Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.
Muchas gracias por tus comentarios
Muchas gracias por tus comentarios
Muy buenas.
En la declaración de la renta de este año, tengo que regularizar los ejercicios 2013, 2014, 2015 y 2016, que son los que no han prescrito a día de hoy, por haber percibido al año pasado los importes de la cláusula suelo.
Si yo regularizo sólo los años 2014, 2015 y 2016, dejando por tanto sin regularizar el año 2013, y registro en Hacienda la Declaración el último día para presentarla que es el 2 de julio de 2018, ¿podría la agencia tributaria reclamarme posteriormente (a partir del 02-07-2018) la no regularización del año 2013?
A partir del 02-07-2018 el año 2013 estaría prescrito, pero no sé si prescribe también lo no regularizado (cuando se debe regularizar) de ese año 2013 en la Declaración a presentar este año.
Espero haberme explicado más o menos.
Un saludo.
Saludos a todos,
A ver si me podeis ayudar. El año pasado hice mi primera venta de acciones bbva y ahora tengo un problemilla al ir a confirmar el borrador de la renta. El caso es que en el borrador me aparecen tanto los dividendos como el valor de la venta (no el de compra) supongo que la agencia tributaria desconoce el precio de adquisición. Entonces, despues de rellenar los datos de la entidad emisora (BBVA), el valor de transmisión y el valor de adquisición, al ir a confirmar el borrador de la declaración de la renta me dice que tengo que revisar alertas
En una de ellas me aparece el mensaje:
"No se han incorporado determinadas ventas de activos financieros y otros valores mobiliarios, revise y en su caso cumplimente en la declaración."
“Ventas de activos financieros y otros valores mobiliarios "TV" No se han incorporado determinadas ventas de activos financieros y otros valores mobiliarios, revise y en su caso cumplimente en la declaración”.
Consulto los datos que segun el programa no estan incorporados y son los de la operación en cuestión...o sea..los que he introducido.
A alguien le ha pasado lo mismo o sabe a que se debe???
Grácias.
Estas son las cantidades que he introducido:
COMPRA
Importe efectivo - 6058
Corretaje - 15,15
Canon operacion - 4,65
Importe total - 6077 ---------> valor de adquisición
VENTA
Importe efectivo - 7051
Corretaje - 17,63
Canon operacion - 5,50
Comision banco - 24,68
Importe total - 7003,19 ---------> valor de transmisión (que ya figuraba en el borrador)
Grácias.
Tengo una duda, a ver si me la podéis resolver. Mi hermano pequeño el año pasado no ha tenido ningún rendimiento de trabajo, vamos que no ha trabajado nada. Por unas promos de bancos ha ganado 700 y pico € y le han retenido 160€. Tambien hizo una compra de acciones por 1020€ y posteriormente la venta de las mismas por 1010€ para una promoción de un plan broker naranja.
Sabeis si al no haber tenido ingresos salariales de ningun tipo le devolverían esos 160€ que le han retenido si presenta la declaración?
Y otra cosa, al haber hecho una compra venta de acciones de más de 1000€ tienen obligación de hacerla?
Hola
No tiene obligación de declarar pues sus ganancias patrimoniales no exceden de los 1600 euros.
Saludos
Hola te comparto un video explicativo sobre como declarar las clausulas suelos
Espero que te ayude si después de verlo no aclaras tu duda, dejala en el siguiente hilo donde se están solucionando todas las dudas pendientes
es la ganancia neta lo que influye para tener que presentar la declaración, no el importe bruto:
"Quienes obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital (mobiliario e inmobiliario) o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros. "
Por tanto, tu hermano no tendría obligación de presentarla, pero le interesa pues le devolverían lo retenido.
Además, si vive con los padres o depende económicamente de ellos y era menor de 25 años a 31 de diciembre, los padres pueden aplicar el mínimo por descendientes, pues no presentaría declaración por más de 1.800 euros.
Buenos días, soy nuevo en el foro.
Tengo una consulta referente al borrador de este año. Si alguien me puede ayudar a resolverla.
En el año 2014 tuve unas pérdidas derivadas de la venta de acciones pendientes de compensar en los cuatro ejercicios siguientes a integrar en la base imponible general ( menos de un año ).
No las compensé en el 2015 y 2016.
La duda es si este año las quiero incluir en la declaración en que casilla irían?.
En el borrador de este año me aparece una notificación que no se si tiene relación con esas pérdidas, dice así ; " compruebe si tiene saldos negativos de pérdidas y ganancias patrimoniales de los años 2013, 2014 y 2015 pendientes de compensar a 1 de enero de 2017 correspondientes a la base imponible general CAB . Deberá reflejarlos en la casilla 411".
Pero la casilla 411 dice saldos netos negativos de pérdidas NO derivadas de transmisiones. Luego las pérdidas de la venta de acciones pendientes de compensar del año 2014 no podrían ir en la casilla 411 , no?
Gracias
"Su declaración se está tramitando"....y así me tiré ya el año pasado 3 meses. Alguien sabe qué criterio cierto siguen para las devoluciones: cantidades, provincia (incluso ciudad y dentro de éstas incluso distrito) fechas de la declaracion, tipos etc....No me cuadra que algun año me haya tardado un par de semanas y ultimamente tarden de 2 o 3 meses para arriba....
Y si la hace le devolverían los 160€ que le han retenido? Porque entonces aunque no tenga obligación merece la pena hacerla
Vive con los padres si, pero es mayor de 31 años
Cuando consulte el borrador le dirán pero si esos son sus datos lo normal es que le devuelvan esa cantidad.
Saludos
Según lo que comentas habría que declarar esa cantidad en la casilla 417
Si, en la casilla 417 tiene sentido imputar una pérdida por venta de acciones ( menos de un año ) pendiente de compensar en este año. Porque aunque en el año 2014 las pérdidas por ventas de acciones se imputaban en la base imponible general a partir del 1 de enero de 2015 toda pérdida o ganancia patrimonial derivada de transmisiones independiente del periodo en que se generen van a la base imponible del ahorro.
Muchas gracias por contestar tan rápido.