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Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler

4 respuestas
Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler
Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler
#1

Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler

Buenos días,

La mediana de mis hermanas  tiene un negocio de peluquería en el bajo de la vivienda familiar, por el que no paga renta ni alquiler alguno. El inmueble (vivienda y bajo)  es prácticamente  el único bien de  la pequeña herencia de mis padres. Aunque hemos conseguido hacer la declaración de herederos, no podemos hacer el reparto.  Todo es de todas, y de ninguna, claro. Mi hermana se niega a cesar en la actividad económica y dejar el local libre.

Voy a la cuestión que  quiero plantear:   ¿Estaría mi hermana obligada a informar  en su declaración de  la renta una ganancia extra ( puesto que hay una actividad económica  de la que se lucra, sin pagar alquiler de local).  ¿Sería este extra de gratuidad, una donación  (no consentida) a declarar a la Comunidad Autónoma, entre hermanas?. ¿Esta situación puede repercutir en nuestra propia declaración de la Renta (sin tener beneficio alguno)?

¿Existe alguna norma fiscal, económica o reglamentaria que limite o sancione  esta posición de privilegio que mi hermana ostenta  mientras nosotras tenemos que pagar nuestros correspondientes impuestos?.¿Se me escapa alguna norma  del IAE que pueda  limitar su actividad económica?

Lo que más me choca, desde  que estoy tratando de aclarar esta situación es la cantidad de casos que me cuentan, muy similares, con pisos, viviendas, tierras de labor….?   Es casi imposible hacer nada administrativamente….

Muchas gracias

#2

Re: Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler

a.- Respecto de la actividad económica en sí, no podeis hacer nada, pues ese negocio es de ella y solo de ella.

b.- Respecto del uso de dicho local como inmueble afecto a una actividad, para ella, que es propietaria, pasa a ser un bien de inversión, que no genera imputación de rentas, y en cambio le genera amortizaciones. Para el resto, es un inmueble a disposición o cedido a familiares, que genera una imputación de rentas.

c.- Obviamente el testamento y su reparto, si no estaba mál redactado, no es impugnable. Cosa diferente es tener que soportar indefinidamente lo de la copropiedad. Salvo que estuviese establecido por disposición testamentaria, no hay obligación de soportar esa copropiedad. Si no hay un acuerdo entre copropietarios, siempre queda lo de hacer la división de cosa común, y vender en subasta.

(Habría que estudiar si lo que se ha heredado es solo el local como tal, o la titularidad del negocio ya era los padres, y la hermana solo sucedió en su gestión. Pero eso es otro debate)

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler

Muchas gracias por la respuesta.

No entiendo como puedo demostrar que no es una cesión voluntaria. Me parece una aberración, que sin titulo de propiedad, pase  a generarle amortizaciones y a nosotras imputación de rentas. Supongo que para rendir cuentas a hacienda necesitas una serie de documentación que la administración no está reclamando

En principio el bien en cuestión es el local, el negocio es de ella. Pero mi perplejidad es que pueda desempeñar alli el negocio sin título, ni contrato y pueda llevar a  cabo amortizaciones.

Muchas gracias, una vez más

#4

Re: Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler

Creo que lo mejor es que las demás herederas le digáis a tu hermana que negocie un acuerdo aceptable para todas. Si se niega, decidle que vais a pedir la subasta judicial del local.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Fiscalidad/ control adminitrastivo de un local comercial de herencia que no paga alquiler

El "título" actual es la propiedad adquirida por sucesión hereditaria.

Anteriormente si ella asumía algún pago o coste económico, se podría entender que había un acuerdo verbal de cesión. Si ella no pagaba nada de nada, entonces la ley dice que era un mero precario.

Puede que su título sea imperfecto o parcial, pero el asunto es ¿alguien tiene un mejor título que ella, y además, se ve perjudicado por su actividad de peluquería?

 

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