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Herencias generadas en la dictadura franquista.
En 1960 un matrimonio desea hacer testamento para favorecer a dos hijas solteras de seis hijos que tienen en total. En el testamento solo aparece el marido. De la misma forma que en la escritura de la vivienda solo aparece el marido como propietario. En Febrero de 1970 fallece el marido. En Diciembre de 1970 fallece la esposa, sin testamento. ¿El testamento existente, solo del marido, es valido para la totalidad de la vivienda? ¿O solamente para la mitad, por no haber hecho testamento la esposa? La voluntad de la esposa era también favorecer a sus dos hijas solteras, pero en la notaría solo mencionan al esposo en el testamento.
¿Alguien me puede orientar en este sentido?
¿Alguien me puede orientar en este sentido?