#521
#522
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
#523
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
Gracias por pasarte por aquí, creía que estaba sólo y que Santos y yo nos acabaríamos por hacer con la empresa xD
Yo sospecho que intentará aumentar la liquidez de la compañía pero no veo la manera salvo ampliando capital. Quizás un split.
El dividendo habrá que pasarlo por hacienda así que igual busca otro modo.
Lo del plan de incentivos no lo sabía, es interesante, gracias
Yo sospecho que intentará aumentar la liquidez de la compañía pero no veo la manera salvo ampliando capital. Quizás un split.
El dividendo habrá que pasarlo por hacienda así que igual busca otro modo.
Lo del plan de incentivos no lo sabía, es interesante, gracias
"Lo que todo el mundo sabe en la Bolsa a mí ya no me interesa" André Kostolany
#524
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
Yo también estoy por aquí aunque no diga nada...
Durante estos meses he puesto alguna orden a 103-105, pero no me ha entrado ninguna. Igual en algún momento vuelvo a formar parte de la comunidad. Me salí durante la OPA (a 109.5, curiosamente) porque necesitaba algo de cash, y era lo que menos potencial tenía de mi cartera.
Personalmente, no creo que vaya a dar un dividendo del 40% - 50%. Sería como contradecir toda su gestión histórica de no pasar por Hacienda. Simplemente irá pagando el crédito poco a poco con ingresos adicionales u otras cosas de su patrimonio.
Sobre la liquidez, no descarteis un split, o una ampliación sin dilución modo Miquel y Costas. De cualquier forma, a Eduardo creo que le interesa tener la acción lo más baja posible para seguir comprando lo más barato que pueda. La poca liquidez del valor quizá es una causa del descuento al que cotiza...
Un saludo,
K
Durante estos meses he puesto alguna orden a 103-105, pero no me ha entrado ninguna. Igual en algún momento vuelvo a formar parte de la comunidad. Me salí durante la OPA (a 109.5, curiosamente) porque necesitaba algo de cash, y era lo que menos potencial tenía de mi cartera.
Personalmente, no creo que vaya a dar un dividendo del 40% - 50%. Sería como contradecir toda su gestión histórica de no pasar por Hacienda. Simplemente irá pagando el crédito poco a poco con ingresos adicionales u otras cosas de su patrimonio.
Sobre la liquidez, no descarteis un split, o una ampliación sin dilución modo Miquel y Costas. De cualquier forma, a Eduardo creo que le interesa tener la acción lo más baja posible para seguir comprando lo más barato que pueda. La poca liquidez del valor quizá es una causa del descuento al que cotiza...
Un saludo,
K
#525
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
#526
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
Impuesto sobre Sociedades (IS)
El cobro de dividendos por personas jurídicas constituye una renta positiva más, a integrar en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, que tributará, con carácter general, al tipo del 25%.
El dividendo percibido estará sometido, con carácter general, a una retención del 19%. No obstante, no se practicará retención sobre los dividendos percibidos por las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades a las que se refiere el artículo 9 del texto refundido de la Ley de dicho impuesto, así como, sobre los percibidos por las entidades acogidas al régimen especial previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (fundaciones, asociaciones y confesiones religiosas).
En cualquier caso estarán exentos los dividendos o participaciones en beneficios de entidades, siempre que su participación sea de, al menos, un 5% o, alternativamente, tener un valor de adquisición superior a 20 millones de euros siempre que la participación se haya poseído de manera ininterrumpida durante el año anterior al día en que sea exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto, que se mantenga durante el tiempo que sea necesario para completar un año; adicionalmente en el caso de participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades no residentes en territorio español que la entidad participada haya estado gravada a un tipo nominal de, al menos, el 10% por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al propio Impuesto sobre Sociedades.
El cobro de dividendos por personas jurídicas constituye una renta positiva más, a integrar en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, que tributará, con carácter general, al tipo del 25%.
El dividendo percibido estará sometido, con carácter general, a una retención del 19%. No obstante, no se practicará retención sobre los dividendos percibidos por las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades a las que se refiere el artículo 9 del texto refundido de la Ley de dicho impuesto, así como, sobre los percibidos por las entidades acogidas al régimen especial previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (fundaciones, asociaciones y confesiones religiosas).
En cualquier caso estarán exentos los dividendos o participaciones en beneficios de entidades, siempre que su participación sea de, al menos, un 5% o, alternativamente, tener un valor de adquisición superior a 20 millones de euros siempre que la participación se haya poseído de manera ininterrumpida durante el año anterior al día en que sea exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto, que se mantenga durante el tiempo que sea necesario para completar un año; adicionalmente en el caso de participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades no residentes en territorio español que la entidad participada haya estado gravada a un tipo nominal de, al menos, el 10% por un impuesto de naturaleza idéntica o análoga al propio Impuesto sobre Sociedades.
#527
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
#528
Re: Análisis serio de Baron de Ley (BDL)
Gracias por la info! Justo miré por internet y encontré ese artículo. Desconocía por completo el tema.
Pues nada, como decís, pinta a dividendazo cuando se cumpla el año de la OPA, que es cuando compró la mayoría de las acciones que no tenía. El problema es que el pequeño accionista sí pasa por Montero...
Esperemos acontecimientos...
Un saludo!
Pues nada, como decís, pinta a dividendazo cuando se cumpla el año de la OPA, que es cuando compró la mayoría de las acciones que no tenía. El problema es que el pequeño accionista sí pasa por Montero...
Esperemos acontecimientos...
Un saludo!