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Sobre el criterio FIFO

12 respuestas
Sobre el criterio FIFO
Sobre el criterio FIFO
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#1

Sobre el criterio FIFO

He estado mirando por internet, y he escuchado varias versiones sobre el criterio FIFO, y no me ha quedado claro que es y para que sirve agradeceria que alguien lo explicara de una manera medianamente clara.

Gracias de antemano.

#2

Re: Sobre el criterio FIFO

FIFO: First In, First Out, es un concepto que se emplea en la bolsa para pagarle a hacienda, quiere decir que las acciones que tu vendes de una misma serie(ej, Santander) tu broker te venderá las más antiguas que tengas de esa serie, consecuentemente liquidarás los beneficios o perdidas a hacienda de acuerdo con este principio, es decir, que tu no puedes elegir cuales acciones de Santander quieres vender, siempre habrás vendido por orden las más antiguas.
En el supuesto que hayas comprado antes de los sesenta días naturales más acciones de Santander y las hayas vendido todas, de haber tenido perdidas en alguna de ellas no podrás desgrabarte el 21% sobre las perdidas en tu declaración del IRPF. Por este motivo hay que estar atento a la hora de comprar en ver cuanto tiempo hace que vendiste con perdidas. En el caso que hagas una compra y que en una posterior venta tengas perdidas en alguna de ellas no pasa nada podrás desgrabarte el 21% si no ha habido venta con perdidas con menos de sesenta días anterior a la compra, espero haberme explicado, un saludo

#3

Re: Sobre el criterio FIFO

compras hoy 5 acciones de una empresa a un precio de 100 cada una
compras dentro de un mes 5 acciones de la misma empresa a un precio de 150 cada una

dentro de tres meses vendes 5 acciones, (de las 10 que tienes) a un precio de 200 cada una

Pues está claro que tienes un beneficio, y es relevante para saber cuanto has de pagar a hacienda entre otras cosas.

Pero lo que no está tan claro es cuanto es el beneficio...

Por eso hay varios metodos, el fifo significa first in, first out, por lo que asume que las primeras que compras son las primeras que vendes...

En este caso, venderías las 5 primeras que tenían un coste de 100 por cada una, y el resultado final es que tendrías una plusvalia de 500 que se corresponde con (200-100)*5 y te quedarían 5 acciones con coste de 150,.. que se comprobará cuando vendas.

Si te das cuenta si hubieses usado el sistema lifo, (last in, first out), el resultado sería que supondrías que las ultimas en entrar han sido las vendidas y tendrías por tanto una plusvalia de 250, (200-150)*5; y te quedarían 5 acciones a coste de 100

tambien pudiese ser que hubieses vendido 7 acciones a 200

en este caso hubieses vendido las 5 que compraste primero, por lo que la plusvalia sería 500, (5 por los 100 que le ganas a las primeras) + otros 100 que corresponden a las 2 acciones que vendes a 200 pero que se correspondían a las que compraste a 150

espero que lo entiendas.

Pd... Sirve para valorar las ganancias o las perdidas cuando realizamos ventas de bienes, existencias o acciones que vamos comprando de forma recurrente en distintos momentos del tiempo y a precios distintos.

#4

Re: Sobre el criterio FIFO

Borro mi post porque mientras lo escribía Kalon lo ha aclarado ;)

#5

Re: Sobre el criterio FIFO

Una pregunta, que no me la han resuelto completamente en otras ocasiones.
Supuesto:
2 de Enero de 2005 compro 100 TEF en una cuenta de valores exclusivamente a mi nombre a 10 euros
2 de enero de 2007 compro 100 acciones de TEF en cuenta de valores a nombre exclusivo de mi esposa a 12 euros
1 enero 2010: Compro 200 acciones de TEF en la cuenta de valores común (mi esposa y mia) a 15 euros
Hoy doy orden de venta de 200 TEF en la cuenta de valores común
¿cuales estoy vendiendo? las 100*10 + 100 * 12 ?? o las 200 * 15 ??
Teniendo en cuenta que las titularidades de las cuentas no son las mismas. Además, pongamos que me caso en Diciembre de 2005.
Igual me estoy montando un lío de donde no existe, pero no lo veo claro.
Gracias y un saludo
10 de enero compro 100 acc TEF en otra cuenta de valores (sólo a mi nombre)

#6

Re: Sobre el criterio FIFO

el 2 de enero de 2007, compra TU MUJER acciones,.. (lo de compro a nombre de mi mujer.... no es demasiado exacto)

Si estais hablando de titularidades distintas, estariamos hablando de separacion de bienes ¿no?

esto es mas tema de ver la normativa pero vamos...

entiendo que si hay separacion de bienes, creo que vendes las de 15 por que vende la sociedad y son las que la sociedad tiene.

En caso de gananciales, la verdad es que no lo tengo claro, porque no tengo clara la normativa de matrimonios pero creo recordar de lo que estudie del tema hace unos cuantos añitos. que estais vendiendo las 100 de enero de 2007 y las 100 de enero de 2010, por que las anteriores son bienes privativos y las demás ya son del regimen de gananciales...

pero vamos... estoy hablando de memoria sobre algo que nunca se me dió nada bien, por lo que realmente tomatelo como una apuesta personal, que quizás no debería poner.

#7

Re: Sobre el criterio FIFO

Gracias por la explicacion, ya me ha que dado mas claro, pero me gustaria saber porque, en mi Broker, en el apartado plusvalias, me sale plusvalia FIFO, y me pone el tanto por ciento que gano o pierdo, no deberia poner solo plusvalia?

#8

Re: Sobre el criterio FIFO

Gracias por tu opinión... el matrimonio es en gananciales...
Yo presupongo que las primeras acciones serán privativas y que tendrías razón, se venderían las comunes más las que van a nombre de mi mujer (aunque la información de hacienda vendría como que ella ha vendido 150 y yo 50 acciones)
En fin, el día qque me dé por vender "las históricas" puede que tiemble por si no lo he declarado bien (supongo que con demostrar que la compra era antes de la boda, sería suficiente para demostrar que eran privativas.
Saludos Yo m.

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