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Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

117 respuestas
Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital
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Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital
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Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Wenas. Esta en el Real Decreto 789/2022, de 27 de septiembre para el que quiera leerlo. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-15764

La trampa de todo esto es que no se aplica a los ingresos del trabajo sino al INCREMENTO de los ingresos del trabajo. Es complejo y por lo que he entendido es la diferencia entre los ingresos de 2022 y 2021. El porcentaje exento dependera de si has trabajado en 2021 y de si hay menores en la unidad de convivencia. Porque recuerdo que llevan casi un año de retraso y la fecha de efectos es enero de 2023 en la proxima actualizacion que es segun ingresos de 2022, de ahi que haya atrasos o devoluciones. Como no hayas trabajado en 2021 y hayas trabajado en 2022 ese incremento puede ser importante y si has trabajado en 2021 el porcentaje exento probablemente sera sobre una cantidad pequeña. El que quiera calcularlo esta en el anexo III.
Si @laUnlucky22 quiere añadir algo...

ANEXO III

Tramos y porcentajes


Los tramos a que se refiere el artículo 4 para la determinación del importe de la renta exenta son los siguientes:

a) Tramo 1: El importe de los incrementos de los ingresos previstos en el artículo 3 hasta una cuantía igual al 60 % de la renta garantizada de la unidad de convivencia, se excluirá en un 100 % del cómputo para el cálculo del ingreso mínimo vital.

b) Tramo 2: Al importe de los incrementos de los ingresos previstos en el artículo 3 que supere la cuantía máxima del tramo 1, y hasta la cuantía de dicha renta garantizada, le será aplicado un porcentaje que dependerá de la inclusión o no de ingresos procedentes del trabajo o de la actividad por cuenta propia en el ejercicio fiscal previo al ejercicio fiscal anterior al año de la revisión, de la situación de la persona beneficiaria en función de que se integre o no en una unidad de convivencia, y de la composición de la unidad de convivencia.

Cuando el ejercicio fiscal previo al ejercicio fiscal anterior al año de la revisión no incluya ingresos procedentes del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia para ninguna de las personas en la unidad de convivencia, le será aplicado el siguiente porcentaje:

1.ª En el supuesto de personas beneficiarias individuales o en el de unidades de convivencia compuestas exclusivamente por personas adultas, el porcentaje de exención será del 30 por ciento salvo en el caso de que se les aplique el complemento de discapacidad en el ingreso mínimo vital.

2.ª En el supuesto de unidades de convivencia compuestas por más de una persona adulta con uno o varios menores a cargo, el porcentaje de exención será del 35 por ciento, salvo en el caso de unidades de convivencia a las que se les aplica el complemento de discapacidad en el ingreso mínimo vital.

3.ª En el caso de unidades de convivencia compuestas por una persona adulta con uno o varios menores a cargo o en el supuesto de personas beneficiarias individuales o unidades de convivencia a las que se les aplica el complemento de discapacidad en el ingreso mínimo vital, el porcentaje de exención será del 40 por ciento.

Cuando en el ejercicio fiscal previo al ejercicio fiscal anterior al año de la revisión incluya ingresos procedentes del trabajo o de la actividad económica por cuenta propia para alguna de las personas en la unidad de convivencia, le será aplicado el siguiente porcentaje:

1.ª El porcentaje de exención será del 20 por ciento, en el supuesto de personas beneficiarias individuales o en el de unidades de convivencia compuestas exclusivamente por personas adultas.

2.ª En el caso de unidades de convivencia compuestas por más de una persona adulta con uno o varios menores a cargo, el porcentaje de exención será del 25 por ciento.

3.ª En el caso de unidades de convivencia compuestas por una persona adulta con uno o varios menores a cargo, el porcentaje de exención será del 30 por ciento.

El resultado de aplicar el porcentaje correspondiente al importe al que se refiere este tramo 2, se excluirá del cómputo para el cálculo de la prestación del ingreso mínimo vital.

c) Tramo 3: El importe de los incrementos de los ingresos previstos en el artículo 3 que supere la cuantía de la renta garantizada de la unidad de convivencia, no se excluirá del cómputo para el cálculo del ingreso mínimo vital.


 

#2

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Si está claro que cuando no tienen prisa alguna en "montar" y enseñarnos el famoso simulador de su funcionamiento que tanto cacareaban es porque tiene más trampas que un chino el sistema
Eso decian en SEPTIEMBRE 2022 https://revista.seg-social.es/-/20220927-incentivo-empleo
Eso decian en SEPTIEMBRE 2022 https://revista.seg-social.es/-/20220927-incentivo-empleo
#3

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Yo creo q es porque ni ellos mismos lo tienen claro... después pasará como las ayudas al alquiler, que se supone no computan pero después tracatrá. Vamos a ver si en este año ponen el famoso simulador.
#4

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Yo no contaría con el simulador en un futuro cercano. No hasta después de las elecciones 😉
#5

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Es una vergüenza.  Por eso dicen que lo aplicarán de oficio, para no pillarse los dedos. Con lo fácil que es ser transparente y lo bien que iría todo.
#6

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

exacto, no quieren pillarse los dedos, van a hacer lo que les de la gana....despues reclama, y esperate un año, y esperate que mientras reclamas no te la paralicen
#7

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Hola Doggie.

Mis disculpas anticipadas por las molestias, pero es que soy bastante ignorante y no me entero bien de este tema. 

Yo soy beneficiaria del imv, soy una persona sola. En 2021 y 2022 no he tenido ningún ingreso de trabajo ni de otro tipo de actividad. Ahora en 2023 tengo la posibilidad de un contrato de formación por seis meses, que me supondrían unos ingresos de unos 5800€. 

¿Como debería calcular la exención? No me aclaro sobre que cantidades debo tener en cuenta para calcularlo, o cual es la renta mínima en mi caso sobre la que se calcularia la exención. Vamos, que no me entero de nada. 

Agradezco de antemano tu respuesta y la de cualquiera que me pueda ayudar. Muchas gracias y un saludo. 
#8

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Ey wenas. Pos no te afectaria en la proxima actualizacion, ya seria pal año siguiente o sea 2024. Y tendrias que restar los ingresos de 2022 a los de 2023, sobre ese incremento se calcularia la exencion y se aplicaria a la renta garantizada de ese año. Pero aun ni siquiera has tenido esos ingresos y con el ingreso misero hay que ir dia a dia, yo muchas veces miro con miedo el banco a ver si me lo han ingresao.
#9

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

El problema de reclamar algo así es que tú debes demostrar "que sus cuentas" están mal, aplicando tú (o tu abogado) en la reclamación el sistema de cálculo de incentivos tan turbio y farragoso que han legislado para acreditar y demostrar "que sus cuentas" están mal y "las tuyas" son las correctas, con la vicisitud de que cualquier error "en tus cuentas resultantes" (aunque las suyas también estén mal calculadas) puede dar al traste la reclamación.

Es como la gente que dice de poner una reclamación porque han pasado 8 meses y no les han tramitado el IMV... para poner una reclamación PRIMERO debes tener la resolución de la Seguridad Social sobre la cual no estés de acuerdo, además de cumplir los plazos que te brindan para ello.

Como ya dije tiempo atrás, son ganas (por parte de la Seguridad Social) de marear la perdiz... ¿tanto trabajo les cuesta ofrecernos ya ese famoso simulador cuando en septiembre 2022 decían que en unas semanas estaría disponible?  ¿no será que ni ellos mismos se aclaran en como aplicar correctamente el cálculo?  ¿acaso tienen miedo de que veamos la trampa?
#10

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

No quieren que veamos lo que vamos a cobrar. Ya dije que el simulador inicial lo cambiaron para que no se vieran las cuantias.
Otra cosa que no mencione es que tienes que haber sido beneficiario al menos un año para que se aplique el incentivo.
Sobre poner reclamacion se puede hacer sin resolucion cuando este en presunto silencio administrativo pero yo no lo haria. Otra cosa es interponer demanda si no contestan a una reclamacion y tienes un plazo de 30 dias pasados los 45 que tienen ellos para resolver, o puedes esperar a que contesten. Y wenas.
Edito: me he liao.
#11

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Una pregunta 
Vamos a poner un ejemplo práctico en el año 2021 he trabajado y he tenido unos ingresos de 5.500
Y en el año 2022he trabajado y he tenido unos ingresos de 7,500 euros 
Entonces el incentivo al empleo no tendría repercusión y los 2.500 euros de diferencia 
Pero en el año 
 2023  supongamos que también he tenido unos ingresos 7500€ que pasaría para la próxima revisión con el incentivo me seguirían haciendo incentivo o me descontarían los 7.500 euros enteros


#12

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Casualmente pasaba por aqui. En el primer caso se aplicaria sobre los 2500€ y en el segundo no habria incentivo al no haber incremento. Y wenas.
#13

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Hola,tengo una pregunta ,yo trabaje durante casi todo el 2022,gane 12000 euros netos ,en el 2021 gane 3000 euros netos.Con esos 9000 que sale restando el 2022 de 2021 ,se calcula el 30%?
Soy monoparental ,con hijo ,pero no lo cobro entero por trabajar en el 2021 ,solo 500 euros me dan de ImV ,tendré que devolver el dinero? ,sabéis si me lo cortaran en diciembre, ahora estoy desempleada .Tendrán en cuenta lo que me correspondía por mi unidad de convivencia o lo que cobro realmente. Si alguien me puede responder.Gracias 
#14

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Tendras que devolver porque tus ingresos de 2022 superan por mucho la renta garantizada que creo que son 10300€. En cuanto al incentivo el incremento serian 9000€ y el porcentaje el 30% asi que estarian exentos 2700€. No se exactamente como va a ir pero en principio no perderias el IMV te restarian 9300€ con lo que te quedaria un ingreso misero de 1000€ anuales. Ahora cobras 500€ al mes y esto tendria efectos a enero de este año asi que la diferencia por esos meses hasta que actualicen seria a devolver, tal vez deberias haber renunciado hace unos meses. Ahora al no tener trabajo puede que no te interese y ya les pagaras, al no tener trabajo ahora mas adelante te lo subirian. Es complicao, a ver si alguien tiene un calculo mejor. Y wenas.
#15

Re: Incentivo al empleo EXPLICAO - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias por la respuesta.Cuando trabaje les mande un par de veces cartas a la Seguridad   social,para cortarlo ,pero no lo hicieron .Alguien sabría decirme cuanto dinero ,tendría que devolver ?Escuche que se podía ganar hasta el 60% de la cantidad de IMV