Acceder

IRPF venta de corcho

16 respuestas
IRPF venta de corcho
IRPF venta de corcho
Página
1 / 3
#1

IRPF venta de corcho

Hola a todos tengo unas dudas:
El año pasado vendi corcho de una propiedad que tengo en extremadura, haciendo la declaracion me han surgido unas dudas:
1.-En el certificado de retenciones de la empresa que me lo compro vienen el ingreso integro y las retenciones precticadas (IRPF) , pero no figura la compensacion agraria del 10% que recibi ¿tengo que añadirla al importe integrego?
2.-La venta de corcho es cada nueve años (es decir que hasta dentro de 9 años no podre volver a vender) la ultima vez fue hace 9 años, ¿Puedo meter la reduccion en la casilla 193 de reduccion del 40%? ,¿sobre que importe aplico la reduccion, de la casilla 192? .
3.-ultima duda, para la recoleccion del corcho contrate una empresa que me facturo un dinero ¿Donde meto ese importe?

#2

Re: IRPF venta de corcho

1. Sí.

2. Bajo mi punto de vista, no es posible la reducción:

Artículo 32 Reducciones.
(...)
No resultará de aplicación esta reducción a aquellos rendimientos que, aún cuando individualmente pudieran derivar de actuaciones desarrolladas a lo largo de un período que cumpliera los requisitos anteriormente indicados, procedan del ejercicio de una actividad económica que de forma regular o habitual obtenga este tipo de rendimientos.
Fuente: Ley IRPF.

3. En ningún sitio, por ser una actividad sometida a estimación objetiva.

Saludos.

#3

Re: IRPF venta de corcho

Muchas gracias por reponderme, la unica cuestion seria el 2º punto "la Reducción" ya que la venta de corcho no es mi actividad principal.

#4

Re: IRPF venta de corcho

La reducción, bajo mi punto de vista, estaría indicada cuando se obtengan rendimientos de:

a) Las subvenciones de capital para la adquisición de elementos del inmovilizado no amortizables.
b) Las indemnizaciones y ayudas por cese de actividades económicas.
c) Las indemnizaciones percibidas en sustitución de derechos económicos de duración indefinida.

Como se especifica en Guía de la Declaración de Renta 2012 página 67 de la Agencia Tributaria.

Saludos.

#5

Re: IRPF venta de corcho

Una ultima duda y perdona que sea tan pesado
¿La actividad enaria englosada en "Actividades foerestales con un periodo medio de corta superior a 30 años?

Muchisimas gracias

#6

Re: IRPF venta de corcho

Si como dices, la actividad es cada 9 años, en mi opinión: Actividades forestales con un "período medio de corta" igual o inferior a 30 años.

Saludos.

#7

Re: IRPF venta de corcho

Etoy perdido ya que Em las Explotaciones forestales figura el alcornoque como especie arborea con periodo medio de corta de SUPERIOR a 30 años

#8

Re: IRPF venta de corcho

El alcornoque, "Quercus suber", en tanto que arbol maderable, tiene un perido de crecimiento lento, como todos los individuos del género Quercus (encinas, robles, coscojas...).

Lo que sí hace el "Q. suber" es fabricar muy deprisa (en términos de velocidad arbórea) nueva piel, o corteza, una vez los despojas de la anterior.

Tú no estás haciendo un aprovechamiento maderable con corta de los árboles. Así que no es de aplicación en tu caso lo de periodo superior a 30 años.
Es como si un propietario de encinares, por el aprovechamiento bellotero de arrendarlo para una piara de cerdos, pretendiese acogerse a que el "Q. ilex" (encina) es una especie arbórea con periodo medio superior a 30 años, que lo es, pero para aprovechamientos maderables.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!