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Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años

5 respuestas
Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años
Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años
#1

Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años

Hola a todos, os planteo una duda agradeciendo por adelantado vustras respuestas. He tenido unas perdidas en futuros en 2008, he comprobado que en el programa padre de la declaración de la renta indicaba que me correspondía una devolución de 786€ (tengo hipoteca) antes de añadir las perdidas en bolsa en la casilla correspondiente, y no ha variado este importe una vez incluidas estas perdidas en la declaración. ¿No deberían desgravar y por tanto tendría que incrementarse la devolución?. Porque el año 2007 he tenido ganancias y el importe de la devolución se redujo cuando las añadí a la declaración. Si el añadirlas a la declaración no me va a suponer ningún beneficio y puedo repartirlas en 4 años me beneficiaría imputar a 2008 las mínimas posibles, ¿que porcentaje como mínimo debo imputar a 2008?¿o deben repartirse por igual entre los 4 años?. Otra cosa, y con esto termino, ¿se debe indicar de algún modo en la declaración que no han sido imputadas todas las perdidas a 2008 y que quedan pendientes de imputar para los siguientes años?
Muchas gracias y enhorabuena por este foro

#2

Re: Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años

Desde hace unos años, se distingue entre base imponible general y base imponible del ahorro. Las perdidas en bolsa se consideran pertenecientes a la BI del ahorro y solo se pueden compensar de esta. Asi que lo que tienes que mirar es si tu cuota tributaria del ahorro te sale positiva pues sera solo de ahi donde te puedas compensar esas perdidas.
Se me pasaba, solo imputaras aquellas perdidas que se puedan compensar, el resto te quedan para los 3 años siguientes.

#3

Re: Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años

Estoy un poco pez en estas lindes, ¿Como puedo mirar mi cuota tributaria del ahorro?. Una pregunta más, si no puedo compensarlas este año ¿puedo hacerlo en las declaraciones de 2009, 2010 y 2011 sin declarar ninguna perdida en la declaración de 2008? Si no pudiese compensarlas en 2009 y 2010 ¿podría imputar todas estas pérdidas a la declaración de 2011 o hay que imputar un mínimo de ellas cada año?
Saludos y gracias

#4

Re: Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años

Veras Pentagrama, para darte mas datos tendria que ver tu declaración.
¿Como puedo mirar mi cuota tributaria del ahorro?
Mira al final de la pagina 11 la base liquidable del ahorro si te da positiva. Si es asi te podras deducir las perdidas.
¿puedo hacerlo en las declaraciones de 2009, 2010 y 2011 sin declarar ninguna perdida en la declaración de 2008?
Si, lo que no compenses este año puedes compensarlos en los 3 siguientes.
¿podría imputar todas estas pérdidas a la declaración de 2011 o hay que imputar un mínimo de ellas cada año?
Si no las has podido compensar antes si.

#5

Re: Declaración renta: perdidas en bolsa a compensar en 4 años

Muchas gracias Mangue, ¿sería necesario indicar en la declaración que existen pérdidas en 2008 que no han sido imputadas en esta declaración?

Saludos y un abrazo

#6

Correcciones.

Aunque las ganancias y las pérdidas realizadas en transmisiones de elementos patrimoniales forman parte de la base del ahorro, ésta, la base del ahorro, está formada por dos "compartimentos estancos", que no pueden mezclarse.

Por un lado está el compartimento de los rendimientos de capital mobiliario y por otro el de las ganancias y las pérdidas realizadas en ventas. Si el resultado de cada uno de esos compartimentos es positivo, esos dos resultados se suman y forman la base del ahorro.

Pero si alguno de los compartimentos es negativo, ese saldo negativo no puede compensarse con el resultado del otro compartimento.

Así, si tenemos un saldo negativo de rendimientos de capital mobiliario negativo, sólo podremos compensarlo en los cuatro ejercicios siguientes con saldos positivos de rendimientos de capital mobiliario positivos. Si tenemos saldos negativos de ganancias y pérdidas, ese saldo podremos compensarlo en los cuatro ejercicios siguientes, con saldos positivos de ganancias y pérdidas realizados en ventas.

En tu caso concreto, ese saldo negativo te aparece reflejado en la casilla 445, y el importe deberás de anotarlo y tenerlo en cuenta para los siguientes años.

Saludos.

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