Ref: Programa de Recompra de acciones de Amadeus IT Group, S.A.
Amadeus IT Group, S.A. comunica que su filial francesa íntegramente participada Amadeus sas, va a llevar a cabo un programa de recompra de acciones de su casa matriz (Programa de Recompra o Programa) de conformidad con la autorización conferida por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 23 de junio de 2022.
El Programa de Recompra se efectúa al amparo de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso de mercado y en el Reglamento Delegado (UE) 2016/1052 de la Comisión, de 8 de marzo de 2016 (el Reglamento), con la finalidad de dar cumplimiento a los programas de asignación de acciones para los empleados y directivos de Amadeus sas (y su filial íntegramente participada Amadeus Labs) correspondiente al ejercicio 2026 de conformidad con los reglamentos de cada plan de acciones (Performance Share Plan -PSP-, Restricted Share Plan -RSP-, Special Restricted Share Plan -Special RSP-, Advanced Equity Plan -AEP-, Share Match Plan -SMP- y Amadeus Executive Share Plan -AESP).
La inversión máxima del Programa de Recompra de acciones propias será de 13.325.000 de euros y en ningún caso el número de acciones a adquirir bajo el Programa de Recompra podrá exceder de 205.000 acciones, representativas del 0,045% del capital social de la Sociedad, para su entrega, y se llevará a cabo en los siguientes términos:
- El Período Máximo de Vigencia: desde el 6 de mayo hasta el 13 de mayo de 2026.
- Ejecución del Programa: Un único tramo de hasta 205.000 acciones (o inversión máxima), durante el Período Máximo de Vigencia.
No obstante, Amadeus sas se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, Amadeussas hubiera adquirido al amparo del mismo acciones por un precio de adquisición que alcanzara el precio de la inversión máxima o hubiese adquirido el número máximo de acciones permitido por el Programa.
Las acciones se comprarán a precio de mercado de conformidad con las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento. En particular, en lo que se refiere al precio, no se adquirirán acciones a un precio superior al más elevado entre el precio de la 2 última operación independiente o la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra.
En lo que respecta al volumen de contratación, no se comprarán en cualquier día de negociación más del 25% del volumen diario medio de las acciones en el centro de negociación donde se efectúe la compra, límite que aplicará a la totalidad del Programa de Recompra.
Se ha procedido al nombramiento de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA) como entidad agente para que actúe por cuenta de la Amadeus sas para la ejecución del Programa. La entidad agente ha recibido un mandato irrevocable de compra de acciones y tomará sus decisiones de compra independientemente de Amadeus sas y sin su influencia.
La aprobación, modificación o prórroga, en su caso, interrupción y finalización del Programa de Recompra así como las operaciones de compra de acciones realizadas en su virtud serán debidamente comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como otra información relevante, de conformidad con lo previsto en el Reglamento.
https://www.cnmv.es/webservices/verdocumento/ver?t=%7b6a0ae45e-f40b-4893-9f02-4a2c3e89c3eb%7d