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Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

18 respuestas
Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta
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Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta
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#1

Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Hola buenos dias, debido a un accidente laboral me han declarado la incapacidad total, conviertiendome en pensionista de la Seguridad Social, el seguro de la empresa me ha ingresado una cantidad en concepto de indemnizacion por ser declarado pensionista derivado del acidente de trabajo.....debo incluir esa indemnizacion en el actual IRPF del año 2017.

Gracias

#2

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Yo no sé cómo estará ahora la cosa, creo que no ha cambiado, pero tuve un accidente (de tráfico) en 1994 y no declaré la indemnización.

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1652080-retenciones-por-indemnizacion-accidente-laboral

Según lecturas posteriores no veo que haya que declarar por ese concepto. Muchas indemnizaciones no tributan pero espero que alguien me lo confirme o desmienta, a posteriori.

Un saludo.

#3

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Hola gracias por tu informacion, efectivamente yo tambien tengo entendido que las indemnizaciones por acc. de trafico no tributa, pero no lo tengo claro en mi pregunta sobre las de accidente laboral provenientes del seguro de la empres....asi que esperamos que alguien nos aclare las dudas. 

Gracias

 

#4

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Te he enviado enlace donde se habla de las indemnizaciones de origen laboral.

Aun así, espera otras respuestas.

Saludos

#5

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Aquí te lo explica Hacienda:

Pregunta

  • ¿Está exenta la indemnización percibida por los daños sufridos en accidente laboral por un trabajador, satisfecha por la entidad aseguradora con la que tiene contratado un seguro la empresa?

Respuesta

  • Si la indemnización se recibe como consecuencia de daños personales en un accidente, para la aplicación de la exención es indiferente que el contrato de seguro sea individual o colectivo.

    Sin embargo para que la indemnización esté exenta será necesario que las primas del contrato de seguro no hubieran podido ser consideradas como gasto deducible ni hubieran podido reducir la base imponible. Además, se limita el importe de la exención a la cuantía fijada para el daño sufrido en el anexo de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Normativa/Doctrina

  • Apartado 7 d) Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
  • Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0687 - 05 , de 25 de abril de 2005
  • DGT V0991-09 de 07/05; y V1718-09 de 21/07.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Muchas gracias, pero sinceramente, no me entero de lo q indica hacienda,....si me puedes resumir y hacérmelo mas entendible te lo agradeceria. Gracias

#7

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Está exenta hasta el importe fijado por la ley para los accidentes de tráfico.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Pido disculpas porque el iniciador de este hilo NO mencionó desde el principio accidente de tráfico, fui yo. Y veo que las subsiguientes respuestas se centran en esto, dando por hecho que fue así y él no ha mencionado nada en ese aspecto.

Dicho esto:

Tuve un accidente de tráfico volviendo del trabajo y se consideró "in itinere" pero, vamos, sería interesante que aclarase si fue "extrictamente" laboral, o de tráfico yendo o volviendo a/del trabajo.

Un saludo

#9

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

De nuevo muchas gracias...ya lo he entendido pero como comparar una cosa con otra, pues el accidente fue un infarto en horas de trabajo y por el cual quedó incapacitado para toda profesion, entonces la comparación con la indemnización con un accidente de trabajo, no sabría compararla

#10

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Gracias a ti por la aclaración. Ya solo queda esperar a que se te responda en función del tipo de accidente laboral excluyendo el tema de tráfico. No procede comparar.

Mi padre tuvo un ictus a la vuelta del trabajo y fue considerado accidente laboral y quedó incapacitado plenamente para trabajar.

Era médico y ya no eran fiables sus diagnósticos.

Cobró un seguro y no tuvo que declarar nada, sin topes (ni máx. ni min.)

Me daba la sensación de que no te estábamos orientando mucho por mi culpa.

Un saludo

#11

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Joder, me qdao mas trankilo, creo q no me exprese correctamnte y de ahi la confusion...el caso es muy similar, la diferencia q fue en el centro de trabajo...gracias y espero la confirmación definitiva de alguno de vosotros q sois los entendidos en la materia para estar trankilo...gracias

#12

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

creo que lo correcto es lo que expresa Juan Lackland en el comentario 5 del hilo: si has cobrado de un contrato de seguro colectivo, donde las  primas no hayan servido para reducir la base imponible o ser consideradas gasto deducible (que entiendo es lo típico en los seguros colectivos de empresa, que no te imputen nada), está exenta la parte de la indemnización que no exceda para los daños que hayas sufrido lo que marca el baremo que existe accidentes de motor (de ahí la confusión con los accidentes de tráfico), ya que entiendo que no has recibido la indemnización por sentencia judicial (en cuyo caso estaría exenta totalmente).

El exceso sería una ganancia patrimonial no derivada de transmisiones a integrar en la base general del IRPF.

Así lo indica la Dirección General de Tributos en distintas consultas:

http://petete.minhafp.gob.es/consultas/?num_consulta=V1196-16

"

El consultante a resultas de un accidente laboral sufrido en 2013 ha sido declarado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social afecto a la situación de incapacidad permanente total.

Ha recibido una indemnización de 25.000 euros del seguro de accidentes previsto en convenio colectivo.

"

dicha indemnización le ampara la exención prevista en el artículo 7.d) de la Ley del Impuesto, hasta el importe que resulte de aplicar, para el daño sufrido, el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación "

En este BOE puedes encontrar las tablas actuales para calcular las cantidades exentas según los daños/lesiones, bastante complejo:

http://www.boe.es/boe/dias/2015/09/23/pdfs/BOE-A-2015-10197.pdf

La patronal de las aseguradoras parece que tiene una herramienta que funciona en Google Chrome para realizar los cálculos, no sé cómo será de sencillo usarla:

http://www.unespa.es/convenios/herramienta-calculo-indemnizaciones-victimas-accidentes-circulacion/

 

Otra confusión posible en este tema es que a veces la indemnización se recibe porque está contemplada en un convenio colectivo, pero no se demuestra que se ha recibido a través de un contrato de seguro suscrito por la empresa, como comentaba el forero harko en este hilo antiguo:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/751071-irpf-indemnizacion-por-accidente-trabajo#respuesta_751084

En tal caso, Hacienda considera que toda la indemnización es un rendimiento del trabajo con derecho a reducción del 30%.

Por tanto, tienes que valorar cuál es tu caso, y si realmente era un seguro contratado por la empresa, guardar documentación que sirva como prueba.

#13

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

Gracias de nuevo a todos por vuestra respuestas, pero cada vez me lio mas...os dejo toda la informacion punto por punto por si os es mas facil ayudarme, tal vez la culpa es mia por no ser del todo claro en mi informacion.

1º.- trabajador por cuenta ajena y personal laboral de la Junta de Andalucia

2º.- Sufro infarto en horas de trabajo,  es considerado como accidente de trabajo

3º.- La Seguridad Social por resolucion de ésta, me incapacita para toda clse de profesion derivado de las secuelas del infarto

4º.- Los trabajadores tenemos un seguro colectivo de accidentes para el personal al servicio de la Junta de Andalucia suscrito por  con Generali, (los trabajadores no pagamos ninguna prima por suscribir éste seguro), para que en el caso de incapacidad absoluta, incapacidad total o gran invalidez como consecuencia de accidente de trabajo, el seguro establece una cantidad de 49.026,36€

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/emp-detail-.html?p=/Categorias_Principales/&s=/Categorias_Principales/Tramites_Laborales/Ayudas_Accion_Social/&c=96632

Espero que con estos datos os sea mas facil facilitarme  la respuesta mas concreta....muchas gracias y os pido disculpas por el tiempo que os hago perder por no entender alguna terminologia administrativa.

Gracias

#14

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

entonces estás en el caso de haber cobrado la indemnización de un seguro, por tanto está exenta la cantidad que corresponde a tu situación (días de baja, secuelas...) según el baremo publicado en el BOE que indiqué en el anterior comentario (esas cantidades se van actualizando con el índice de revalorización de pensiones, que como ha sido una miseria desde la fecha del BOE, no variarán mucho).

Los cálculos me parecen bastante complejos -!!el documento tiene más de 500 hojas!! (se asignan puntos, cada punto corresponde a una cantidad en euros según la edad,gravedad de las lesiones...) y si quieres hilar fino, probablemente necesites la ayuda de un profesional experto en valoración de indemnizaciones de accidentes de tráfico y laborales para que te lo calcule.

En este sitio web, que son expertos en reclamaciones de indemnizaciones, te lo cuentan en más detalle con varios casos:

https://indemnizacionporaccidente.com/calculadora-indemnizacion-accidente/

 

Puedes intentar calcularlo tú con la calculadora de Unespa que te he copiado arriba o alguna otra que hay online,o también puedes tirar ahora por la calle del medio y considerar que la indemnización está exenta, si te llama Hacienda para justificar la exención de toda la cantidad, entonces sí necesitarás presentar los cálculos del baremo.

 

#15

Re: Indemnizacion accidente de trabajo, hay que declararlo en IRPF? - Declaración de la Renta

OK....muchisimas gracias y tirare por la calle de enmedio, interpreto lo mismo que vosotros que estoy exento, si me llaman pues lo aclararemos.....muchisimas gracias