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Tratamiento fiscal de los ingresos de una comunidad de propietarios - declaración de la renta

2 respuestas
Tratamiento fiscal de los ingresos de una comunidad de propietarios - declaración de la renta
Tratamiento fiscal de los ingresos de una comunidad de propietarios - declaración de la renta
#1

Tratamiento fiscal de los ingresos de una comunidad de propietarios - declaración de la renta

Una finca que se ha tenido que rehabilitar y ha costado unos 800.000€ que ha sido sufragado por la comunidad que a su vez para reducir el impacto entre los vecinos ha vendido el terrado comunitario para construir un ático lo que ha supuesto un ingreso para la comunidad de 400.000€.
Mi duda es si cada vecino tiene que declarar su parte de estos 400.000€ como incremento de patrimonio e incluirlo en la declaración de la renta.
¿Como se considera cuando una comunidad recibe ingresos como por ejemplo esta venta o alquilar una portería,colocar una antena,poner publicidad etc cada vecino ha de declararlo como ingreso o se trata como un ingreso comunitario como por ejemplo los intereses de la cuenta de de la comunidad ( que yo recuerde no se contabilizan por propietario en la renta)?.Cracias

#2

Re: Tratamiento fiscal de los ingresos de una comunidad de propietarios - declaración de la renta

Se trata de una alteración en la composición del patrimonio del contribuyente.

Evidentemente, lo legal es declararlo individualmente cada comunero o copropietario en su declaración individual, ya que la comunidad de propietarios es una entidad en atribución de rentas, y no está sujeta al IS o al IRPF.

Mediante esta operación se alteran los coeficientes de participación en la copropiedad.
Teneis unos coeficientes presentes, y en el momento en que se realice el nuevo vuelo, habrán unos coeficientes futuros, inferiores para cada uno de los actuales codueños.

Sobre el valor de transmisión, la parte proporcional que a cada codueño le corresponda según participación "actual" le corresponda.
Sobre valor de adquisición, la que cada uno tenga en la adquisición de su vivienda, en la parte proporcional que corresponda.
Si un vecino tiene un 4,51 % de coeficiente, y posterior al nuevo vuelo pasará a tener un 4,35 %, resulta que ha transmitido un 0,16 %.
Ese 0,16 % es un 3,55 % de su actual propiedad (0,16 / 4,51 = 0,0355).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Tratamiento fiscal de los ingresos de una comunidad de propietarios - declaración de la renta

muchas gracias