Re: Seguimiento de Dia (DIA)
Re: Seguimiento de Dia (DIA)
En el préstamo de acciones, la propiedad de los valores prestados pasa del prestamista al prestatario. El prestamista debe conocer que transfiere la titularidad sobre los valores, con todas sus consecuencias; el préstamo es una plena transmisión de los valores. En una operación de préstamo de valores, al prestatario no se le confía la custodia de unos títulos en nombre del prestamista, sino que el prestatario es su verdadero dueño, y de hecho, normalmente los vende en el mercado. El prestamista no conserva ninguno de los derechos correspondientes a los valores prestados, ni económicos ni políticos, que pasan en su totalidad al prestatario, por lo que el prestamista no podrá asistir a la Junta. En los contratos de préstamo habitualmente se establece el pago del equivalente económico del dividendo al prestamista, pero en el caso de los derechos políticos no cabe le entrega de un “equivalente” salvo que transitoriamente se devuelvan los valores o se cedan en préstamo otros al prestamista para su ejercicio en la Junta convocada.
Re: Seguimiento de Dia (DIA)
Esto es lo que he encontrado al respecto
http://www.bolsamadrid.es/docs/Inversores/guias/esp/Prestamo/cap1PrestamoValores.pdf
Re: Seguimiento de Dia (DIA)
Re: Seguimiento de Dia (DIA)
Re: Seguimiento de Dia (DIA)
Este artículo también puede ser interesante, porque alguien puede tener prestada sus acciones sin saberlo, si así lo ha firmado en el contrato con el broker
https://www.bolsamania.com/noticias/mercados/cuanto-cuesta-ponerse-bajista-en-el-mercado--2351908.html