Visto esto, me vence un depo el día 8, no se si renovar a 92 o 209 días o si bien darme de alta en raisin y pasar algo a Haitong, y mira que era MUY MUY reacio, pero es que no me están quedando más alternativas.
De las opciones que planteas, si no quieres depósitos con bancos con IBAN extranjero, yo me daría de alta en Raisin y contrataría con Haitong. Yo me abrí cuenta en Raisin para contratar Haitong y al ver la operativa me atreví también con otros bancos. De momento muy contento.
Estoy planteándome abrir un depósito en CKV pero me tiran para atrás el tema de la retención de intereses en Bélgica y tener que incluirlos en el IRPF anualmente. Alguien que tenga algún depósito contratado en CKV puede informarme brevemente de cómo se hace? Gracias!
Pues si para los que al principio son un poco reacios, pueden empezar por Haitong que es español y asi familiarizarte con la operativa, y seguro que al final acabas tocando otros depósitos de otros bancos
Hay dos cosas distintas. Una es que los intereses se han de introducir a mano en la declaración porque Hacienda no te los va a poner en el borrador. Eso es inevitable, pero es sencillo.
La otra es el tema de las retenciones. En el caso concreto de CKV, no te va a hacer las retenciones, así que no tendrás que gestionarlas manualmente en la declaración. Copio de la hoja informativa:
"Bélgica tiene una retención fiscal estándar de un 30%. Tendrá la posibilidad de reducir esta retención a 0%. Con el fin de prevenir la retención fiscal en Bélgica es suficiente la documentación que requerimos para la apertura."
Es decir, a cambio de que les subas un cierto documento adicional en el proceso de apertura (hay una lista para que escojas uno) ellos no te hacen la retención y ya no tienes que gestionarla. Solo has de introducir a mano los intereses brutos de CKV en el mismo apartado que los de los bancos españoles que tengas en el borrador.
Yo lo hice ayer y tenía también las mismas reticencias. En principio, si contestas a las preguntas que dicen si vives en Bélgica, y subes la prueba de domicilio, no te deberían retener. Yo subí la declaración censal de Hacienda.
Una pregunta de novato, ya que nunca he contratado un depósito mayor de 12 meses... El TIN no debería ser mayor que el TAE, cuando se pasa del periodo anual?
Porque en el caso del depósito de RB, es al contrario, tiene un TAE del 3,85% y un TIN del 3,80%.