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Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

21 respuestas
Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana
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Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana
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#16

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

Buenas noches.

Se nos presenta una nueva duda.

En tema de impuestos que es mas conveniente para nosotros?.

1.Dejar en la repartición de herencia la casa en titularidad de mi hermana al 100% indicando que me compensará economicamente por la mitad que es mía.

2.O en la repartición hacerlo al 50% la titularidad y posteriormente hacer una extinción de condominio dandome ella el 50% del importe de la vivienda.

un abogado me ha indicado que en el primer supuesto sería una compraventa con lo cual tendría que pagar un 5% en impuestos sobre lo que me de ella, y en el segundo caso, sería el 1% de sucesiones(de la Comunidad de Madrid) y posteriormente los gastos del notario para hacer la extinción de condominio.

Muchas gracias.

#17

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

El abogado o no te ha entendido bien o no tiene mucha idea. El primer supuesto no es una compraventa sino una forma de partición contemplada por la ley:

Esto dice el Código Civil:

Artículo 1062

Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno, a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero.

Pero bastará que uno sólo de los herederos pida su venta en pública subasta, y con admisión de licitadores extraños, para que así se haga.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#18

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

Como dice Juan, o no te has enterado bien o el que no se entera es el abogado. No hay venta, y si la hubiera, se pagaría batante mas que el 5%, TPO está por el orden del 9% en la mayoría de CA.

En ambos casos, se paga sucesiones, y en el segundo, además, AJD por la extinción de condominio.

Ya te lo dicho, es mejor la adjudicación del bien completo a uno ahora en el reparto de la herencia.

Un saludo

#19

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

muchas gracias.

Hablamos con el notario y nos recomienda adjudicar la vivienda a mi hermana, indicando que me compensará economicamente por la diferencia de la adjudicación.

Por lo tanto quedará así el reparto.

Cuenta en el banco lo heredo por completo yo, y la casa mi hermana compensandome con la diferencia.

Cuenta : 5.800

Vivienda:74.000

Compensación: 34.100

Se indicará en la escritura de herencia que mi hermana en el menor plazo de tiempo posible me hara entrega de los 34.100€ no siendo el plazo superior a 5 años.

Aparte mi madre tenia un seguro de vida y como beneficiarios mi hermana y yo

con todo ello pagariamos sucesiones por el valor de de la vivienda, la cuenta y el seguro dividido al 50%

Más el 3% del ajuar (no se si se calcula con el seguro de vida incluido o solo sumando la vivenda y la cuenta.

y la plusvalia del piso.

Lo que quiero es tener claro que si indicamos en la escritura que el bien (la casa)es indivisible apelando al 1062. En hacienda,al liquidar el 650 o posteriormente, no nos van a reclamar en ningún momento pagar por TPO ese exceso que ella me compensa economicamente, al igual si dentro de unos meses o años, ella me hace una transferencia por el valor de la compensación de 34.100€ hacienda no me va a reclamar pagar algún impuesto añadido.

Muchas gracias por el asesoramiento,

Edito: Buscando en el foro veo este tema:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2937791-exceso-adjudicacion-inmueble-transmitido-por-herencia

Veo que es un caso parecido al mio, pero en este casi si indicais que se debe tributar aparte de por sucesiones, por AJD el exceso que ella me compensa economicamente.

¿Es correcto?

Edito 2: Veo que en muchos sitios dicen que si es un único bien no hay problema en hacerlo indivisible, pero en mi caso hay dos bienes una vivienda y la cuenta, tendría algún problema por ello?

#20

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

Puedes hacer esa adjudicación perfectamente y no habría ningún problema, es un exceso inevitable y compensando en metálico por lo que no está sujeto a TPO.

El ajuar no hace falta incluirlo en la escritura, es mas bien un concepto fiscal, y se calcula sin los seguros.

Respecto a la tributación en AJD, me inclino por desdecirme, no tributa tampoco por AJD, ya que la adjudicación de la herencia ya está sujeta a sucesiones, lo que excluye la sujección a AJD, no sé en qué estaba pensando en ese momento para indicarlo así, supongo que en extinciones de condominio, no en adjudicaciones de herencia, y que el ejemplo del tal Luis decía que si tributaba.

En esta consulta se menciona lo que te pongo de no sujección a AJD

http://www.asesoriayempresas.es/doctrinaadministrativa/JURIDICO/131599/consulta-vinculante-dgt-de-18-de-enero-de-2012-itpajd-liquidacion-del-impuesto-organo-compete

 

en el caso de la escritura de partición de herencia no concurre el último de los requisitos, no estar sujeto al impuesto de Sucesiones y Donaciones, pues se entiende (Resolución de la Dirección General de Tributos de 12 de junio de 1995) que los actos de manifestación y partición de herencia, jurídicamente constituyen dos fases de un único acto de adquisición de herencia, por lo que no cabe gravar ninguno de ellos con la cuota gradual. La partición no es mas que la fase final del fenómeno complejo en que consiste la sucesión, por lo que, gravado ya con el impuesto sucesorio, entra en juego el requisito negativo a que se refiere el artículo 31.2 excluyendo la aplicación del gravamen gradual.

 

Un saludo

#21

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

Hola, en un caso parecido, yo también me adjudico el 100% de la vivienda heredada con un valor en sucesiones y escritura de 180.000eu con la obligación de compensar a mi hermano con 30.000 a la venta en un máximo de 3 años. Ahora voy a firmar dicha venta por 205.000 eu.
Mi pregunta es relativa a la renta de año que viene ya que tras sumar gastos de notaría, plusvalía, inmobiliaria y registro y restando el precio de venta la diferencia se supone me da un incremento de patrimonio de 16.000 eur. Pero exactamente no es así, ya que yo no adquiero la vivienda por 180.000, (la adquiero por 180.000 herencia más 30.000 que le pago a mi hermano) es decir si que tengo un ingreso de 205.000 al vender pero yo tengo que pagar a mi hermano por compensación de herencia 30.000, seria esto computable como gasto también??? donde debo aplicarlo??? Es mi hermano quien paga por ese ingreso de 30.000 en su renta no???? Le agradecería su respuesta, ya que he ido a varios asesores cada uno me dice una cosa diferente. Espero haberme explicado bien, soy una señor mayor y no se me da bien esto de internet. Muchas gracias. 
#22

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

El valor de adquisición de la vivienda es 180.000, nada mas. Por lo tanto, el incremento de patrimonio es de 205.000-180.000= 25.000, que con los gastos supongo se quedan en los 16.000 que dice.
La compensación a su hermano debe venir del hecho de que en la herencia está recibiendo mas valor del que le corresponde, pero eso no tiene nada que ver a estos efectos del cálculo del incremento de patrimonio, la causa es el reparto no equitativo de la misma que hace que al llevar de mas, tenga que compensar al que lleva de menos.
Repito, no tiene nada que ver con el incremento de patrimonio derivado del piso. Y por tanto, no se resta.

Su hermano no tiene que declarar nada mas, ni en renta ni en ningún sitio, se supone que se liquidó la sucesión según la cuota teórica a recibir, y ya está, esa compensación no tributa.

Un saludo

#23

Re: Repartición herencia - Dejar la casa a titularidad de mi única hermana

Muchas gracias por responder tan rápido. Entiendo que la compensacion por la legítima de 30000 pertenece al acto de heredar y que los 16000 es mi incremento de patrimonio para la renta por la diferencia de valor adquisición y compra. Tengo entendido es 19 y 21% y no tiene deducciones. Muy agradecido.Saludos.