro lo que tengo que hacer. En la casilla 29 en ingresos íntegros tengo que poner 477.07  y en las retenciones tengo que poner los 94.84? O ahí no tengo que poner nada?

En la casilla 588, donde se pone la doble imposición, en  Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro pongo, otra vez,los 477.07 y en el impuesto satisfecho tengo que poner el 15%, esto es 71.56 euros.

No sé si alguien tendrá esto claro , me lió un poco con la retención ya pagada y con la doble imposición.

Un saludo.
#2

Re: Retenciones dividendos fuera de España

Hola!
  En concreto a la casilla 029, donde se introducirán los dividendos obtenidos, esto es, los brutos, tanto los extranjeros como los españoles, además de lo retenido en destino y, en su caso, los gastos de administración y depósitos. En todo caso, deberemos de tener en cuenta la regla de los dos meses ya que en caso de que estas acciones se tengan dos meses antes del cobro del dividendo o dos meses después del mismo no se podrá recuperar lo retenido de dichos dividendos.
Tras ello, nos deberemos de dirigir a la casilla 588, donde se especifica la deducción por doble imposición. Cuando procedamos a rellenarlo deberemos de tener en cuenta que se debe de incluir en la casilla las rentas incluidas en la base del ahorro y no en la casilla de rentas incluidas en la base general, que está reservada para rentas del trabajo, rentas de actividades económicas, etc...Ya que de lo contrario no se tendrán en cuenta  la casilla 029.  Así, una vez rellenado nos tiene que aparecer lo que nos devolverá Hacienda (o lo que tendrás que pagar) ya incluidos los dividendos retenidos, tanto españoles como extranjeros. 

Te dejo el enlace de la tributación de los dividendos por si te sirve de ayuda:  https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2754760-como-tributan-dividendos-extranjeros 
#3

Re: Retenciones dividendos fuera de España

no, en la 29 pones el íntegro y la retención en España, si existe (si es una cuenta DeGiro Interactive brokers, por ejemplo, no están en España y por tanto sería 0 la retención).
En la 588, el íntegro y la retención fuera de España, con el límite que marque el convenio de doble imposición. Suele ser el 15% (EE.UU, Alemania, Francia...), pero depende del país, en algunos puede ser menos, y en otros más.
#4

Re: Retenciones dividendos fuera de España

Hola!
Al haberos leído a los dos me he liado un poco más , jajajaj, entiendo que cada uno decís una cosa distinta. 

 Entonces, al ser los dividendos fuera de España, en la casilla 029, ¿ en los importes íntegros tengo que poner los dividendos brutos o los netos y en las retenciones tengo que poner 0?

 En la 588, ¿el importe íntegro que tenga de los dividendos brutos  o los dividendos netos? ¿  y el 15%de esa cantidad en la casilla donde pone impuesto satisfecho en el extranjero?

 No me queda claro , estoy un poco espeso con esta parte de la declaración. Gracias
 
SAludos
#5

Re: Retenciones dividendos fuera de España

íntegro o bruto se usan como sinónimos. Es lo que tienes que poner en ambas casillas. Y la retención en el extranjero, solo en la parte de doble imposición.
#6

Re: Retenciones dividendos fuera de España

Muchas gracias!!!

Así lo haré, Saludos
#7

Re: Retenciones dividendos fuera de España

Bacalao, yo tenía la duda de si las retenciones de mis dividendos de empresas extranjeras en Degiro, son retenciones a cuenta de la AEAT o de la la Hacienda de los respectivos países extranjeros; ya lo has comentado por arriba, pero lo pregunto por si acaso: simepre es así?, o puede ser que Degiro me haya retenido a cuenta para la AEAT?
#8

Re: Retenciones dividendos fuera de España

teóricamente, si son acciones españolas y tú eras el dueño cuando pagaron el dividendo, esa retención debería haber ido a la Hacienda española.
Pero hay un hilo en que se discute este tema en profundidad: parece que hay casos en que a la hacienda española no le constan en su base de datos,  ya sea por comunicar mal la información DeGiro y no identificarte correctamente, o porque estaban en préstamo en el momento de cobro del dividendo y entonces quien  ha cobrado es el prestatario.
Si las retenciones no aparecen en tu información fiscal, yo desde luego no declarararía las retenciones como retenciones en España, lo metería por doble imposición, porque a la Agencia Tributaria no le va a cuadrar y no te va a dejar deducir un impuesto que a ellos no le consta.