Re: Compensacion pérdidas ejercicios futuros - Compensación de pérdidas
En primer lugar no se puede retener menos que lo determinado por la AEAT en funcion del tipo de contrato, situacion familiar y salario bruto anual.
En segundo lugar las compensaciones de perdidas patrimoniales, solo se compensan con otras ganancias patroniales por las ventas de activos o con el 25% de los Rendimientos del Capital , no interviene para nada las retenciones mayores o menores que el contribuyente pueda tener.
Saludos
Re: Compensacion pérdidas ejercicios futuros - Compensación de pérdidas
Re: Compensacion pérdidas ejercicios futuros - Compensación de pérdidas
Re: Compensacion pérdidas ejercicios futuros - Compensación de pérdidas
Buenos días, al hilo de lo que contestas te quiero hacer 1pregunta. En mi caso vendí 1 vivienda en 2014,arrastro las pérdidas patrimoniales de la transmisión sin compensar, este año es el último que tengo para compensarlas y me surge 1 duda. Si solo tengo ingresos de "rendimientos de trabajo" ¿puedo compensar las pérdidas de alguna forma?