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Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año, plazos, y otras dudas... (Madrid) - Herencia

3 respuestas
Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año, plazos, y otras dudas... (Madrid) - Herencia
Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año, plazos, y otras dudas... (Madrid) - Herencia
#1

Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año, plazos, y otras dudas... (Madrid) - Herencia

Por circunstancias familiares y problemas económicos me planteo hacer alguna donación regular a una hermana (única hermana), y dos sobrinos menores.

Podría seguir dando esa ayuda de forma indirecta (compra de alimentos, gastos niños, y gastos personales, telefónicos, electricidad...) pero me planteo si hay una cobertura legal para establecer esa ayuda como donación; para justificar esos ingresos por parte de mi hermana (próximamente habría que hacerse cargo del pago regular de una hipoteca, pequeña).

 

En mi caso personal puedo permitírmelo (dentro d eunos límites), y establecer, por ejemplo una donación de unos 6.000 a 8.000€, en principio este año.

 

He estado estudiando el tema del impuesto de donaciones en Madrid (ambos residimos en Madrid), y familiarizándome con los trámites(modelo 650/651 etc) pongo algunos enlaces:

http://www.madrid.org/wleg_pub/secure/normativas/contenidoNormativa.jsf?opcion=VerHtml&nmnorma=6797&cdestado=P#no-back-button

https://temploconsulting.com/como-funciona-el-impuesto-de-sucesiones-en-madrid/

https://javiersevillano.es/Impuesto-Sucesiones-Donaciones.htm

 

Entiendo que hay unas reducciones según parentesco, que hermanos formamos parte del Grupo III, y que por lo tanto hay una reducción de los primeros 8.000€ de una donación entre hermanos.

Son varias mis preguntas:

- ¿ Se puede donar (y hacer el trámite correspondiente) esa cantidad de 8.000€ (o menor) y no pagar ningún impuesto? Todo con el fin de que quede constancia, ¿o hay que donar una cantidad algo mayor a esos 8.000€, que entiendo que lo que supere los 8.000€ ya tributarían?

- ¿ Cada cuanto espacio de tiempo se puede donar para que no se sumen esas donaciones y supere el máximo?, ¿un año?... ¿cuatro, cinco? No encuentro información sobre eso...

 

Actualmente soy residente en Madrid, pero posiblemente en dos o tres años, por motivos laborales deba residir en Italia, entiendo que desde otro país, y dado que quien "liquida" ante la Comunidad Autónoma el impuesto es quien lo recibe, la situación seguiría siendo la misma, fiscalmente hablando ¿no?

 

Evidentemente, asumo que la legislación actual podría cambiar en la CA de Madrid.

 

Y ya por curiosidad, y leyendo que en Madrid se bonifica el 99% de donaciones entre padres e hijos (y leo que en 2018 el 15% entre hermanos), y teniendo en cuenta mi pregunta anterior sobre los plazos de tiempo entre donaciones:

¿Un hijo puede donar a sus padres (al 1% de fiscalidad) y posteriormente esos padres donar a una hija (al 1% de fiscalidad)?, ¿es legal?, ¿es algún tipo de fraude?, ¿hay algún plazo de tiempo establecido para que no se considere un fraude, o maniobra ilegal, el realizar ese "puente"?, etc...

 

Muchas gracias por las respuestas.

 

 

 

#2

Re: Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año

La reducción de 8.000 euros entre hermanos me parece que es solo para Sucesiones ("mortis causa"), no donaciones.

El sustituir una donación entre hermanos por hijo-->padres-->hija para aprovecharse de la exención del 99% (que SÏ aplica a Donaciones) pues tal vez pudiese ser considerado un fraude de ley, ya que parece que el único objetivo es evitar el pago de impuestos. Si la cantidad que tú donas a tus padres es distinta de la que pasa de tus padres a la hija, y estos justifican el origen de los fondos con sus ahorros, rendimientos del trabajo,etc, puede colar, pero si indican que el origen es otra donación, pues canta mucho.

Otra vía que puedes explorar es la obligación de alimentos entre hermanos que recoge el código civil, que te permitiría una mejor fiscalidad al poder restarlo de tus ingresos y sumarlo a los de tu hermana, que entiendo tiene menos ingresos, lo que pasa que imagino que es más lioso: abogado, sentencia judicial, no sé si la cantidad la impone el juez o se le puede "sugerir", tendrías obligación permanente de pagarlo...

 

 

#3

Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año, plazos, y otras dudas... (Madrid) - Herencia

El mecanismo hijo 1 -> padres -> hijo 2, es obviamente un fraude por intento de elusión fiscal.

Si se fragmenta mucho los tránsitos dinerarios, queda oculto entre el ruido de fondo de las normales transacciones económicas.

Lo de las donaciones reiteradas en el tiempo se deben sumar todas las donaciones acumuladas en un periodo de 3 años (fecha a fecha), para evitar que se use el mecanismo de fraccionar como forma de eludir la progresividad del impuesto.

La reducción de la base imponible para grupo III, creo que es para mortis causa solamente (herencias).

Creo que lo más práctico, directo y sencillo es que sigas asumiendo con regularidad el pago de costes ordinarios de la vida de tu hermana y sobrinos. Aunque puede ser algo "poco regular", no deja de ser un proceder avalado "por los usos y costumbres" habituales dentro de las familias. Y cuando algo económico es de escasa cuantía, y justificado por usos y costumbres, hacienda no suele entrar.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Dudas; donaciones regulares a hermana, fiscalidad si no supera 8000€/año, plazos, y otras dudas...

Cierto, lo de la reducción de 8.000€ es en caso de sucesión, no de donación.

 

Probablemente continúe como hasta ahora, haciéndome cargo de algunos gastos de manera "informal", y espero no tengamos problemas en el futuro con la Agencia Tributaria.

 

Muy agradecido por las respuestas.