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Re: Incapacidad temporal - Seguridad Social
Buenas noches siempre se ha de cobrar el penúltimo día hábil de mes porque el último día hábil con esa fecha se ha de tener ya la transferencia del pago directo , igual que está noche a los autónomos les pasan las cuotas a partir de las 12 de la noche , Santander abona antes de esa hora para que no haya ningún problema
INSS realiza el pago directo de la prestación por incapacidad temporal (IT) generalmente el último día hábil del mes, o el día hábil anterior si ese día es festivo.
Tiene que estar reflejado en las cuentas
INSS realiza el pago directo de la prestación por incapacidad temporal (IT) generalmente el último día hábil del mes, o el día hábil anterior si ese día es festivo.
Tiene que estar reflejado en las cuentas
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