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Interpretación de testamento - Herencia

2 respuestas
Interpretación de testamento - Herencia
Interpretación de testamento - Herencia
#1

Interpretación de testamento - Herencia

 BUENAS NOCHES:
Cuando hay un testamento civil desde el año 2006, porque residía en Portugalete. Fallece este año 2019. Viuda y tiene 4 hijos, testando de la siguiente forma:
El 50% de la vivienda: 1/3 de libre disposición y el 1/3 de mejora a un solo hijo 1/3 de legítima a repartir entre todos los herederos (4 hijos). El resto de los bienes a partes iguales. 
El notario entiende que tras la aprobación de la nueva ley foral del año 2015, el 1/3 de la legítima que estaba recogida en el testamento de la vivienda, pasa al heredero que ya tenía las otros 2/3, quedando los otros 3 herederos sin su parte de la vivienda. En cambio se mantiene el reparto del resto de los bienes. 
Es correcta la distribución o debe prevalece la voluntad de la fallecida?
Un saludo

That's the end. 
#2

Re: Interpretación de testamento - Herencia

Los notarios saben mucho de estas materias. Por otro lado, es perfectamente posible que la voluntad de la fallecida viniera forzada por la legislación en vigor en el momento de testar y que ya no está vigente. 
En consecuencia, personalmente coincido con el notario, dicho sea con todas las reservas, dado que estas situaciones son novedosas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Interpretación de testamento - Herencia

La  Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco contempla en su Disposición transitoria primera los conflictos intertemporales:

"Conflictos intertemporales.
Los conflictos intertemporales entre esta ley y las que deroga se resolverán aplicando las 
disposiciones transitorias preliminar, 1.ª, 2.ª, 3.ª, 4.ª y 12.ª del Código Civil".

Si nos vamos a la Disposición transitoria 12ª del Código Civil, por el análisis de su dicción entiendo que el notario tiene razón.

"La herencia de los fallecidos después, sea o no con testamento, se adjudicará y repartirá con arreglo al Código; pero cumpliendo, en cuanto éste lo permita, las disposiciones testamentarias".

No es un tema frecuente para mí, pero creo que el notario está en la tesis correcta.

Un saludo.