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Empresa en UK

25 respuestas
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#9

Re: Empresa en UK

Gracias, pero lo tengo muy claro.

Uno de los servicios para llevar la contabilidad online es el siguiente, para quien esté interesado: http://www.crunch.co.uk/

Después también tienes http://www.kashflow.com/

Como dije, a nivel técnico de informática, Hacienda no tiene nada que hacer. Para la conexión a tu servidor, usa un servidor anónimo que no esté en la U.E., ni USA, Canadá, Australia, o sea fuera de países "amigos" de USA o de la U.E. Si quieres mayor seguridad, usa un sistema operativo (Linux o FreeBSD) modificado por tí para no dejar huellas, desde VirtualBox.

Luego, aunque tengas una director nominativo, nunca olvides que cualquier gestión de tu compañía la debes hacer fuera del territorio español, pero no te preocupes porque todos esos gastos (vuelo, hotel, traslado, comida) lo puedes deducir de los impuestos que pagues en UK.

Y por último, no seas tan avaricioso, una vez que ganes suficiente, contratas a un gestor para las operaciones de la compañía, y a un administrador, siempre fuera de España para que la compañía siga siendo fiscalmente británica.

#10

Re: Empresa en UK

Una cosa es que Hacienda no se de cuenta de lo que haces y otra que sea ilegal lo que haces.

Te cuento mi experiencia ya que es un camino que he recorrido tanto yo como varios de mis clientes. Ya te he advertido de los problemas.

Esos dos servicios que pones tienen servicios de screening, lo que significa que verificarán tu credit ranking antes de hacer nada y pedirán/enviarán tu información a las autoridades correspondientes (HRMC, Experian o con quien trabajen, etc).

Preguntabas al principio "Alguien me podría decir si con todo eso la hacienda española podría considerar mi residencia fiscal como la de España".

Te respondo de nuevo que si, aportándote los siguientes datos:

Residente fiscal físico (IRPF):

- Si vives más de 183 días al año y/o no justificas tu estancia en el extranjero.
- Si tu cónyuge/hijos viven en España.
- Que radique en España el núcleo principal o la base de tus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.

Por lo que comentas, vas a vivir en España, así que tu residencia fiscal a nivel personal es España. Eso es incuestionable.

Residencia jurídica (sociedades):

- El domicilio fiscal de las personas jurídicas y entidades residentes en territorio español será el de su domicilio social, siempre que en él esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección. En los supuestos en que no pueda establecerse el lugar del domicilio fiscal, de acuerdo con los criterios anteriores, prevalecerá aquél donde radique el mayor valor del inmovilizado.

Con lo que exponías en tu primer post:
"+ la sociedad tendría un domicilio fiscal en el Reino Unido "

Una cosa es el domicilio fiscal y otro el físico, según la LGT como tu eres quién controlas la sociedad y es desde España desde dónde la operas y te relacionas con tus clientes (no tu director nominativo), el domicilio fiscal es España. Quien realiza las gestiones administrativas eres tu, no tu director nominativo de paja.

"+ la correspondencia se recibiría allí"

Es irrelevante en términos de residencia fiscal.

"+ utilizaría un director nominativo residente en UK, y las reuniones de las juntas se harían en territorio británico "

Testaferro o hombre de paja, un clásico en hacienda.

"+ la publicidad no estaría dirigida (exclusivamente) a los usuarios de mi país actual de residencia (España)"

Irrelevante cuando se trata de empresas operadas por una sóla persona desde aquí.

"+ y los servidores estarían situados en el Reino Unido."

Más de lo mismo. Dónde estén los medios de producción no importa para empresas pequeñas.

Por otra parte, para casos de fraude o delitos fiscales importantes, la AEAT no es tonta y acabará sabiéndolo todo, bien investigando de dónde provienen tus bienes, o quién ha comprado los servidores, o dónde están tus activos, o a nombre de quién están las cuentas del banco y quién hace las transferencias.

Si crees que no estoy en lo cierto o dudas de mis afirmaciones y quieres una segunda opinión te aconsejo que acudas a un asesor fiscal, tanto Español como Inglés, porque cada sistema fiscal es ligeramente distinto (aunque la legislación en materia de residencia fiscal suele ser común entre países).

No obstante, si lo tienes tan claro, adelante.

#11

Re: Empresa en UK

Sin riesgo no hay gloria. Ellos son los primeros mangantes de este país así que si para ser completamente independiente me tengo que arriesgar un poco pues no lo voy a dudar ni por un instante.

El delito fiscal es a partir de 120.000 euros aproximadamente. De todas formas lo que haré es acumular dinero hasta tener 30 o 50 mil, y cuando tenga un flujo de dinero estable entonces contrataré al gestor de la compañía y luego ya me asigno el sueldo, así hacienda ya no podrá hacer nada en caso de que me investiguen.

#12

Re: Empresa en UK

Los criterios sobre residencia fiscal, y por tanto, el lugar donde tú debes tributar (o no) por tu renta, son sencillos:

En primerísimo lugar (criterio Sánchez-Vicario, Arantxa), para dejar de ser residente fiscal español, debes acreditar que has consolidado la residencia fiscal en otro lugar, UK, Irlanda, Lienchtenstein, Caiman, o lo que prefieras. Pero si no logras acreditar que "ya eres de allí", sigues "siendo de aquí".

Una vez con acreditantes suficientes, en caso de dudas razonables entra en juego el segundo criterio, "el centro de intereses vitales".
Si de facto pasas a ser un empresario inglés, con empresa domicliliada en UK, gestionada en UK, que liquida impuestos en UK, servidores allí o en otro lugar, mercado anglosajón,..., pero sigues viviendo aquí, entonces se aplican los criterios de centro de intereses vitales:
Lugar efectivo de residencia, domicilio de la familia, mayor periodo de tiempo, etc etc.

Seguramente tal como lo describes, tu empresa sería legalmente inglesa, pero tú posiblemente siguieses siendo legalmente residente fiscal español.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#13

Re: Empresa en UK

Cachilipox, tú estás hablando sobre fiscalidad a una entidad física (una persona) pero aquí se estaba hablando sobre la fiscalidad de una entidad jurídica (una compañía).

La fiscalidad a una entidad física la tengo muy clara y con esa no voy a jugar. Para mí será más fácil fijar mi residencia fiscal (cuando lo cree oportuno) en un país con mejores condiciones, ya no solamente fiscales, sino con una menor corrupción, mejor calidad de vida, y esencialmente con futuro.

#14

Re: Empresa en UK

Sí, claro.
Tal como la perfilas, queda bastante claro que la empresa en sí, será una empresa británica. Y eso no es ningún problema. Gran Bretaña está llena de empresas, y muchas de ellas prestan servicios en España.
Por la parte de negocio que se entienda realizada en España (beneficiario aquí), deberás tributar aquí, seguramente mediante el INRN, y por el resto del negocio mundial, ya será tema con la hacienda británica.

Naturalmente, al ser un negocio de base virtual, disponiendo de los medios técnicos es bastante fácil ocultar o falsear los datos declarados de actividad española.

El asunto es luego, una vez ya obtenido el beneficio, que éste aun está en la empresa, no en tu bolsillo. Y en algún momento y de alguna manera, este beneficio deberá pasar de la empresa a ti, sea mediante sueldo, dividendos, o como sea.
Y ahí es donde va mi reflexión. Por mucho que tu empresa sea británica, y oculta al fisco español, tú por ahora sigues siendo residente español, y sujeto a la fiscalidad española.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#15

Re: Empresa en UK

De acuerdo, gracias Cachilipox.

Pero yo tendré suficiente con un sueldo de unos 2 mil euros, resida aquí o en otro país, al menos durante los primeros años de la compañía. Yo no necesito fardar de nada como el típico empresario español que lo primero que hace es compararse un cochazo durante los primeros años de vida de su compañía; yo en cambio prefiero seguir el modelo empresario alemán y ser lo más austero posible para poder crecer e invertir casi todo el dinero que genere en nuevas compañías, ya que tengo muchas ideas.

#16

Re: Empresa en UK

Yo incluso diría que si puedes no ponerte ningún sueldo al principio mejor que mejor, date un dividendo al final de año por el importe del sueldo que preveas y evita que tengan un indicio de que la actividad la haces tú como único empleado de la compañía o como el máximo responsable de la misma. Creo que efectivamente lo que han dicho en este foro es correcto, has de asumir un riesgo de consideración de la empresa como residente fiscal y por tanto tener que tributar aquí pero vamos que efectivamente todas las actuaciones tendentes a no evidenciar que la dirección efectiva está en España puede implicar primero que nadie se plantee ese tema y segundo que en caso de que por mala suerte tengas una inspección en España tengan mas dificultades para justificar que dicha dirección se está realizando desde aquí.

Cuando hablas de director nominativo yo hablaría sobretodo de administrador nominativo, no vayas a poner a alguien de director gerente y que constes tú como administrador y socio único por que entonces puedes tener el problema, si asumes el concepto de testaferro hazlo bien (ya no digo que le pongas de socio único)

Un saludo