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La regla de los dos meses, minusvalias

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La regla de los dos meses, minusvalias
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La regla de los dos meses, minusvalias
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#41

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Sí. Todo lo que se venda a partir del 1 de enero de 2015 (sea de más de un año o de menos) tributará en la parte del ahorro del IRPF, como las minusvalías de período de generación de más de un año pendientes de los ejercicios 2012, 2013 y 2014.

Sin embargo, esas ventas no podrán compensarse con las minusvalías pendientes de esos ejercicios cuyo período de generación haya sido inferior a un año, ya que éstas han tributado en la parte general del impuesto.

#42

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Bufff vaya cacao !!

A ver, yo vendí en 2012 unas acciones con una minusvalia de 9000 euros.
volví a comprar acciones en 2012 y he decidido vender la cartera este mes de enero. Todas tienen mas de un año evidentemente.

Mi pregunta es: ¿si vendo toda la cartera con plusvalias y vuelvo a comprar al dia siguiente acciones de la misma empresa, ¿podria compensar esas minusvalias de 2012 con la venta de este mes? ¿Influye si compro acciones otra vez al dia siguiente? Gracias

#43

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Una venta con plusvalías nunca está sujeta a la regla de los dos meses. Por lo tanto, la respuesta a las dos preguntas es que sí se pueden compensar las minusvalías de 2012 con estas plusvalías y que no pasa nada por comprar las acciones al día siguiente.

El problema aparece si la venta es con minusvalías. Entonces es cuando hay que ver las operaciones realizadas con el mismo valor en los dos meses anteriores y posteriores por si alguna de ellas pudiera suponer una recompra. En el caso expuesto, si esa venta de enero de 2014 es con minusvalías, cualquier compra realizada al día siguiente supone una recompra de acciones que bloquearía toda o parte de la minusvalía, dependiendo de la cantidad de acciones intervinientes en cada operación.

Saludos.

#44

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Gracias por la respuesta.

#45

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Duda con la regla de los 2 meses:

-Quedamos en que acciones de una empresa que empezamos el año con 0 y acabamos con 0, no pasa nada.
-Empresa que hemos tenido plusvalía en diferentes operaciones en el año (en global), vendemos todo. Y antes de fin de año compramos. ¿Las minusválias de estas operaciones no se pueden compensar?

Os agradezco que me dijéseis algo sobre esto. Gracias.

#46

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Yo lo que no sey pido ayuda por eso, es en que casillas van los dividendo con la regla de los 2 meses cumplidas y en que casilla van las que no lo cumplen.

estoy con el progama padre para presentar la renta del 2014 y no me aclaro.

muchas graciasa

#47

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

antpiztal, te comento:

- A lo primero, correcto. Es así.
- A lo segundo, pues depende. ¿De qué? De las fechas. No se podrán compensar aquéllas minusvalías procedentes de ventas de acciones que hayan sido recompradas. ¿Y qué acciones han sido recompradas? Pues si, como dices, vendes todo hacia el final de año (pongamos el 3 de diciembre), ese día puedes compensar todas las minusvalías que hayas tenido. Si después haces una compra antes de final de año del mismo valor (pongamos el 21 de diciembre), tendrás dos posibilidades:

1. Que no tengas ninguna venta con minusvalías en los dos meses anteriores a esa compra, lo que significa que sigues pudiendo compensar todas las minusvalías del año. Si la última venta con pérdidas fue el 10 de octubre, por ejemplo, eres libre de compensar todo lo que puedas. Es importante recordar que la regla de los dos meses se aplica a las ventas con pérdidas, no a las que tengan ganancias.

2. Que sí tengas alguna venta con minusvalías en los dos meses anteriores a esa compra, en cuyo caso todas las acciones que compres se consideran recompra y bloquean total o parcialmente las minusvalías que tengas en ese plazo. Cuánta minusvalía queda bloqueada dependerá del número de acciones bloqueadas. Habría que ver los casos concretos.

Mira este hilo del foro de Invertirenbolsa (http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?8685-%BFCumplo-o-no-cumplo-la-regla-de-los-dos-meses&p=121102#post121102) que plantea un caso parecido.

Un saludo.

#48

Re: La regla de los dos meses, minusvalias

Las casillas para declarar las ventas de acciones son las mismas (apartado G2, casilla 278 para las de menos de un año y apartado G3 casilla 319 para las de más de un año), sólo que para las que no puedan compensarse hay que activar la casilla que dice "No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos".

En el hilo que comento en el mensaje anterior se indica también cómo proceder en caso de tener minusvalías parcialmente bloqueadas.

Saludos.